El Tribunal del Ayuntamiento de Norwich [1] era, en el momento de su abolición, un tribunal local de registro que ejercía activamente una jurisdicción civil comparable o mayor que la del tribunal del condado para el distrito en el que estaba situado. [2] El tribunal parece haberse originado en un tribunal de campaña, siguiendo el modelo del de Londres. [3]
El tribunal se celebró en virtud de una concesión de Ricardo I y otras cartas. [4] La Carta de Carlos II concedió "que los alguaciles de la ciudad y su condado, pueden celebrar su tribunal de apelaciones en el Ayuntamiento, y procesar y juzgar, en nombre del alcalde, los alguaciles, los ciudadanos y la comunidad de dicha ciudad, cualquier alegato, en cualquier acción personal o mixta, y cualquier causa o asunto que surja o suceda en dicha ciudad o condado; y en cada recuperación o sentencia dada en el tribunal del alguacil, pueden imponer daños y perjuicios dados, y costos de la demanda, por embargo tomado sobre los bienes y muebles de cada persona contra la cual se haya dictado tal sentencia; y en caso de falta de bienes y muebles, entonces sobre los de sus fiadores, o pueden arrestar sus cuerpos o los cuerpos de dichos fiadores ". Por la Ley de Corporaciones Municipales de 1835 (5 y 6 Will 4 c 76), este tribunal fue confirmado en todos sus poderes, y el consejo municipal fue facultado "para nombrar al funcionario necesario, ante el cual se celebrará dicho tribunal". Este funcionario se llamaba juez del tribunal municipal. El mayordomo era anteriormente el asesor de este tribunal. [5]
En 1911, [3] el procedimiento del tribunal era el establecido por las Leyes de Procedimiento de Derecho Común de 1852 [6] y 1854. [7] Todas las disposiciones de la Ley de Procedimiento Sumario sobre Letras de Cambio de 1855 (18 y 19 Vict c 67) se extendieron a este tribunal, [8] como también las de la Ley de Anexo a los Tribunales de Registro Locales y de Municipios de 1872 (35 y 36 Vict c 86). [9]
El Tribunal Guildhall de Norwich fue abolido por la sección 43(1)(c) de la Ley de Tribunales de 1971 .
Oficinas
Cualquier cargo judicial o de otro tipo en el Tribunal Guildhall de Norwich fue abolido por la sección 44(1)(b) de la Ley de Tribunales de 1971 .
El artículo 44(2) confirió el poder de dictar reglamentos para prever la compensación de las personas que sufrieron pérdida de empleo o pérdida o disminución de emolumentos atribuible al efecto del artículo 44(1)(b) o a la abolición del Tribunal Guildhall de Norwich.
Disposiciones transitorias
Se establecieron disposiciones transitorias en el artículo 43(2) y la Parte III del Anexo 5 de la Ley de Tribunales de 1971 .
Los registros del Tribunal Guildhall de Norwich son registros públicos en el sentido de la Ley de Registros Públicos de 1958. [ 10]