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Alocución

Una alocución , o allocutus , es una declaración formal que hace el acusado que ha sido declarado culpable ante un tribunal antes de ser sentenciado. Forma parte del procedimiento penal en algunas jurisdicciones que utilizan el derecho consuetudinario .

Concepto

Una alocución permite al acusado explicar por qué la sentencia debe ser leve. En los acuerdos de culpabilidad , se puede exigir una alocución del acusado. El acusado admite explícitamente, de manera específica y detallada, las acciones y sus razones a cambio de una sentencia reducida.

En principio, esto elimina cualquier duda sobre la naturaleza exacta de la culpabilidad del acusado en el asunto.

El término alocución se utiliza generalmente solo en jurisdicciones de los Estados Unidos, pero existen procesos vagamente similares en otros países de derecho consuetudinario . En muchas otras jurisdicciones, es el abogado defensor quien debe mitigar los daños en nombre de su cliente, y el acusado rara vez tiene la oportunidad de hablar.

Australia

En Australia, el término allocutus lo utiliza el secretario de instrucción u otro asociado formal del tribunal.

Generalmente se formula así: "Preso, un jurado de sus pares lo ha declarado culpable del delito XYZ. ¿Tiene algo que decir sobre por qué la sentencia de este tribunal no debería recaer sobre usted ahora?" [1]

El abogado defensor luego presentará una petición de mitigación (también llamada alegato sobre la pena ) en un intento de mitigar la gravedad relativa del delito, y hará referencia y se basará en gran medida en el buen carácter previo del acusado y sus buenas obras, si las hubiera.

El derecho a presentar una demanda atenuante es absoluto: si un juez o magistrado se niega a escuchar dicha demanda o no la considera debidamente, la sentencia puede ser revocada en apelación.

Estados Unidos

En la mayor parte de los Estados Unidos, a los acusados ​​se les permite la oportunidad de hacer declaraciones antes de que se dicte una sentencia. Algunas jurisdicciones consideran que se trata de un derecho absoluto. En su defecto, se puede revocar la sentencia, pero no la condena, lo que da lugar a la necesidad de una nueva audiencia de determinación de la sentencia. En el sistema federal, las Reglas Federales de Procedimiento Penal 32(i)(4) establecen que el tribunal debe "dirigirse personalmente al acusado para permitirle hablar o presentar cualquier información que atenúe la sentencia". [2]

El Defensor Público Federal recomienda que los acusados ​​hablen en términos de cómo una sentencia indulgente será suficiente pero no mayor de lo necesario para cumplir con las directivas legales establecidas en el 18 USC  § 3553(a) . [3]

Véase también

Referencias

  1. ^ Por ejemplo, en Queensland, Reglas de Práctica Penal de 1999, artículo 51.
  2. ^ "Regla 32. Sentencia y sentencia". LII / Instituto de Información Legal . 30 de noviembre de 2011. Consultado el 22 de diciembre de 2017 .
  3. ^ División de Capacitación de la Oficina de Servicios de Defensa. "Alocución de alegatos" (PDF) . Washington, DC: Oficina Administrativa de los Tribunales de los Estados Unidos. Archivado desde el original el 19 de octubre de 2011 . Consultado el 22 de diciembre de 2017 .