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Venta a plazos

En la legislación sobre el impuesto a la renta de los Estados Unidos , una venta a plazos es generalmente una "disposición de una propiedad en la que se recibirá al menos un pago del préstamo después del cierre del año fiscal en el que se produce la disposición". [1] Sin embargo, el término "venta a plazos" no incluye una "disposición de un distribuidor" (según se define en el estatuto) o, en general, una venta de inventario. [2] El método de contabilidad a plazos proporciona una excepción a los principios generales de reconocimiento de ingresos al permitir que un contribuyente difiera la inclusión de ingresos de montos que se recibirán de la disposición de ciertos tipos de propiedad hasta que se reciba el pago en efectivo o equivalentes de efectivo. [3] El método de cuotas difiere el reconocimiento de ingresos en comparación con los métodos de contabilidad de efectivo y de acumulación. Según el método de efectivo, el contribuyente reconocería los ingresos cuando los recibe, incluida la suma total pagada en forma de pagaré negociable. [4] Las ventajas del método de pago en cuotas en materia de diferimiento son más pronunciadas en comparación con el método de acumulación, bajo el cual el contribuyente debe reconocer los ingresos tan pronto como tiene derecho a ellos. [4]

Proceso

Si un contribuyente obtiene ingresos (por ejemplo, ganancias ) de una venta a plazos, el contribuyente generalmente puede declarar dichos ingresos según el "método de cuotas". [5] El "método de cuotas" se define como "un método según el cual los ingresos reconocidos para cualquier año fiscal [...] son ​​la proporción de los pagos recibidos en ese año que la ganancia bruta [...] representa con respecto al precio total del contrato". [6] Esto significa que si, por ejemplo, un contribuyente vende bienes raíces con una base de $250,000 por $1,000,000, lo que da como resultado una ganancia total del 75%, entonces el contribuyente debe reclamar el 75% de los pagos totales de capital recibidos durante el año fiscal como ingresos brutos. El contribuyente incluye los intereses del pagaré en los ingresos brutos según su método de contabilidad habitual. [7]

Nada en el lenguaje del estatuto que rige (sección 453 del Código de Rentas Internas) requiere el uso del método de pago en cuotas cuando la disposición resulta en una pérdida. Si el contribuyente dispone de una propiedad en una venta a plazos, declara una parte de la ganancia al momento de recibir cada pago a plazos. Los ingresos de una venta a plazos generalmente se declaran en el Formulario 6252 del IRS , Ingresos por venta a plazos, para incluirse en la declaración de impuestos federales sobre la renta del contribuyente para cada año en el que se recibe un pago.

Los contribuyentes pueden optar por no utilizar el método de pago en cuotas e informar la ganancia total en el año de la disposición, incluso si no se ha recibido al menos un pago al cierre de ese año) [8] haciendo la elección en una declaración de impuestos a las ganancias presentada a tiempo para el año fiscal en el que ocurre la disposición. [9]

Es importante señalar que el "precio del contrato" no significa necesariamente el monto en dólares acordado en el contrato. En cambio, la sección 15A.453-1(b)(2)(iii) del Reglamento del Tesoro define el precio del contrato como "el precio total del contrato igual al precio de venta reducido por la parte de cualquier endeudamiento calificado... asumido o tomado sujeto a él por el comprador, que no exceda la base del vendedor en la propiedad (ajustada, para las ventas a plazos en años fiscales que finalicen después del 19 de octubre de 1980, para reflejar comisiones y otros gastos de venta según lo dispuesto en el párrafo (b)(2)(v) de esta sección)". El endeudamiento calificado se define además como una "hipoteca u otro endeudamiento que grava la propiedad y el endeudamiento, no garantizado por la propiedad pero incurrido o asumido por el comprador incidental a la adquisición, tenencia u operación del comprador en el curso ordinario de los negocios o la inversión, de la propiedad". La deuda calificada excluye específicamente cualquier deuda que sea incidental a la disposición de la propiedad, como honorarios legales incurridos durante la venta, o deudas que no estén funcionalmente relacionadas con la tenencia de la propiedad por parte del contribuyente. [10] Este método de calcular el precio del contrato permite que el método de cuotas tenga en cuenta con mayor precisión la base del contribuyente en la propiedad.

Opción de no participar y pagos contingentes

Una de las principales razones por las que los vendedores optan por no utilizar el método de pago a plazos es el duro tratamiento que se da a las contingencias en las normas que acompañan al IRC 453. Los pagos contingentes son comunes en algunos tipos de ventas a plazos, donde, por ejemplo, los pagos se basan en la rentabilidad real y no en la esperada del artículo vendido (normalmente un porcentaje de las ganancias futuras). Cuando el contrato exige pagos contingentes, las normas reconocen tres posibilidades.

En primer lugar, los pagos contingentes pueden estar sujetos a un precio de venta máximo establecido, por ejemplo, "el 5% de las ganancias futuras hasta un máximo de $1,000,000". En este caso, las regulaciones requieren que el vendedor calcule el índice de ganancias asumiendo que el máximo se alcanzará realmente. En comparación con una situación en la que el máximo de hecho no se alcanza, este requisito tiene el efecto de aumentar el índice de ganancias y, por lo tanto, la ganancia declarable para cada año, aplazando la recuperación de la base. Cualquier déficit entre los montos reales recibidos y el precio de venta máximo establecido dará como resultado una base no recuperada, por la cual no se puede declarar ninguna pérdida hasta que ya no haya derecho a pagos futuros.

En segundo lugar, si no hay un precio máximo de venta, los pagos contingentes pueden estar sujetos a una duración finita, por ejemplo, "el 5% de las ganancias futuras durante diez años". En este caso, las regulaciones exigen que la base se distribuya de manera proporcional a lo largo de los años en los que se puede recibir el pago. La base que no se utiliza en un año se traslada al año siguiente. Especialmente si el artículo vendido pierde rentabilidad durante la duración finita establecida, es posible que haya una base no recuperada al final del período, por la que no se puede informar ninguna pérdida hasta ese último año.

Por último, puede que no haya un precio máximo de venta ni una duración finita. En este caso, el primer paso es considerar si hay una venta; la transacción puede ser de hecho por alquiler o regalías, ya que la titularidad efectiva podría seguir siendo del vendedor. Sin embargo, si de hecho hay una venta, hay dos posibilidades. En primer lugar, la transacción puede estar sujeta a la "doctrina de transacción abierta" judicial de Burnet v. Logan. Casi ninguna venta está sujeta a esta doctrina porque es aplicable sólo a ventas inusuales y raras que son totalmente especulativas e imposibles de valorar. Si se aplica la doctrina de transacción abierta, el contribuyente puede recuperar completamente la base antes de declarar cualquier ganancia. Este es, con mucho, el mejor tratamiento fiscal para la transacción, pero es probable que sea atacado por el IRS y en la mayoría de las circunstancias no se mantendría.

Lo más probable es que una venta contingente en la tercera categoría sea una transacción cerrada. Este es el peor escenario posible. En este caso, la base se asigna de manera prorrateada durante un período de quince años, pero la base no utilizada no se traslada simplemente al año siguiente, sino que se reasigna durante el resto del período de quince años. No se puede informar ninguna pérdida hasta el último año.

En los tres casos, existe la posibilidad de que no se recupere una base al final de la transacción, lo que resultaría en una pérdida de capital. Si, por ejemplo, el vendedor es una persona que se jubila con el producto de la venta, la pérdida de capital al final de la transacción sería casi nula (excepto en la medida nominal que se pueda utilizar para compensar los ingresos ordinarios).

La alternativa es optar por no aplicar el método de pago a plazos. En ese caso, el vendedor declara los importes fijos (teniendo en cuenta el descuento de emisión original para los pagos fijos futuros) más el valor justo de mercado del derecho a los pagos contingentes. El contribuyente paga impuestos por adelantado en el año de la venta sobre este importe total realizado. El contribuyente tiene entonces una base en el derecho a los pagos contingentes igual al importe declarado como valor justo de mercado. La buena noticia aquí es que el vendedor obtiene una pequeña parte de la doctrina de transacción abierta y puede recuperar la base en su totalidad en la parte contingente de la venta antes de declarar pagos contingentes adicionales en años futuros. Cuando el índice de beneficios hubiera sido alto de todos modos y el valor justo de mercado de los pagos contingentes es bajo, el contribuyente puede experimentar consecuencias favorables al pagar efectivamente un poco más de impuestos por adelantado y, a cambio, obtener la primera tanda de pagos contingentes libres de impuestos, al tiempo que elimina el riesgo de una pérdida de capital futura inutilizable.

Independientemente de si el vendedor opta por no participar o no, la ganancia o pérdida neta total informada será la misma, pero el momento y la caracterización pueden variar ampliamente.

Tratamiento de la contraprestación depositada en depósito

Si, en lugar de una nota, se retiene la contraprestación en una cuenta de depósito en garantía, es posible que se disponga de informes de pagos a plazos si el depósito en garantía impone una "restricción sustancial" y está organizado para "servir a un interés de buena fe del comprador". Por ejemplo, si el depósito en garantía garantiza las declaraciones y garantías del vendedor, se dispone de informes de pagos a plazos para informar los pagos a medida que se liberan del depósito en garantía. Por el contrario, si los montos se liberan del depósito en garantía con el simple paso del tiempo, no se dispone de informes de pagos a plazos.

Actualmente, no se ha resuelto si, en una fusión o adquisición, los depósitos en garantía establecidos para garantizar la continuidad del empleo de los accionistas vendedores que también son empleados de la dirección (las llamadas " esposas de oro ") deben declararse mediante el método de pago en cuotas, incluso si se supone que dichas cantidades se tratan adecuadamente como contraprestación de la fusión y no como compensación por el empleo. Por un lado, dichas condiciones están claramente establecidas para el beneficio del comprador. Por otro lado, los montos en depósito en garantía parecen liberarse con el paso del tiempo de una manera que está dentro del control del vendedor, por lo que se podría argumentar que el depósito en garantía no impone una restricción "sustancial".

Impacto

Las ventas a plazos son una herramienta valiosa para ayudar a los vendedores a diferir los impuestos. Sin embargo, como ocurre con cualquier otra financiación del vendedor , el vendedor suele correr riesgos con respecto a la solvencia del comprador o su capacidad para administrar el activo. El vendedor a menudo puede retener un gravamen sobre la propiedad para garantizar el pago de la obligación de pago a plazos, que puede o no estar evidenciada por un pagaré .

La venta a plazos permite a los compradores obtener un activo, como un inmueble, sin financiación bancaria. El vendedor corre el riesgo de que el comprador incumpla con sus obligaciones y, en consecuencia, de que el activo sea embargado o ejecutado.

Alternativas

Un método de venta denominado venta estructurada , también conocida como venta a plazos garantizada y venta a plazos monetizada , son variaciones de la venta a plazos tradicional y tienen como objetivo proteger al vendedor por completo del riesgo relacionado con la solvencia crediticia del comprador. Una venta a plazos especializada se conoce como fideicomiso de venta a plazos, es una forma de la sección 453 del IRC y ofrece ventajas únicas que una venta a plazos tradicional no ofrece, como diversificación, liquidez y, por lo general, son más largas en el plazo.

Notas

  1. ^ Título 26 del Código de los Estados Unidos  § 453(b)(1).
  2. ^ Título 26 del Código de los Estados Unidos  § 453(b)(2).
  3. ^ Resumen de cuestiones relacionadas con la modificación de las normas de venta a plazos por la Ley de mejora de los incentivos laborales y del programa Ticket to Work de 1999, Comité Conjunto sobre Tributación (JCX-15-00), 28 de febrero de 2000 (citado en Samuel A. Donaldson, Impuestos federales sobre la renta de las personas: casos, problemas y materiales. 2.ª edición. American Casebook Series, Thomson West: St. Paul, Minnesota, 2007, 580.
  4. ^ ab Resumen de cuestiones relacionadas con la modificación de las normas de venta a plazos por la Ley de mejora de los incentivos laborales y del programa Ticket to Work de 1999, Comité Conjunto sobre Tributación (JCX-15-00), 28 de febrero de 2000 (citado en Samuel A. Donaldson, Impuestos federales sobre la renta de las personas: casos, problemas y materiales. 2.ª edición. American Casebook Series, Thomson West: St. Paul, Minnesota, 2007, 581.
  5. ^ Título 26 del Código de los Estados Unidos  § 453(a).
  6. ^ Título 26 del Código de los Estados Unidos  § 453(c).
  7. ^ Samuel A. Donaldson, Impuestos federales sobre la renta de las personas físicas: casos, problemas y materiales. Segunda edición. American Casebook Series, Thomson West: St. Paul, Minnesota, 2007, 581.
  8. ^ Título 26 del Código de los Estados Unidos  § 453(d)(1).
  9. ^ Título 26 del Código de los Estados Unidos  § 453(d)(2).
  10. ^ Sec. 15A.453-1(b)(2)(iv) del Reglamento del Tesoro

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