Este criterio puede ser contrario y contradictorio con el ius sanguinis (en latín, cuya traducción es 'derecho de la sangre', y que en la práctica es la nacionalidad de los familiares: el padre o la madre).
Una persona puede, de este modo, tener derecho a varias nacionalidades y hay países, como por ejemplo España, donde se reconoce el ius sanguinis y el ius soli, este último con condiciones adicionales [1].
Literalmente, el ius sanguinis es el derecho de la sangre, expresión latina que implica que la identidad nacional es algo heredado de los padres, una identidad colectiva que se transmite de generación en generación.
El Ius soli, por el contrario, correspondería al derecho del suelo, lo que implica que la identidad viene determinada por el preciso lugar en el que se encuentran los progenitores de la persona en el momento de su nacimiento independientemente del origen de los mismos.
En términos generales, el ius soli predomina en países que optan por favorecer la inmigración, mientras que el ius sanguinis es preferido por aquellos países que buscan conservar cierta cohesión étnica y social.