Calderbank v Calderbank [1976] Fam 93, [1975] 3 All ER 333 (EWCA); fue unadecisión del Tribunal de Apelaciones inglés que estableció el concepto de una "Oferta de Calderbank". [1] Una "Oferta de Calderbank" a menudo se puede identificar por la exención de responsabilidad " sin perjuicio , salvo en lo que respecta a los costos".
Después de un matrimonio de 17 años, el señor y la señora Calderbank se separaron y solicitaron el divorcio , que fue debidamente concedido.
Sin embargo, surgieron dificultades importantes en relación con la división de los bienes matrimoniales de 78.000 libras esterlinas, resultantes de las 80.000 libras esterlinas que la señora Calderbank había heredado previamente durante la relación de las propiedades tras la muerte de sus padres. Para complicar aún más las cosas, la vivienda conyugal estaba registrada únicamente a nombre del señor Calderbank (por razones fiscales), y él continuó viviendo en esta propiedad después del divorcio.
El asunto fue remitido al Tribunal de Familia y el juez otorgó al Sr. Calderbank la modesta cantidad de £10.000 (de un total de activos de £78.000), además de las costas judiciales.
Sin embargo, antes de que el asunto fuera a juicio, la Sra. Calderbank había hecho la siguiente oferta mediante nada menos que una declaración jurada: "Estoy dispuesta, y siempre he estado dispuesta, a cederle [al marido] la casa de Alderley Edge", lo cual el Sr. Calderbank rechazó.
Si bien esta casa no era el hogar conyugal (estaba alquilada por el padre del Sr. Calderbank y la madre del Sr. Calderbank vivía allí), el juez de primera instancia opinó que esta casa valía alrededor de £12.000, £2.000 más de lo que el Sr. Calderbank obtuvo posteriormente en el juicio.
La Sra. Calderbank, no satisfecha con el resultado, apeló con dos argumentos: que los tribunales no tenían jurisdicción legal para hacer tal división de propiedad y, lo que es de mayor importancia legal, que como el Sr. Calderbank obviamente había rechazado una oferta razonable de acuerdo previo al juicio, no debería tener derecho a los costos legales por prolongar innecesariamente los procedimientos legales.
El Tribunal decidió que si una parte ganadora en un litigio rechaza una oferta de acuerdo anterior hecha por la parte perdedora, esta puede presentar la oferta de acuerdo como prueba para determinar el nivel apropiado de costos a pagar. En la práctica, si la indemnización por daños y perjuicios otorgada a la parte ganadora es menor que la oferta de acuerdo anterior, la parte perdedora puede tener que pagarle menos costos a la parte ganadora de lo normal.
En cuanto a los hechos, el Tribunal confirmó la cuantía de 10.000 libras esterlinas fijada por el tribunal inferior. Sin embargo, el Tribunal revirtió la carga de pagar las costas legales de la Sra. Calderbank al Sr. Calderbank (aunque la Sra. Calderbank siguió siendo responsable de las costas hasta "14 días después del 14 de agosto", ya que la declaración jurada se había realizado el 10 de agosto). El Tribunal sostuvo que los procedimientos legales se habían prolongado innecesariamente debido a la negativa anterior del Sr. Calderbank a aceptar la oferta de acuerdo de la Sra. Calderbank de alrededor de 12.000 libras esterlinas.