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Co-respondiente

En el derecho inglés , un codemandado es, en general, un demandado en una petición u otro procedimiento legal, junto con otra u otras personas, o una persona llamada a responder de alguna otra manera. [1]

Divorcio

Más particularmente, desde la Ley de Causas Matrimoniales de 1857 , en una petición de divorcio por adulterio , un codemandado es una persona acusada de mala conducta con el cónyuge del peticionario. [2]

A partir de 2007 , las presuntas partes en el adulterio de un cónyuge deben ser declaradas codemandadas a menos que no estén nombradas en la petición o el tribunal ordene lo contrario. [3] [4]

En la práctica, no se recomienda nombrar a dichas partes en una demanda de divorcio, ya que puede convertirse en un obstáculo para la reconciliación. Generalmente, dichas partes solo se nombran si el demandante solicita costas en su contra o tiene algún otro motivo particular. [1] [5]

Véase también

Referencias

  1. ^ desde Bond y otros (2007) 7.4.19
  2. ^ Chisholm, Hugh , ed. (1911). "Co-respondent"  . Encyclopædia Britannica . Vol. 7 (11.ª ed.). Cambridge University Press. pág. 144.
  3. ^ Reglamento de procedimiento familiar SI1991/1247, r.2.7(1)
  4. ^ "Información sobre el divorcio".Jueves, 22 de abril de 2021
  5. ^ La Sociedad de Abogados (2006).

Bibliografía