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ciudadanía romana

La ciudadanía en la antigua Roma ( latín : civitas ) era un estatus político y legal privilegiado otorgado a individuos libres con respecto a las leyes, la propiedad y el gobierno. La ciudadanía en la antigua Roma era compleja y se basaba en muchas leyes, tradiciones y prácticas culturales diferentes. Existían varios tipos diferentes de ciudadanía, determinados por el género, la clase y las afiliaciones políticas, y los deberes o expectativas exactos de un ciudadano variaron a lo largo de la historia del Imperio Romano .

Historia

El documento más antiguo disponible actualmente que detalla los derechos de ciudadanía son las Doce Tablas , ratificadas c. 449 a.C. [1] Gran parte del texto de las Tablas solo existe en fragmentos, pero durante la época de la Antigua Roma las Tablas se exhibían en su totalidad en el Foro Romano para que todos las vieran. Las Tablas detallan los derechos de los ciudadanos al abordar los procedimientos judiciales, la propiedad, la herencia, la muerte y (en el caso de las mujeres) el comportamiento público. Bajo la República Romana , el gobierno realizaba un censo cada cinco años en Roma para mantener un registro de los ciudadanos y sus hogares. A medida que se extendió el Imperio Romano , también se extendió la práctica de realizar un censo. [2]

Se esperaba que los ciudadanos romanos cumplieran algunos deberes ( munera publica ) con el estado para conservar sus derechos como ciudadanos. El incumplimiento de los deberes de ciudadanía podría resultar en la pérdida de privilegios, como se vio durante la Segunda Guerra Púnica cuando los hombres que se negaron al servicio militar perdieron su derecho al voto y fueron obligados a abandonar sus tribus votantes. [2] Las mujeres estaban exentas de impuestos directos y del servicio militar. [3] Cualquier persona que viviera en cualquier provincia de Roma debía registrarse en el censo. El alcance exacto de los deberes cívicos varió a lo largo de los siglos.

Gran parte del derecho romano relacionado con los derechos y funciones de la ciudadanía giraba en torno a precedentes legales. Los documentos del escritor romano Valerio Máximo indican que, en siglos posteriores, las mujeres romanas podían mezclarse libremente en el Foro y plantear preocupaciones por su propia voluntad, siempre que actuaran de una manera apropiada para su familia y su posición. [3]

Gran parte de nuestra base para comprender el derecho romano proviene del Digesto del emperador Justiniano . [4] El Digest contenía sentencias judiciales de jurados y sus interpretaciones del derecho romano y preservaba los escritos de autores jurídicos romanos.

El Edicto de Caracalla

Emperador Caracalla

El Edicto de Caracalla (oficialmente Constitutio Antoniniana en latín: "Constitución [o Edicto] de Antonino") fue un edicto emitido en el año 212 d. C. por el emperador romano Caracalla , que declaraba que todos los hombres libres del Imperio Romano debían recibir plena La ciudadanía romana y todas las mujeres libres del Imperio recibieron los mismos derechos que las mujeres romanas, con la excepción de los dediticii , personas que habían quedado sujetas a Roma mediante la rendición en la guerra, y los esclavos liberados.

En el siglo anterior a Caracalla, la ciudadanía romana ya había perdido gran parte de su exclusividad y se había vuelto más disponible entre los habitantes de las diferentes provincias del Imperio Romano y entre nobles como los reyes de los países clientes. Sin embargo, antes del Edicto, un número significativo de provinciales no eran ciudadanos romanos y, en cambio, tenían derechos latinos .

El Libro de los Hechos de la Biblia indica que el apóstol Pablo era ciudadano romano por nacimiento , aunque no especifica claramente qué clase de ciudadanía, un hecho que tuvo una influencia considerable en la carrera de Pablo y en la religión del cristianismo.

Tipos de ciudadanía

(Verde oscuro) Imperio Romano en el 117 d.C. (Verde pálido) Estados clientes bajo el Imperio Romano en el año 117 d.C.

La ciudadanía en Roma se podía adquirir por diversos medios. Para nacer ciudadano se requería que ambos padres fueran ciudadanos libres de Roma. [5] Otro método era mediante la realización de un servicio público, como servir en las fuerzas auxiliares no romanas. Las ciudades podían adquirir ciudadanía mediante la implementación de la ley latina , según la cual los habitantes de una ciudad provincial del imperio podían elegir personas para cargos públicos y, por lo tanto, otorgar la ciudadanía oficial a los electos. [6]

Las clases legales variaron con el tiempo, sin embargo, las siguientes clases de estatus legal existieron en varios momentos dentro del estado romano:

Cives Romani

Los cives romaníes eran ciudadanos romanos de pleno derecho, que disfrutaban de plena protección jurídica según el derecho romano. Las Cives Romani se subdividieron en dos clases:

latinos

Los latinos eran una clase de ciudadanos que ostentaban los derechos latinos ( ius Latii ), o los derechos de ius commercii y ius migraciónis (el derecho a migrar), pero no el ius connubii . El término Latini originalmente se refería a los latinos , ciudadanos de la Liga Latina que quedaron bajo control romano al final de la Guerra Latina , pero eventualmente se convirtió en una descripción legal en lugar de nacional o étnica. El estatus de derechos latinos podría asignarse a diferentes clases de ciudadanos, como los libertos , los cives romaníes condenados por un delito o los colonos coloniales.

socios

Según el derecho romano, a los ciudadanos de otro estado aliado de Roma mediante un tratado se les asignaba el estatus de socii . Los socii (también conocidos como foederati ) podían obtener ciertos derechos legales según la ley romana a cambio de niveles acordados de servicio militar, es decir, los magistrados romanos tenían el derecho de incorporar soldados de dichos estados a las legiones romanas . Sin embargo, los estados foederati que en algún momento habían sido conquistados por Roma estaban exentos del pago de tributo a Roma debido a su estatus de tratado.

La creciente insatisfacción con los derechos otorgados a los socii y con las crecientes demandas de mano de obra de las legiones (debido a la prolongada Guerra Yugurtina y la Guerra Cimbria ) llevaron finalmente a la Guerra Social del 91 al 87 a. C., en la que los aliados italianos se rebelaron contra Roma.

La Lex Julia (en su totalidad Lex Iulia de Civitate Latinis Danda ), aprobada en el año 90 a.C., concedía los derechos de cives romaníes a todos los estados latinos y socii que no habían participado en la Guerra Social, o que estaban dispuestos a cesar las hostilidades inmediatamente. . Esto se extendió a todos los estados socii italianos cuando terminó la guerra (excepto Gallia Cisalpina ), eliminando efectivamente a socii y Latini como definiciones legales y de ciudadanía.

provinciales

Los provinciales eran aquellas personas que cayeron bajo la influencia o control romano, pero que carecían incluso de los derechos de los foederati , y esencialmente solo tenían los derechos del ius gentium (reglas y leyes comunes a las naciones bajo el dominio de Roma).

Peregrino

Un peregrinus (plural peregrini ) era originalmente cualquier persona que no era ciudadano romano de pleno derecho, es decir, alguien que no era miembro de las cives Romani . Con la expansión del derecho romano para incluir más gradaciones de estatus legal, este término se volvió menos utilizado, pero el término peregrini incluía a los de los Latini , socii y provinciales , así como a los súbditos de estados extranjeros.

Ciudadanía para diferentes clases sociales

Los individuos pertenecientes a una clase social específica en Roma tenían versiones modificadas de ciudadanía.

Derechos

Los ciudadanos romanos disfrutaban de una variedad de privilegios específicos dentro de la sociedad romana. Los ciudadanos varones tenían derecho a votar ( ius sufragi ) y a ocupar cargos cívicos ( ius honorum, sólo al alcance de la aristocracia). [8] También poseían ius vitae necisque, "el derecho a la vida y a la muerte". El cabeza de familia masculino de una familia romana ( pater familias ) tenía derecho a ejecutar legalmente a cualquiera de sus hijos a cualquier edad, aunque parece que esto se reservaba principalmente a la hora de decidir criar a los niños recién nacidos. [9]

Los derechos más generales incluían: el derecho a la propiedad ( ius census ), a celebrar contratos ( ius commercii ), ius provocationis, el derecho a apelar decisiones judiciales, [8] el derecho a demandar y a ser demandado, a tener un juicio legal. , y el derecho a inmunidad de algunos impuestos y otras obligaciones legales, especialmente reglas y regulaciones locales.

Relieve que muestra una ceremonia de matrimonio romano. Museo de Capodimonte

Respecto a la familia romana , los ciudadanos romanos poseían el derecho de ius conubii, definido como el derecho a un matrimonio legítimo en el que los hijos de la unión serían también ciudadanos romanos. Fuentes romanas anteriores indican que las mujeres romanas podían perder sus derechos individuales como ciudadanas al contraer matrimonio manus . En un matrimonio manus , una mujer perdería todas las propiedades o posesiones que poseía y serían entregadas a su marido, o su pater familias . Los matrimonios de Manus habían cesado en gran medida en la época de Augusto y, en cambio, las mujeres permanecían bajo la protección de su pater familias. A su muerte, tanto los hombres como las mujeres bajo la protección del pater familias serían considerados sui iuris y serían legalmente independientes, capaces de heredar y poseer propiedades sin la aprobación de su pater familias. [9] Sin embargo, la mujer romana entraría en una tutela o tutela. El tutor de una mujer funcionaba de manera similar a un pater familias , pero no controlaba las propiedades o posesiones de una mujer y generalmente solo era necesario dar su permiso cuando una mujer quería realizar ciertas acciones legales, como liberar a sus esclavos. [9]

Oficialmente, se requería el estatus de ciudadanía romana para alistarse en las legiones romanas, pero este requisito a veces se pasaba por alto y se podían hacer excepciones. Los centuriones y los oficiales superiores podían golpear a los soldados ciudadanos por motivos relacionados con la disciplina. Los no ciudadanos se unieron a las Auxiliares y obtuvieron la ciudadanía a través del servicio.

Según las leyes porcias de principios del siglo II a. C. , un ciudadano romano no podía ser torturado ni azotado y podía conmutar sentencias de muerte por exilio voluntario , a menos que fuera declarado culpable de traición. Si se le acusaba de traición, un ciudadano romano tenía derecho a ser juzgado en Roma, e incluso si se le condenaba a muerte, ningún ciudadano romano podía ser condenado a crucifixión .

Ius gentium fue el reconocimiento legal, desarrollado en el siglo III a. C., del creciente alcance internacional de los asuntos romanos y de la necesidad de que el derecho romano se ocupara de situaciones entre ciudadanos romanos y personas extranjeras. El ius gentium era, por tanto, una codificación jurídica romana del derecho internacional ampliamente aceptado de la época, y se basaba en el derecho comercial altamente desarrollado de las ciudades-estado griegas y de otras potencias marítimas. Se consideraba que los derechos otorgados por el ius gentium correspondían a todas las personas; por tanto, se trata de un concepto de derechos humanos más que de derechos vinculados a la ciudadanía.

Ius migraciónis era el derecho a preservar el nivel de ciudadanía de uno al trasladarse a una polis de estatus comparable. Por ejemplo, los miembros de las cives Romani mantuvieron su civitas plena cuando emigraron a una colonia romana con plenos derechos según la ley: una colonia civium Romanorum . Los latinos también tenían este derecho y mantenían su ius Latii si se trasladaban a un estado latino o colonia latina diferente ( colonia Latina ). Este derecho no preservaba el nivel de ciudadanía en caso de que uno se mudara a una colonia con un estatus legal menor ; Los ciudadanos romanos de pleno derecho que se trasladaban a una colonia latina quedaban reducidos al nivel del ius Latii , y tal migración y reducción de estatus tenía que ser un acto voluntario.

Romanización y ciudadanía

El Mausoleo de los Julios , ubicado al otro lado de la Via Domitia, al norte y justo afuera de la entrada de la ciudad, data aproximadamente del 40 a. C. y es uno de los mausoleos mejor conservados de la época romana. En el arquitrabe del edificio que da a la antigua calzada romana está tallada una dedicatoria que dice: SEXO · M · L · IVLIEI · C · F · PARENTIBVS · SVEIS Sextio, Marco y Lucio Julio, hijos de Cayo, a sus antepasados. Se creía que el mausoleo era la tumba de la madre y el padre de los tres hermanos Julii, y que el padre, para el servicio militar o civil, recibía la ciudadanía romana y el privilegio de llevar el nombre de Julii.

La ciudadanía romana también se utilizó como herramienta de control y política exterior. A las colonias y aliados políticos se les concedería una forma "menor" de ciudadanía romana, existiendo varios niveles graduados de ciudadanía y derechos legales (los derechos latinos eran uno de ellos). La promesa de un mejor estatus dentro de la "esfera de influencia" romana y la rivalidad con los vecinos por el estatus mantuvieron el enfoque de muchos de los vecinos y aliados de Roma centrados en el status quo de la cultura romana, en lugar de intentar subvertir o derrocar la influencia de Roma. .

La concesión de ciudadanía a los aliados y conquistados fue un paso vital en el proceso de romanización . Este paso fue una de las herramientas políticas más efectivas y (en ese momento de la historia) ideas políticas originales.

Anteriormente, Alejandro Magno había intentado "mezclar" a sus griegos con los persas, egipcios, sirios, etc. para asimilar a los pueblos del Imperio persa conquistado , pero después de su muerte esta política fue en gran medida ignorada por sus sucesores .

La idea no era asimilar , sino convertir a un enemigo derrotado y potencialmente rebelde (o a sus hijos) en ciudadanos romanos. En lugar de tener que esperar la inevitable revuelta de un pueblo conquistado (una tribu o una ciudad-estado) como Esparta y los ilotas conquistados , Roma intentó hacer que aquellos bajo su gobierno sintieran que tenían un interés en el sistema. [10] La capacidad de las personas no nacidas en Roma para obtener la ciudadanía romana también proporcionó una mayor estabilidad para aquellos bajo el dominio romano, y el sistema de subdivisión dentro de los diferentes tipos de ciudadanía permitió a los gobernantes romanos trabajar cooperativamente con las élites locales en el provincias. [10]

Romanitas , nacionalismo romano y su extinción

Con el asentamiento de la romanización y el paso de las generaciones, un nuevo sentimiento unificador comenzó a surgir dentro del territorio romano, la Romanitas o "modo de vida romano", el sentimiento otrora tribal que había dividido a Europa comenzó a desaparecer (aunque nunca del todo) y mezclarse. con la nueva cuña de patriotismo importada de Roma con la que poder ascender a todos los niveles.

La romanitas , romanidad o romanismo perduraría hasta los últimos años de unidad de la pars occidentalis , momento en el que resurgirían los viejos tribalismos y el protofeudalismo de origen celta, hasta entonces latentes, mezclándose con las nuevas etnias. de origen germánico. Esto se observa en los escritos de Gregorio de Tours , quien no utiliza la dicotomía galo-romana - franca , sino que utiliza el nombre de cada una de las gens de aquella época existentes en la Galia (arverni, turoni, lemovici, turnacenses, bituriges, franci). , etc.), considerándose arverno y no galorromano; siendo las relaciones entre los nativos y los francos vistas no como romanos contra bárbaros, como popularmente se cree, sino como en el caso de Gregorio, una relación de convivencia entre arvernos y francos (Franci) como iguales.

También hay que recordar que Clodoveo I nació en la Galia, por lo que según el Edicto de Caracalla que lo convertía en ciudadano romano por nacimiento, además de ser reconocido por el emperador Anastasio I Dicoro como cónsul de la Galia , por lo que su posición de poder fue reforzado, además de ser considerado por sus súbditos galo-romanos como legítimo virrey de Roma; entendiendo que la Romanitas no desapareció de forma tan abrupta, observó sus efectos siglos después con Carlomagno y la Translatio imperii .

Ver también

Referencias

  1. ^ Pharr, Clyde; Johnson, Allan Chester; Coleman-Norton, Paul Robinson; Bourne, Frank Carde. "Estatutos romanos antiguos: traducción, con introducción, comentario, glosario e índice". avalon.law.yale.edu . Consultado el 3 de octubre de 2022 .
  2. ^ ab Dolganov, Anna (1 de enero de 2021). "Documentar la ciudadanía romana". Ando, ​​C. y Lavan, M. (Eds) Ciudadanía imperial y local en el largo segundo siglo, Oxford University Press, 185–228 .
  3. ^ ab Chatelard, Aude; Stevens, Ana (2016). "Las mujeres como menores de edad y su ciudadanía en la Roma republicana". Clío. Mujeres, género, historia (43): 24–47. ISSN  2554-3822. JSTOR  26242541.
  4. ^ Evans., Grubbs, Judith (2002). Las mujeres y la ley en el imperio romano: un libro de consulta sobre el matrimonio, el divorcio y la viudez. Grupo Routledge Taylor y Francis. ISBN 0-415-15240-2. OCLC  891208950.{{cite book}}: CS1 maint: multiple names: authors list (link)
  5. ^ Chatelard, Aude; Stevens, Ana (2016). "Las mujeres como menores de edad y su ciudadanía en la Roma republicana". Clío. Mujeres, género, historia (43): 24–47. ISSN  2554-3822. JSTOR  26242541.
  6. ^ Martín, Jochen (1995). "El Imperio Romano: Dominación e Integración". Revista de Economía Institucional y Teórica (JITE) / Zeitschrift für die gesamte Staatswissenschaft . 151 (4): 714–724. ISSN  0932-4569. JSTOR  40751853.
  7. ^ Evans., Grubbs, Judith (2002). Las mujeres y la ley en el imperio romano: un libro de consulta sobre el matrimonio, el divorcio y la viudez. Grupo Routledge Taylor y Francis. ISBN 0-415-15240-2. OCLC  891208950.{{cite book}}: CS1 maint: multiple names: authors list (link)
  8. ^ ab Chatelard, Aude; Stevens, Ana (2016). "Las mujeres como menores de edad y su ciudadanía en la Roma republicana". Clío. Mujeres, género, historia (43): 24–47. ISSN  2554-3822. JSTOR  26242541.
  9. ^ abc Evans., Grubbs, Judith (2002). Las mujeres y la ley en el imperio romano: un libro de consulta sobre el matrimonio, el divorcio y la viudez. Grupo Routledge Taylor y Francis. ISBN 0-415-15240-2. OCLC  891208950.{{cite book}}: CS1 maint: multiple names: authors list (link)
  10. ^ ab Martín, Jochen (1995). "El Imperio Romano: Dominación e Integración". Revista de Economía Institucional y Teórica (JITE) / Zeitschrift für die gesamte Staatswissenschaft . 151 (4): 714–724. ISSN  0932-4569. JSTOR  40751853.

Otras lecturas

enlaces externos