Una cláusula de ciudadano nato es una disposición en algunas constituciones según la cual ciertos funcionarios, generalmente el jefe de estado , deben ser ciudadanos "natos" de ese estado, pero no existe un significado universalmente aceptado para el término " nacido natural" . Las constituciones de varios países contienen dicha cláusula, pero pueden definir o interpretar el término ciudadano por nacimiento de manera diferente. Muchos países especifican la ciudadanía desde el nacimiento como requisito para ocupar determinados cargos. Esto a menudo se describe utilizando la fraseología de nacimiento natural y, a veces, se califica además como que requiere el nacimiento físico dentro del territorio del país ( jus soli ) y/o que uno o ambos padres naturales sean ciudadanos del país en el momento del nacimiento ( jus sanguinis ). .
El artículo 110 de la Constitución de 2010 establece que "los ciudadanos angoleños natos mayores de 35 años, que vivan en el país durante los últimos 10 años y disfruten de plenos derechos civiles y políticos, serán elegibles para el cargo de Presidente de la República". [1]
Según el Capítulo 8, Artículo 62 de la Constitución de Ghana de 1992, una persona no podrá ser elegida para ser elegida presidente de Ghana a menos que sea ciudadana de Ghana por nacimiento.
La persona que será elegida presidente debe ser ciudadana keniana por nacimiento. [2]
Para ser elegible para un cargo según la Constitución de Liberia, un candidato presidencial debe:
El Capítulo VI, Parte I, Sección 131 de la Constitución establece que una persona puede estar calificada para la elección del cargo de presidente si es ciudadano de Nigeria por nacimiento. [3]
Cualificaciones del presidente según la Constitución de Uganda . (Artículo 102) Para poder ser elegido presidente, una persona debe ser: (a) ciudadano de Uganda por nacimiento; (b) tener no menos de treinta y cinco ni más de setenta y cinco años de edad; y (c) calificado para ser miembro del Parlamento. [4] [5] [6]
Según el artículo 6 de la Constitución de Indonesia de 1945 , los candidatos a la presidencia y a la vicepresidencia deben haber sido ciudadanos desde su nacimiento y nunca haber adquirido voluntariamente otra ciudadanía. [7]
El artículo VII, sección 3 de la Constitución de 1987 establece que ninguna persona puede ser elegida presidente a menos que "sea ciudadano nato de Filipinas".
En febrero de 2012 se aprobó una nueva constitución. [8] El artículo 84 de la constitución de Siria de 2012 exige que los candidatos a la presidencia deben: [9]
Los requisitos para los candidatos a presidente de Turkmenistán incluyen los siguientes: [10]
A partir del artículo 89 de la Constitución de Albania se establecen los siguientes requisitos para ocupar la presidencia: ser ciudadano natural de la República de Albania , tener al menos cuarenta años y residir en la República de Albania durante al menos diez años. [11] [12]
Para poder presentarse a las elecciones, el candidato debe ser ciudadano bielorruso por nacimiento y tener más de treinta y cinco años. El candidato también debe haber residido dentro de la república durante diez años y poder emitir su voto legalmente. Las disposiciones están establecidas en el artículo 80 de la Constitución. [13]
Según el primer párrafo del artículo 54 de la Constitución finlandesa, "el presidente será un ciudadano finlandés nativo". [14] [15] [16]
Según el artículo 131 de la Constitución, el presidente y vicepresidente de la República deben ser costarricenses por nacimiento y ciudadanos en ejercicio.
Para ser elegible para postularse para presidente en Honduras, el candidato debe ser hondureño por nacimiento.
La constitución de México requiere que el candidato sea ciudadano de México por nacimiento y que al menos uno de sus padres sea ciudadano de México por nacimiento. La persona deberá tener al menos 35 años de edad y haber residido en México al menos 20 años en toda su vida y durante todo el año anterior a la elección. La persona no debe ser secretario o subsecretario de estado, fiscal general o gobernador de un estado al menos 6 meses antes de la elección. [17]
El presidente y el vicepresidente deben ser ciudadanos de los Estados Unidos por nacimiento, tener al menos 35 años de edad y haber sido residentes de los Estados Unidos de América durante al menos 14 años.
El artículo 89 de la Constitución Argentina establece los requisitos para ser presidente. El Presidente debe ser ciudadano nato del país.
El párrafo 3 del artículo 14 de la Constitución exige que un candidato sea: [18]
La Constitución de 1980 y su enmienda de 2005 establece los requisitos para ser presidente. El presidente debe ser ciudadano natural del país, o nacido en el extranjero cuando uno de sus padres o abuelos sea nacional chileno. El presidente también debe tener al menos 35 años. [19]
Constitución colombiana de 1991 Artículo 191: establece que el presidente debe ser ciudadano colombiano por nacimiento y tener al menos 30 años de edad. [20]
La enmienda a la Constitución establece los requisitos para ser presidente. El artículo 151 establece que el Presidente debe ser ciudadano natural del país, o haber nacido de ciudadano uruguayo si nació en el extranjero. El Presidente también debe tener al menos 35 años y estar inscrito en el Registro Cívico Nacional. [21]
Según los artículos 227 y 229 de la Constitución de Venezuela , adoptada en 1999, para ser Presidente de Venezuela se deben cumplir los siguientes requisitos: [22]
Sólo podrá ser elegido Presidente un ciudadano albanés de nacimiento que haya residido en Albania durante al menos los últimos diez años y haya cumplido 40 años.