El piloto al mando ( PIC ) de una aeronave es la persona a bordo de la misma que es responsable en última instancia de su operación y seguridad durante el vuelo. Sería el capitán en una tripulación típica de dos o tres pilotos , o "piloto" si solo hay un piloto certificado y calificado a los mandos de una aeronave. El PIC debe estar legalmente certificado (o autorizado de otro modo) para operar la aeronave en el vuelo y las condiciones de vuelo específicos, pero no necesita manipular los controles en un momento dado. El PIC es la persona legalmente a cargo de la aeronave y de su seguridad y operación de vuelo, y normalmente sería la persona principal responsable de una infracción de cualquier regla de vuelo.
La definición legal estricta de PIC puede variar ligeramente de un país a otro. La definición de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) es: "El piloto responsable de la operación y seguridad de la aeronave durante el tiempo de vuelo". [1]
En el Anexo 2, “Reglas del Aire”, en el párrafo “2.3.1 Responsabilidad del piloto al mando”, la OACI declara: [1]
El piloto al mando de una aeronave será responsable, ya sea que manipule los controles o no, de la operación de la aeronave de acuerdo con las reglas del aire, excepto que el piloto al mando podrá apartarse de estas reglas en circunstancias que hagan tal apartamiento absolutamente necesario en interés de la seguridad.
En el Anexo 2, párrafo “2.4 Autoridad del piloto al mando de una aeronave”, la OACI añade: [1]
El piloto al mando de una aeronave tendrá la autoridad final en cuanto a la disposición de la aeronave mientras esté al mando.
El Anexo 2 de la OACI, párrafo 2.3.1, otorga específicamente al PIC la facultad de anular cualquier otra reglamentación en caso de emergencia y de adoptar la medida más segura a su entera discreción. Esta disposición refleja la autoridad otorgada a los capitanes de los buques en el mar, con justificaciones similares. Básicamente, otorga al PIC la autoridad final en cualquier situación que involucre la seguridad de un vuelo, independientemente de cualquier otra ley o reglamentación.
El registro del tiempo de vuelo como piloto al mando es distinto de actuar como piloto al mando legal de un vuelo. El piloto al mando de un vuelo determinado siempre puede registrar su tiempo de vuelo como tal. Otros miembros de la tripulación pueden o no estar autorizados a registrar su tiempo en ese vuelo como piloto al mando, dependiendo de las circunstancias específicas y de la jurisdicción de control. [2]
El tiempo registrado como "piloto alumno al mando" (SPIC) a veces se puede utilizar parcialmente para cumplir con los requisitos de horas para la emisión de una licencia de piloto comercial (CPL). En los estados de la EASA , el tiempo SPIC significa "un piloto alumno que actúa como piloto al mando en un vuelo con un instructor donde este último solo observará al piloto alumno y no influirá ni controlará el vuelo de la aeronave". Se registra en el libro de registro del piloto como PIC pero debe ser refrendado por el instructor de vuelo . [3] : 36 El tiempo SPIC puede ser utilizado parcialmente por el titular de una licencia de piloto con tripulación múltiple para la emisión de una licencia de piloto comercial . [3] : 717
El tiempo registrado como "piloto al mando bajo supervisión" (PICUS) puede utilizarse parcialmente para cumplir con los requisitos de horas para la emisión de una licencia de piloto de transporte de línea aérea (ATPL). En los estados de la EASA, un piloto al mando bajo supervisión significa "un copiloto que realiza, bajo la supervisión del piloto al mando, los deberes y funciones de un piloto al mando". [3] : 19 El tiempo PICUS se registra como PIC siempre que "no se haya requerido la intervención del PIC en interés de la seguridad", pero debe estar refrendado por el PIC. [3] : 31 [4] El tiempo PICUS normalmente solo se registra cuando el copiloto actúa como piloto a los mandos .