El Auditor e Inspector del Estado de Oklahoma es un funcionario constitucional electo para el estado de Oklahoma en los EE. UU . El Auditor e Inspector del Estado es responsable de auditar y prescribir los estándares de contabilidad de todas las agencias gubernamentales y tesoreros del condado dentro de Oklahoma. [1] El cargo en su forma actual es una consolidación del cargo de Auditor del Estado con el cargo de Examinador e Inspector del Estado, los cuales datan de la condición de estado en 1907. Los dos cargos se combinaron en 1979 después de la aprobación de la Pregunta Estatal 510 en 1975. [2] Tom Daxon fue la primera persona en ocupar el cargo combinado y el primer republicano, ya que todos los ocupantes anteriores de cualquiera de los cargos eran demócratas.
La decimotercera auditora e inspectora estatal es Cindy Byrd , quien comenzó su mandato de cuatro años en 2019.
El Artículo 6, Sección 3 de la Constitución de Oklahoma requiere que todos los funcionarios del poder ejecutivo sean ciudadanos de los Estados Unidos, tengan al menos 31 años de edad y hayan sido electores registrados en Oklahoma durante 10 años antes de la elección.
Sin embargo, el artículo 6, sección 19 impone un requisito adicional al Auditor e Inspector del Estado. El auditor debe tener al menos 3 años de experiencia previa como "contador experto" antes de postularse al cargo. (El término "contador experto" no está definido, pero generalmente se entiende que requiere que el titular del cargo sea un contador público certificado ).
El auditor e inspector estatal es elegido directamente por el pueblo de Oklahoma.
Las elecciones para el cargo de Auditor e Inspector del Estado se celebran cada cuatro años simultáneamente con las elecciones del Gobernador. Una vez que se hayan recogido todos los votos, la Legislatura de Oklahoma se reunirá en el salón de la Cámara de Representantes y el Presidente de la Cámara de Representantes anunciará los resultados de las elecciones en presencia de la mayoría de cada rama de la Legislatura. Las personas que obtengan el mayor número de votos para el cargo de Auditor e Inspector del Estado serán declaradas debidamente electas. Sin embargo, en caso de que dos o más personas obtengan el mismo número de votos y el mayor número de votos para el cargo de Auditor e Inspector del Estado, la Legislatura, mediante votación conjunta, elegirá a una de dichas personas que obtenga el mismo número de votos y el mayor número de votos para el cargo de Auditor e Inspector del Estado.
El mandato de cuatro años del Auditor e Inspector del Estado comienza el segundo lunes de enero después de las elecciones generales. En 2010, la aprobación de la Pregunta Estatal 747 modificó el Artículo VI de la Constitución de Oklahoma para establecer límites de mandato para todos los funcionarios estatales. Los mandatos del gobernador, vicegobernador, fiscal general, auditor e inspector estatal, tesorero, comisionado de trabajo, superintendente de instrucción pública y comisionado de seguros están limitados a un total de ocho años. Los miembros del comisionado de la corporación están limitados a mandatos de doce años.
La función principal del Auditor e Inspector Estatal es rendir cuentas de todos los fondos del estado. Dos veces al año, sin previo aviso, el Auditor e Inspector Estatal examina los libros, las cuentas y el efectivo en caja o en el banco del tesorero estatal y de todos los tesoreros de los condados. Los estados financieros del tesorero estatal se auditan una vez al año. Al menos una vez cada dos años fiscales, el Auditor e Inspector Estatal auditará los libros y las cuentas de todas las agencias estatales cuyo deber sea recaudar, desembolsar o administrar fondos del estado. Otras auditorías financieras anuales de entidades o funcionarios públicos incluyen las oficinas del fiscal de distrito del estado, el departamento de correcciones, la Junta de Seguros y Beneficios de los Empleados de Oklahoma, los ocho Distritos de Ingeniería del Circuito y (cada dos años) el gobierno del condado.
Las auditorías de desempeño pueden realizarse a pedido del gobernador, el fiscal general, el director de la agencia, la junta directiva o por resolución conjunta de la Legislatura de Oklahoma. El gobernador, el fiscal general, el fiscal de distrito local, la junta directiva o por petición ciudadana pueden solicitar auditorías especiales tras la recolección de firmas válidas del 10 por ciento de los votantes registrados que viven dentro de los límites de la subdivisión política sujeta a la auditoría. Si una auditoría de desempeño o especial identifica una presunta irregularidad, el informe se comparte con el fiscal general o el fiscal de distrito para que se considere procesar a los presuntos infractores.
El Auditor e Inspector del Estado tiene el deber de examinar todos los impuestos destinados a recaudar ingresos públicos y asegurarse de que se establezcan de conformidad con la ley y las disposiciones constitucionales. El Auditor e Inspector del Estado tendrá la facultad de ordenar que los funcionarios competentes corrijan todos los impuestos excesivos o erróneos. El Auditor e Inspector del Estado debe informar sobre cualquier irregularidad en los impuestos al Gobernador, al Presidente pro tempore del Senado de Oklahoma y al Portavoz de la Cámara de Representantes de Oklahoma.
Al menos una vez al año, el Auditor e Inspector del Estado debe presentar al Gobernador un informe anual sobre las finanzas del estado y del condado que haya examinado. El informe debe presentarse el primer día de noviembre de cada año.
El Auditor e Inspector del Estado podrá contratar auditores adicionales según sea necesario, incluidos los Auditores e Inspectores Estatales Adjuntos. Las funciones, obligaciones y períodos de mandato del Auditor e Inspector Estatal Adjunto se regulan a discreción del Auditor e Inspector del Estado.
"Yo, ........., juro (o afirmo) solemnemente que apoyaré, obedeceré y defenderé la Constitución de los Estados Unidos y la Constitución del Estado de Oklahoma, y que no recibiré, a sabiendas, directa o indirectamente, dinero ni ninguna otra cosa valiosa por el desempeño o incumplimiento de cualquier acto o deber relacionado con mi cargo, excepto la compensación permitida por la ley; además, juro (o afirmo) que cumpliré fielmente mis deberes como Auditor Estatal e Inspector del Estado de Oklahoma lo mejor que pueda".
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