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Aviso de la sección 8

Un aviso de la Sección 8 , [1] también conocido como el aviso de la Sección 8 para desalojar o Formulario 3. Es un requisito previo si el propietario de un contrato de alquiler asegurado o de un contrato de alquiler asegurado de corta duración desea obtener una orden de posesión del tribunal, poniendo así fin al contrato de alquiler, por una razón basada en una circunstancia que le da derecho al propietario a la posesión según los motivos alegados. Se utiliza en Inglaterra y Gales y es parte de la Ley de Vivienda de 1988. [2] según enmendada por la Ley de Vivienda de 1996.

Descripción general

Un contrato de arrendamiento a corto plazo garantizado también puede terminarse mediante la ejecución de una orden de posesión basada en un aviso de la Sección 21. Las diferencias entre los procedimientos de la Sección 8 y la Sección 21 son: [3]

La notificación de la Sección 8 enumera 17 motivos. El propietario puede intentar recuperar la posesión de la propiedad antes o después de que finalice el plazo fijo del arrendamiento basándose únicamente en estos motivos. Cuando el propietario notifica al inquilino la notificación de la Sección 8, debe indicar los motivos por los que solicita la posesión de la propiedad, utilizando la redacción precisa especificada en el Anexo 2 de la Ley de Vivienda de 1988 [4] y las razones por las que se basa en estos motivos. La notificación debe presentarse en el formato prescrito para una notificación de la Sección 8. [5]

Cómo se notifica la Sección 8

Una vez completado el aviso de la Sección 8, debe enviarse a todos los inquilinos que viven en la dirección.

Por lo general, se acostumbra dejar pasar un mínimo de tres días hábiles para que la notificación de la Sección 8 llegue a la dirección del inquilino. La notificación de la Sección 8 vence dos semanas o dos meses después de esta fecha, dependiendo de cuál de los 17 motivos se haya citado. Solo una vez que la notificación de la Sección 8 haya vencido y el problema no se haya resuelto, el propietario puede solicitar una orden de posesión al Servicio de Tribunales y Juzgados de Su Majestad (HMCTS).

La orden de posesión

Una vez entregada la notificación de la Sección 8, el propietario puede solicitar al tribunal una audiencia para obtener una orden de posesión utilizando los formularios N119 [2] y N5 [2] y pagando las tasas judiciales.

El propietario recibe entonces una fecha para comparecer ante el tribunal, la primera audiencia, y debe asistir en esa fecha. Si el inquilino no ha presentado una defensa o no se presenta ante el tribunal para impugnar la reclamación, el tribunal puede dictar una orden de posesión en la primera audiencia. Si el inquilino defiende la reclamación, el tribunal emitirá instrucciones en la primera audiencia y aplazará la reclamación hasta una audiencia posterior en la que se escuchará el caso en su totalidad. Si se concede la orden de posesión, entra en vigor catorce días después de su emisión, aunque en algunos casos puede extenderse a seis semanas si se considera que el inquilino enfrentará graves dificultades como resultado de la recuperación.

Motivos de posesión

Cuando se entrega la notificación de la Sección 8, el propietario debe basar su decisión de solicitar una orden de posesión en uno o más de 17 motivos. El tribunal decidirá entonces si concede una orden de posesión basándose en estos motivos.

La cantidad de aviso que se debe dar al inquilino difiere según los motivos. Para los motivos 1, 2, 5, 6, 7, 9 y 16, se debe dar un aviso de dos meses o más. Para los motivos 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 15 y 17, se requiere un aviso de dos semanas. En el caso del motivo 14A, los procedimientos pueden iniciarse inmediatamente después de entregar el aviso. Durante la pandemia de Covid 19 en 2020, la mayoría de los períodos de aviso se extendieron significativamente para reducir el número de personas que potencialmente se quedaban sin hogar en un período de crisis. Con excepciones por alquileres adeudados importantes y comportamiento antisocial , la mayoría de los períodos de aviso se establecieron en seis meses.

Los motivos 1 a 8 son obligatorios, es decir, si el propietario puede demostrar ante el tribunal que son aplicables, el tribunal debe conceder la orden de posesión. Los demás motivos son todos discrecionales.

Motivos obligatorios

Motivo 1: el propietario se apropia de la propiedad como si fuera su propia vivienda

Se utiliza cuando el propietario desea vivir en la propiedad como vivienda permanente. Solo se permite cuando el propietario ya ha vivido en ella como vivienda principal o si él o su cónyuge la necesitan para vivir en ella como vivienda principal.

Es posible que se requiera evidencia de esto, junto con evidencia de que el propietario tiene la intención de abandonar su vivienda actual.

El terreno 1 no se puede atender durante el período de duración determinada.

Motivo 2: embargo hipotecario

Se utiliza cuando la propiedad está sujeta a una hipoteca que existía antes del inicio del arrendamiento y el prestamista desea recuperar la propiedad.

Planta 3: alquiler vacacional

Se utiliza cuando el arrendamiento tiene una duración máxima de ocho meses y la propiedad estuvo ocupada como alquiler vacacional dentro de los doce meses anteriores al inicio del arrendamiento. Se debe dar aviso por escrito antes o al inicio del arrendamiento de que se puede recuperar la posesión sobre la base de este motivo.

El terreno 3 no se puede atender durante el período de duración determinada.

Motivo 4: inmueble vinculado a una institución educativa

Se utiliza cuando el arrendamiento es por un período no mayor a doce meses y el inmueble pertenece a una institución educativa. Se debe dar aviso por escrito antes o al inicio del arrendamiento de que se puede recuperar la posesión con base en esta causal.

El terreno 4 no podrá ser atendido durante el período de duración determinada.

Terreno 5: vivienda para un ministro religioso

Se utiliza cuando la propiedad está siendo utilizada por un ministro religioso y es necesaria para otro ministro. Se debe dar aviso por escrito antes o al comienzo del arrendamiento de que se puede recuperar la posesión sobre la base de este motivo.

El terreno 5 no podrá ser atendido durante el período de duración determinada.

Planta 6: reformas

Se utiliza cuando el propietario desea reconstruir, demoler o realizar obras en parte o en la totalidad de la propiedad que no pueden llevarse a cabo con el inquilino en la propiedad, tal vez porque este no permite el acceso. Si se utiliza este motivo, el propietario debe pagar los costos razonables de desmantelamiento.

El terreno 6 no podrá ser atendido durante el período de duración determinada.

Motivo 7: muerte del inquilino

Se utiliza cuando el inquilino anterior ha fallecido y el arrendamiento ha pasado a un nuevo inquilino, pero este último no tiene derecho a continuar con el arrendamiento. Los procedimientos deben iniciarse dentro de los doce meses siguientes al fallecimiento del inquilino o dentro de los doce meses siguientes a que el propietario tenga conocimiento del fallecimiento del inquilino.

Motivo 7A: condena por delito grave

Motivo 7B: notificación al propietario por parte del Secretario de Estado de un aviso sobre inmigrantes ilegales

Motivo 8: atrasos en el pago del alquiler

Se utiliza cuando el alquiler todavía está atrasado en la fecha en que se entrega la notificación de la Sección 8 y en la fecha de la audiencia. Cuando el alquiler vence semanalmente o quincenalmente, al menos ocho semanas de alquiler deben estar atrasadas. Cuando el alquiler vence mensualmente, al menos dos meses de alquiler deben estar atrasados. Cuando el alquiler vence trimestralmente, al menos un trimestre del alquiler debe estar atrasado por más de tres meses. Cuando el alquiler vence anualmente, al menos tres meses de alquiler deben estar atrasados ​​por más de tres meses.

Motivos discrecionales

Terreno 9: alojamiento alternativo

Este fundamento establece que habrá alojamiento alternativo disponible para el inquilino en caso de que se dicte la orden de posesión y que el propietario tiene que pagar los gastos de mudanza razonables.

El terreno 9 no podrá ser atendido durante el período de duración fija.

Motivo 10: atrasos en el pago del alquiler

Se utiliza cuando cualquier monto de alquiler vence en la fecha en que se entrega la notificación de la Sección 8 y aún vence en la fecha en que comienzan los procedimientos.

Motivo 11: incumplimiento regular del pago del alquiler

Se utiliza cuando el inquilino no ha pagado el alquiler de manera regular. El alquiler no tiene que estar atrasado en la fecha en que se entrega la notificación de la Sección 8.

Motivo 12: incumplimiento del contrato de arrendamiento

Se utiliza cuando se ha producido un incumplimiento de algún término del contrato de arrendamiento.

Motivo 13: negligencia en el uso de la propiedad

Se utiliza cuando la propiedad ha sido descuidada por el inquilino, subarrendatario o alguien que vive en la propiedad con el inquilino y que el inquilino no ha desalojado y, como resultado, la condición de la propiedad se ha deteriorado.

Motivo 14: conducta antisocial

Se utiliza cuando el inquilino ha causado problemas con vecinos, visitantes o cualquier otra persona; ha utilizado la propiedad con fines ilegales o inmorales y ha recibido una condena por ello; o ha recibido una condena por un delito procesable en la propiedad o cerca de ella.

Motivo 14a: violencia doméstica

Se utiliza cuando la propiedad está ocupada por una pareja y uno de los miembros de la pareja se ha ido debido a la violencia o amenazas del otro miembro de la pareja hacia el otro miembro de la pareja que se ha ido o hacia un miembro de su familia que residía en la propiedad. Este motivo solo se aplica a propiedades que son propiedad de un fideicomiso de vivienda benéfica o de un propietario social registrado.

Motivo 15: mal trato del mobiliario

Se utiliza cuando los muebles de la propiedad han sido maltratados por el inquilino o por alguien que reside en la propiedad y que el inquilino no ha retirado.

Motivo 16: vinculado al empleo

Se utiliza cuando el inquilino estaba empleado por el propietario de la propiedad y ahora ha dejado el empleo del propietario.

El terreno 16 no podrá ser atendido durante el período de duración determinada.

Motivo 17: declaraciones falsas

El inquilino es la persona, o una de las personas, a quien se le otorgó el arrendamiento y el propietario fue inducido a otorgar el arrendamiento mediante una declaración falsa hecha a sabiendas o imprudentemente por:

(a) el inquilino, o
(b) una persona que actúe por instigación del inquilino

Referencias

  1. ^ http://www.legislation.gov.uk/ukpga/1988/50/section/8 Sección 8 de la Ley de Vivienda de 1988
  2. ^ abc http://www.legislation.gov.uk/ukpga/1988/50 Ley de Vivienda de 1988
  3. ^ Goldsmith, Amanda (15 de febrero de 2021). "¿Qué es un aviso de la Sección 8? | Sección 8 y COVID-19 2021" . Consultado el 16 de mayo de 2021 .
  4. ^ "Ley de Vivienda de 1988".
  5. ^ "Formularios de arrendamiento asegurado".

Enlaces externos