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Arrendamiento y liberación

El arrendamiento y la liberación es literalmente el arrendamiento (tenencia) de una propiedad no arrendada por su propietario seguido de una liberación (renuncia) del interés del propietario en la propiedad. Esta secuencia de transacciones se utilizaba comúnmente para transferir el título completo de bienes raíces bajo la ley de propiedad inmobiliaria . El arrendamiento y la liberación era un modo de transferencia de propiedades de propiedad absoluta que antes era común en Inglaterra y en Nueva York para evitar impuestos y acelerar el proceso. Entre sus partes, logra el mismo resultado que una escritura de concesión/transferencia/transferencia.

Historia

El arrendamiento y la liberación era: "una especie de transferencia, inventada por el Sargento Moore , poco después de la promulgación del estatuto de usos . Está concebido de la siguiente manera: un arrendamiento , que en realidad es una compraventa a cambio de alguna contraprestación pecuniaria por un año, es realizado por un inquilino de la totalidad de la propiedad absoluta [sin ningún impedimento para la enajenación ] al arrendatario que es de hecho el beneficiario de la compraventa (comprador) . Esto, sin ninguna inscripción, hace que el negociador quede en posesión del uso de la propiedad absoluta y le otorga al beneficiario de la compraventa el uso del término por un año, y luego el estatuto anexa inmediatamente la posesión. Estando así en posesión, es capaz de recibir una liberación de la propiedad absoluta y la reversión , hecha a este inquilino (beneficiario de la compraventa) en posesión ; y, en consecuencia, al día siguiente se le concede una liberación". [1] [2] Esto cita el tratado de derecho consuetudinario de Nueva York que dice que "el arrendamiento y la liberación fueron el modo habitual de transferencia en Inglaterra (hasta) 1841... y en Nueva York hasta 1788...". [3] El benefactor original fue Lord Norris , "para evitar la notoriedad desagradable de una librea o un contrato de arrendamiento ". [4]

Una "forma especial de cesión llamada cesión [puede] utilizarse para transferir un interés futuro [reversión] a alguien que ya tiene un interés actual. (Un nombre alternativo posterior es renuncia de derechos ). Este hecho dio lugar a una forma muy popular de transferencia llamada arrendamiento y cesión. Se requerían dos acuerdos. Primero, el vendedor celebraba un contrato de compraventa para transferir un arrendamiento sobre la tierra... (A diferencia de una venta directa, los arrendamientos a corto plazo no requerían la inscripción en un registro público). Luego, el vendedor firmaba por separado una cesión para otorgar al comprador (que ahora era su inquilino) el interés restante del vendedor. [Esto transfiere] el título al comprador, ya que ahora era dueño tanto de los intereses actuales como futuros en la tierra". [5]

El contrato de arrendamiento y cesión fue: "desarrollado como otra estrategia para evitar la transferencia pública de la posesión , en respuesta a las limitaciones impuestas por el Estatuto de Inscripciones . Dado que los usos (futuros arrendamientos de tierras) habían sido limitados por el Estatuto de Usos (y siguen sujetos a desincentivos en muchas jurisdicciones), se tuvo que encontrar otro instrumento. Ese instrumento era el contrato de arrendamiento por un año (arrendamiento por posesión) seguido al día siguiente por una cesión de la propiedad, evitando así la cesión de la posesión. El instrumento, por tanto, consta de dos partes: (i) un contrato de arrendamiento por un año en un día; (ii) una cesión al día siguiente. En el contrato de arrendamiento por un año, la contraprestación era nominal (normalmente 5 chelines) y el plazo del arrendamiento era de un año. La cesión se ejecutaba al día siguiente del contrato de arrendamiento, liberando la propiedad al 'arrendatario' a perpetuidad; el precio de compra completo (contraprestación) se recita en la cesión; la cesión recita [menciona] el contrato de arrendamiento del día anterior; la cesión se ejecuta 'de acuerdo con el estatuto de “convertir los usos en posesión” (el Estatuto de Usos). [6]

En forma más breve, se lo ha descrito como: "el método más común de transmisión de propiedad absoluta desde finales del siglo XVII en adelante, antes de la introducción de la transmisión moderna a fines del siglo XIX. El arrendamiento se otorgaba por un año (a veces seis meses) y luego, al día siguiente, el arrendador renunciaba a su derecho de propiedad a cambio de una contraprestación". [7]

Se trataba de un modo de transmisión de propiedades en régimen de propiedad absoluta , a veces complejo y en dos documentos, que antes era común en Inglaterra y Nueva York y que fue reemplazado por una simple escritura de concesión o transferencia. [8]

Referencias

  1. ^ Diccionario en línea, que cita el Bouvier's Law Dictionary, Revised 6th Ed (1856), que cita a su vez 2 Bl. Com. 339 (Black's Law Commentaries); 4 Kent, Com. 482 (4 Kent's Commentaries on NY Law); Co. Litt. 207; Cruise, Dig. tit. 32, c. 11.
  2. ^ Véase también [1] que cita el mismo material.
  3. ^ 4 Kent, Com. 494. Para obtener una copia en Google de los Comentarios de Kent sobre la ley de Nueva York, consulte [2] y desplácese hacia abajo hasta la página 580.
  4. ^ Id.
  5. ^ Un poco de historia útil, de Algunas cosas que todo genealogista debería saber sobre las escrituras (citas internas no copiadas).
  6. ^ "Sitio web del seminario sobre culturas jurídicas". Archivado desde el original el 14 de junio de 2007. Consultado el 25 de junio de 2007 .
  7. ^ Sitio web de BRA, página sobre Cómo interpretar escrituras, Glosario (ver más abajo). Archivado el 30 de junio de 2007 en Wayback Machine.
  8. ^ Diccionario en línea, que cita a Burrill, Warren's Blackstone y el Webster's Dictionary de 1913.

Véase también