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Norma jurídica

Una norma jurídica es una regla o principio vinculante, o norma , que las organizaciones de poder soberano promulgan y hacen cumplir para regular las relaciones sociales . Las normas jurídicas determinan los derechos y deberes de los individuos que son sujetos de relaciones jurídicas dentro de la jurisdicción gobernante en un momento dado. Las autoridades estatales competentes emiten y publican aspectos básicos de las normas jurídicas a través de una colección de leyes que los individuos bajo ese gobierno deben cumplir, lo que además está garantizado por la coerción estatal . Hay dos categorías de normas jurídicas: la normatividad , que regula la conducta de las personas, y la generalidad, que es vinculante para un número indefinido de personas y casos. La inmunidad diplomática y legislativa se refiere a los casos en que las normas jurídicas se construyen para estar dirigidas a una minoría y son específicamente vinculantes solo para ellos, como los soldados y los funcionarios públicos . [1]

En sentido jurídico, la retroactividad se refiere a una ley que perjudica o invalida los derechos adquiridos por una persona en virtud de leyes existentes al crear nuevas obligaciones en relación con contraprestaciones que habían sido preestablecidas. Las normas jurídicas pueden clasificarse en retroactividad verdadera, en la que influyen en las relaciones jurídicas que existían antes de su efecto, o en pseudoretroactividad, en la que la validez de las antiguas relaciones jurídicas puede verse influida por normas derogadas . [1]

Las normas jurídicas adquieren validez desde el momento en que se publican como parte del ordenamiento jurídico y entran en vigor desde el momento en que vinculan a los sujetos de derecho. La frase latina "vacatio legis" se refiere al período de tiempo entre la validez y la entrada en vigor de una norma jurídica. Como la validez de una norma jurídica está limitada desde el momento de su adopción por las instituciones jurídicas, el transcurso del tiempo puede causar su terminación. Las normas jurídicas pueden ser terminadas ya sea por derogación explícita por parte de la autoridad estatal competente, o por derogación automática por la cual la organización autoritativa adopta un nuevo acto normativo que regula las mismas relaciones, reemplazando efectivamente al anterior. [1]

Teoría de la planificación

La teoría de la planificación del derecho de Scott Shapiro [2] se basa en dos conceptos: la naturaleza de las instituciones jurídicas y la naturaleza de las normas jurídicas. La tesis de la teoría de la planificación sostiene que las normas jurídicas funcionan como planes compartidos que las instituciones jurídicas implementan para ejercer el control social y la gobernanza, independientemente de los méritos morales de esas normas e instituciones. [3]

Las instituciones jurídicas pueden gobernar de dos maneras principales. En primer lugar, pueden clasificarse como organizaciones de planificación que crean, aplican y hacen cumplir planes sociales, lo que sugiere que muchas normas jurídicas son simplemente planes. [4] Sin embargo, las instituciones de planificación también pueden aplicar y hacer cumplir normas jurídicas que no se crearon durante el proceso de planificación pero que, no obstante, permiten a las organizaciones gobernar. Un ejemplo de esto sería una norma consuetudinaria, que ha sido moldeada e informada por valores culturales durante períodos prolongados de tiempo. Shapiro se refiere a estas normas jurídicas como "normas similares a planes", que han sido "sostenidas por la acción humana" y "economizan en costos de deliberación, compensan las incapacidades cognitivas y organizan el comportamiento entre los participantes". Estos conceptos jurisprudenciales pueden entonces ubicarse y posteriormente verse a través del contexto de los sistemas jurídicos modernos . Un plan maestro compartido que consiste en las reglas fundamentales que sustentan los sistemas jurídicos permite la delegación de derechos, poderes y responsabilidades para diferentes funcionarios. Por encima de esto, se establecen subplanes del plan maestro, que adoptan la forma de planes o normas similares a planes que son administradas por el gobierno ejecutivo, por ejemplo, las normas particulares de derecho penal que prohíben el asesinato o las leyes que especifican los procesos de recaudación de impuestos. Por lo tanto, el conjunto total de leyes en una jurisdicción en un momento dado consiste en la totalidad de planes y normas similares a planes aplicados por los funcionarios, independientemente de cualquier hecho sobre el mérito moral. [5]

Teoría jurídica normativa

Mientras que la teoría jurídica positiva basada en hechos explica las causas y los efectos de la aplicación de la ley, la teoría jurídica normativa informa sobre lo que la ley debería ser al explorar los valores y las razones que sustentan las acciones legales, la adopción de la legislación y la ley creada por los jueces. Los teóricos legales utilizan la palabra "normativa" en su sentido general que abarca las normas legales, las normas sociales y las normas morales . Las teorías jurídicas normativas son altamente evaluativas y están entrelazadas con las teorías morales y políticas. Se presenta un ejemplo que resalta las diferencias entre la teoría jurídica positiva y la teoría jurídica normativa a través de una comparación de sus enfoques sobre la ley de responsabilidad civil . Mientras que la teoría positiva busca explicar qué fuerzas causales han producido los principios de responsabilidad civil existentes, la teoría normativa determina qué reglas de responsabilidad civil serían las más justificables. [6]

La teoría normativa del derecho utiliza juicios para concluir cuál es la regla más apropiada que se debe aplicar en el razonamiento jurídico y está influenciada por teorías morales o políticas. Las teorías normativas generales de la deontología , el utilitarismo y la ética de la virtud son tres teorías normativas generales que informan significativamente la teoría normativa del derecho: [6]

Deontología

Rival conceptual del utilitarismo, las teorías morales deontológicas exploran el concepto de deber con sus nociones correlativas de derechos y permiso. Un individuo puede determinar la "rectitud" de su acción considerando si es requerida, prohibida o permitida por una regla moral. Aplicando este concepto dentro de la teoría jurídica normativa al derecho penal , se refleja cuando una acción no puede ser delito a menos que viole un deber moral y las teorías retributivas del castigo . [7]

Utilitarismo

El utilitarismo es una forma de consecuencialismo según la cual las decisiones se toman prediciendo el resultado que determina el valor moral de una acción. Supone que el sistema de normas jurídicas, en contraposición a las normas morales individuales, proporciona el alcance relevante de una decisión. [8]

Ética de la virtud

Situando esta teoría en un contexto legal, una acción se considera correcta cuando un individuo, siendo un agente moral virtuoso, realiza un acto que muestra las esencias de las excelencias humanas. Al aplicar normas jurídicas virtuosas, una teoría de la decisión judicial centrada en las virtudes muestra las características de la templanza judicial , el coraje , el temperamento , la inteligencia , la sabiduría y la justicia . Estas excelencias pueden traducirse en una preocupación por la equidad en la jurisprudencia de las virtudes. [9]

Filósofos del derecho

Si bien los teóricos del derecho Kelsen y Hart creen que la normatividad jurídica no puede reducirse a la mera factualidad o a la normatividad moral, sus enfoques de interpretación del concepto en sí difieren. Se presentará una comparación de sus respectivas contribuciones a la normatividad jurídica.

La "Teoría general de las normas" de Kelsen

Kelsen explora los factores que contribuyen al carácter normativo de las normas jurídicas. Considera que, si bien todos los sistemas jurídicos normativos tienen estructuras similares, cada sistema en particular muestra idiosincrasias que hacen que el derecho sea conceptualmente distinto de la moral (Moore, 1978). Kelsen plantea el argumento de que la Norma Básica se presupone cuando un individuo elige interpretar las acciones de funcionarios con autoridad de una manera normativa. [10]

En su libro Teoría pura del derecho , Hans Kelsen se propone ofrecer una definición holística del derecho incorporando un análisis exhaustivo de la normatividad jurídica y de las estructuras sistemáticas. La Teoría pura defiende el positivismo jurídico, que establece una clara distinción entre el «es» fáctico y el «debería ser». Kelsen identifica el derecho como un tipo único de fenómeno social que se diferencia del resto por su modo específico de coerción, equiparándolo así a un sistema de normas. Sin embargo, también propone la importancia de distinguir entre el derecho en un sentido fáctico y en el sentido normativo, asociando su convicción sobre el carácter normativo del derecho con un dualismo metodológico. [10]

En su sentido fáctico, Kelsen propone que "la ley es un orden de la conducta humana". Al establecer similitudes entre el orden, las costumbres y la etiqueta, Kelsen sugiere que la naturaleza altamente fáctica de la ley la convierte en un fenómeno empírico. La ley se define así como una técnica social que obliga a quienes están sujetos a ella a seguir un sistema de reglas de conducta, mientras que el orden constituye un sistema expansivo de normas que se derivan de la misma razón y son validadas por ella. Un individuo puede así determinar si una norma pertenece a un sistema normativo al comprobar que deriva su validez de la norma básica que constituye el orden. [10] En su sentido normativo, las leyes se definen como "lo que se debe hacer si algo sucede". Kelsen propone que el enunciado normativo, "es una regla", sólo puede tener sentido en el contexto de una conducta regular combinada con una actitud reflexiva y crítica por parte de la población. Al adoptar esta perspectiva, Kelsen ignora la dimensión "interna" específica que condiciona el significado de los enunciados normativos que están relacionados con los valores humanos y la moralidad. [10]

"Sui Generis" de Hart

Hart rechaza la idea de que las normas jurídicas se forman según el "modelo de derecho natural" clásico y hace hincapié en los contextos en los que las normas jurídicas pueden tener significado. La visión de Hart analiza cómo las sociedades contemporáneas pueden funcionar mejor si se implementa una comprensión más deflacionaria del derecho, en lugar de estándares morales restrictivos. [11]

Hart explica la normatividad jurídica haciendo referencia a hechos sociales en lugar del enfoque de Kelsen, que muestra un dualismo metodológico. A diferencia de la creencia de Kelsen en la independencia radical del derecho respecto de la moral, que lo lleva a defender que la teoría jurídica está fundamentalmente libre de valores, Hart no defiende una visión tan extrema y, en cambio, respalda el positivismo blando. Reconoce que la conformidad con los principios morales o los valores sustantivos puede incorporarse a los criterios para determinar la validez de las normas jurídicas. Al explicar la fuerza normativa del derecho, Hart se centra en el contexto dentro del cual existen las proposiciones normativas, que tiene un poder significativo para condicionar el significado de estas afirmaciones. [11]

Modelo ontológico de las normas jurídicas

Modelo ontológico de las normas jurídicas

Las normas jurídicas constituyen la base de los sistemas jurídicos. Su estructura puede representarse mediante un modelo ontológico que muestra cómo las reglas de conducta estipuladas por las normas jurídicas influyen en la creación y el uso de la legislación. [12]

El modelo ontológico de las normas jurídicas es una herramienta importante, ya que facilita la investigación eficiente que permite a los profesionales del derecho tomar decisiones responsables en los tribunales mediante la aplicación de normas jurídicas. La legislación se refiere a las leyes que han sido promulgadas por el gobierno y oficializadas por el Parlamento, formulando así las normas jurídicas y sus relaciones. Un modelo ontológico de las normas jurídicas puede proporcionar a los profesionales del derecho representaciones visuales explícitas de los procesos a través de los cuales el gobierno ejecutivo crea y administra la legislación. Las propias normas pueden modelarse mediante lógica, reglas u ontologías para facilitar el proceso de recuperación de información jurídica y la navegación semántica. [12]

Tradicionalmente, los sistemas de búsqueda y consulta de legislación se basaban en la búsqueda de texto, en la que el profesional del derecho debía introducir palabras específicas para acceder a la sección de la legislación que le interesaba. Esto era muy ineficiente, ya que una norma jurídica puede estar fragmentada, de modo que la propiedad del sistema jurídico que regula una norma jurídica en una relación social estaba contenida en otra legislación. La fragmentación de las normas jurídicas agravaba así la ineficiencia del uso de la legislación y creaba grandes barreras para los abogados en lo que respecta a la investigación jurídica, y especialmente para las personas que deseaban recuperar información legislativa pero no tenían formación jurídica. El modelo ontológico planteaba una solución eficaz al categorizar la legislación en función del significado de la norma jurídica que contiene, mejorando tanto la claridad como la eficiencia de la investigación. [12]

Referencias

  1. ^ Universidad Palacky (2019). 'Normas legales' [Presentación en PowerPoint]. Disponible en: oldwww.upol.cz/fileadmin/user_upload/PF-katedry/teorie-prava/Legal_norms.ppt (Consulta: 17 de mayo de 2019).
  2. ^ Shapiro, Scott (20 de marzo de 2017). "La teoría de la planificación del derecho". Facultad de Derecho de Yale, Public Law Research Paper No. 600. doi : 10.2139/ssrn.2937990.
  3. ^ Bustamante, Thomas (2012). "Interpretación de los planes: una visión crítica de la teoría de planificación del derecho de Scott Shapiro". Revista Australiana de Filosofía Jurídica . 37 : 219–250.
  4. ^ Plunkett, David (febrero de 2013). "La teoría de la planificación del derecho I: La naturaleza de las instituciones jurídicas 1. (Informe)". Philosophy Compass . 8 : 149(10). doi :10.1111/phc3.12012.
  5. ^ Plunkett, David (febrero de 2013). "La teoría de la planificación del derecho II: la naturaleza de las normas jurídicas. (Informe)". Philosophy Compass . 8 : 159(11). doi :10.1111/phc3.12011.
  6. ^ ab Kelsen, Hans (7 de marzo de 1991), "Normas jurídicas y principios jurídicos: la teoría de la transformación de Esser", Teoría general de las normas , Oxford University Press, págs. 115-122, doi :10.1093/acprof:oso/9780198252177.003.0028, ISBN 9780198252177
  7. ^ "Legal Theory Lexicon 010: Deontology". Léxico de teoría jurídica . Consultado el 22 de mayo de 2019 .
  8. ^ "Legal Theory Lexicon 008: Utilitarianism". Léxico de teoría jurídica . Consultado el 22 de mayo de 2019 .
  9. ^ "Legal Theory Lexicon 012: Virtue Ethics". Léxico de teoría jurídica . Consultado el 22 de mayo de 2019 .
  10. ^ abcd "Kelsen", Normas jurídicas y normatividad: un ensayo sobre genealogía , Hart Publishing, 2006, doi :10.5040/9781472563743.ch-002, ISBN 9781841134550
  11. ^ de Kelsen, Hans; Hartney, Michael (7 de marzo de 1991). Teoría general de las normas. Oxford University Press. doi :10.1093/acprof:oso/9780198252177.003.0001. ISBN 9780198252177.
  12. ^ abc "Modelo ontológico de normas jurídicas para la creación y uso de la legislación". ResearchGate . Consultado el 22 de mayo de 2019 .

Lectura adicional