En Economía y Derecho , el trato exclusivo surge cuando un proveedor vincula al comprador al imponer limitaciones a los derechos del comprador a elegir qué, quién y dónde negocia. [1] Esto va en contra de la ley en la mayoría de los países, incluidos los EE. UU., Australia y Europa, cuando tiene un impacto significativo al reducir sustancialmente la competencia en una industria. [2] Cuando los puntos de venta son propiedad del proveedor, el trato exclusivo se debe a la integración vertical , [3] cuando los puntos de venta son independientes, el trato exclusivo es ilegal (en los EE. UU.) [4] debido a la Ley de Prácticas Comerciales Restrictivas, sin embargo , si está registrado y aprobado está permitido. Si bien los acuerdos impuestos por los vendedores se refieren principalmente a la literatura completa sobre transacciones exclusivas, algunos acuerdos de transacciones exclusivas son impuestos por los compradores en lugar de por los vendedores. [5]
El trato exclusivo puede considerarse una barrera de entrada [6], especialmente en mercados que operan bajo competencia imperfecta, que es Monopolio u Oligopolio , donde hay diferenciación de precios y productos , así como un desequilibrio de poder de mercado entre los titulares, los entrantes y los competidores debido a a la existencia de integraciones verticales dentro del mercado, lo que lleva a ineficiencias del mercado.
Los métodos alternativos de negociación exclusiva están prohibidos por la Sección 47 de la CCA. En términos generales, las transacciones verticales anticompetitivas están prohibidas.
Todo comercio exclusivo se registra sólo si se puede demostrar que tiene el impacto de reducir sustancialmente la competencia (artículo 47(10)). [7]
En la política británica, el "negocio exclusivo" era, antes de la introducción del voto secreto mediante la Ley de votación de 1872 , un medio por el cual aquellos sin derecho a voto podían ejercer presión sobre los comerciantes, etc. -una política que cualquier comerciante que votara en contra del candidato popular perder la costumbre de no votantes de convicciones opuestas. La práctica era muy parecida a la del boicot moderno ; fue efectivo para los radicales en algunos distritos electorales, [8] y por lo tanto desconfiaban de cualquier oferta o intento de introducir el voto secreto antes de una extensión sustancial del sufragio.
Los acuerdos de negociación exclusiva en virtud del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea son acuerdos verticales que obligan al cliente a comprar todo o la mayor parte de un tipo específico de bienes o servicios únicamente del proveedor dominante. El término acuerdo de exclusividad se refiere a un acuerdo según el cual el proveedor tiene restringida su capacidad para suministrar a cualquier persona que no sea el cliente intermedio específico y viceversa. La Comisión afirmó en sus Directrices sobre restricciones verticales [9] que los acuerdos que obligan a comprar bienes en un 80% o más se considerarán acuerdos exclusivos y pueden considerarse abusivos (véase el asunto 85/76). [10] Un acuerdo de compra exclusiva no es per se ilegal según el artículo 102 (véase el asunto C-413/14) [11] y sólo puede considerarse abusivo si puede tener un efecto de exclusión sobre competidores igualmente eficientes y no tiene efectos justificación objetiva, ver. [12] Por lo tanto, no será suficiente la defensa de que el cliente voluntariamente celebró un acuerdo; la cuestión es si el acuerdo podría excluir horizontalmente a competidores tan eficientes (o más) que la empresa dominante en el mercado apropiado, véanse los asuntos 85/76 [13] y C-393/92. [14]
En Economía y Derecho , existen muchas formas de negociación exclusiva, sin embargo las tres más conocidas son:
De Facto, también conocido como negociación exclusiva parcial, [15] ocurre en presencia de:
El forzamiento de tercera línea implica el suministro de bienes o servicios con la condición de que el comprador adquiera bienes o servicios de un tercero en particular, o una negativa a suministrar porque el comprador no estará de acuerdo con esa condición. [2]
Elementos del forzamiento de tercera línea
El forzamiento de tercera línea está prohibido cuando tiene un impacto sustancialmente menor en la competencia en la industria [17]
Comisión Australiana de Consumo y Competencia contra Black & White Cabs (Australia) [2010] [18]
Hechos: Black and White Cabs exigió a varios operadores que adquirieran servicios de Cabcharge Australia Ltd (un negocio de transacciones de pagos en línea de terceros no relacionados ). B&W Cabs reconoció que había violado la ley antimonopolio y que la reparación propuesta era apropiada.
Celebrado: Black and white Cabs fue declarado culpable, ya que participaron en transacciones exclusivas de tercera línea según el artículo 47 (6) de la ley australiana, prohibido por el artículo 47 (1), al suministrar sus servicios bajo la concepción de que la red de taxis tiene que adquirir servicios de Cabcharge Australia Ltd, una empresa de terceros no relacionada para tener acceso a los servicios de Black and White Cab.
Sanciones y recursos que impiden a B&W Cabs proporcionar o prometer proporcionar reserva de taxis, despacho u otros servicios a operadores de servicios de taxi autorizados, de modo que otros productos y/o servicios, incluidos servicios de pago digital, sean adquiridos por operadores de servicios de taxi con licencia de cualquier tercero. parte no asociada a B&W Cabs, incluido Cabcharge, por un período de cinco años. Las condiciones de la sanción fueron las siguientes:
El forzado de línea completa también se conoce como compra exclusiva, ya que limitaba al comprador a comprar y almacenar únicamente el producto de un proveedor, también conocido como marca única. Se dice que una empresa ha incurrido en forzamiento de línea completa si impone las siguientes condiciones al comprador:
El forzado de línea completa infringe la ley si se demuestra que tiene un efecto sustancialmente menor sobre la competencia en la industria. Esto se identifica mediante la prueba de competencia de reducción sustancial. [2]
Comisión de Prácticas Comerciales contra Massey Ferguson (Australia) Ltd. (1983) [20]
Hechos El demandado acordó suministrar maquinaria agrícola vendida con el nombre de "Massey Ferguson" en septiembre y octubre de 1977 a "Wood's West Port Machinery" de Koo Wee Rup, Victoria, con la condición de que no compraran tractores agrícolas directa o indirectamente. de un competidor del demandado. El demandado se negó a suministrar tractores y cabezales agrícolas a "Central Engineers" de Temora, Nueva Gales del Sur en 1978, alegando que había acordado con un proveedor no adquirir productos de sus competidores, por lo que estaría infringiendo las normas del contrato.
Celebrado: En un caso contra el demandado con respecto a tres productos de negociación exclusiva en violación de la Ley de Competencia y Consumo de Australia. El demandado admitió en el artículo 47(1) de la Ley de Prácticas Comerciales de 1974 la conducta que probablemente tendría el efecto de reducir significativamente la competencia. para tractores y/o cabezales agrícolas en el mercado mayorista de Australia. Con respecto a la sanción efectiva que se impondrá de conformidad con el artículo 76.
Por lo tanto, no hubo actos de trato exclusivo; sin embargo, los actos cometidos por Massey probablemente tuvieron el impacto de conducir a una disminución sustancial de la competencia, ya que se hizo sin saberlo. Sin embargo, dado que esto conduciría a una menor competencia en la industria, deben ser penalizados por tal comportamiento. Las acciones del demandado contribuyeron a reducir sustancialmente la competencia en el mercado mayorista australiano de tractores y cabezales.
Sanciones y remedios La sanción y los remedios incluyeron un pago único de $40,00, así como la corrección del comportamiento negligente del acusado para garantizar que tenga conocimiento de las repercusiones de practicar forzamiento de línea completa, ya sea internacional o involuntariamente, en el mercado. .
No es suficiente demostrar que una empresa ha sufrido daños; según la prueba de reducción sustancial, deben cumplirse ciertas condiciones para confirmar que una empresa ha infringido la ley. Se debe realizar un análisis de los siguientes factores para concluir que el comportamiento de un proveedor está disminuyendo sustancialmente la competencia cuando todo el mercado del producto se ve afectado, así como el producto sustituto, y si la negativa a suministrar el producto deseado afectaría sustancialmente la disponibilidad del producto para los clientes. [21]
Las transacciones exclusivas pueden ofrecer una ventaja competitiva significativa para las empresas, sin embargo, también pueden plantear amenazas como riesgos anticompetitivos. El problema más comúnmente conocido de las transacciones exclusivas se llama ejecución hipotecaria del cliente. [22] La exclusión de clientes es un ejercicio de poder de mercado por parte de los proveedores ascendentes; se produce cuando los competidores no pueden acceder a un gran número de clientes, lo que a su vez reduce la eficiencia de estas empresas descendentes. Como resultado de esto, la empresa más dominante tiene la capacidad de reducir la cantidad o aumentar el precio de los productos a su disposición debido al debilitamiento de la competencia de sus competidores. [23] Esto deja a los clientes vulnerables, ya que se ven obligados a comprar al proveedor dominante. [15]
Generalmente es un vendedor quien impone la exclusividad en la literatura sobre tratos exclusivos. El motivo de la restricción de un vendedor puede ser procompetitivo, como impedir que los proveedores rivales:
El trato exclusivo inducido por el vendedor también puede dar lugar a un comportamiento anticompetitivo. Esto es cierto si conduce a. una exclusión que elimina a los competidores de una gran parte del mercado durante un período prolongado. Esto también es cierto en el caso de un entrante en el que el operador dominante puede disuadir la entrada de un entrante eficiente mediante la práctica de acuerdos exclusivos. Los resultados ineficientes del trato exclusivo son :
El trato exclusivo se conoce comúnmente como un acto inducido por el proveedor; sin embargo, el comprador tiene el poder de influir en el trato exclusivo a través de múltiples métodos. [25] En el punto de fabricación, hay más influencia del mercado en las fases posteriores que en las anteriores en determinadas redes de distribución porque "es más probable que los consumidores cambien de producto dentro del supermercado que de tienda de marca". [26] Dobson (2008) señaló que "las restricciones impulsadas por el comprador ocurren con mayor frecuencia cuando el comprador tiene alguna ventaja de negociación sobre los proveedores que garantiza su cumplimiento o consentimiento. [27]
Las consecuencias para el bienestar del consumidor de las transacciones exclusivas provocadas por los compradores no son evidentes. Si un distribuidor se limita a un único proveedor de un producto de consumo comercializado, el trato exclusivo disminuye las opciones de los clientes. [28] Aquellos clientes que no encuentren su marca favorita en stock en un minorista deben elegir una marca diferente o un minorista diferente ante la disponibilidad restringida de la marca. Es cierto que reducir la selección de opciones es perjudicial para el bienestar de los clientes, pero también es posible que esta forma de exclusión sea posible. [5]
Ha habido dos investigaciones para demostrar la existencia de tratos exclusivos inducidos por el comprador: Gabrielsen y Sørgard (1999) [29] , así como Klein y Murphy (2008) [30] . Investigar tratos exclusivos inducidos por el comprador con un fabricante monopolista y dos proveedores de un bien distinto. En el modelo, Gabrielsen y Sørgard (1999) sugieren que el minorista elige, ex ante, si solicita a sus proveedores ofertas de entrega exclusivas o no exclusivas. Las tarifas mayoristas están, en cualquier caso, dictadas por el modelo de competencia de Bertrand entre proveedores. A continuación, el minorista aumenta las tarifas de venta para la reventa a los compradores en una estrategia de doble marginación. El minorista puede optar por un acuerdo comercial exclusivo con uno de los fabricantes, en función de la demanda de las marcas por parte de los clientes [29] y Klein y Murphy (2008). [30]
El modelo de Klein y Murphy (2008) [30] sugiere que "el minorista tiene el control del comprador en el mercado ascendente pero se enfrenta a la competencia descendente en un modelo de un minorista y dos proveedores con un producto diferenciado". Los competidores persuaden a la empresa para que cobre tarifas minoristas que apenas cubren los costos operativos. El modelo también supone que el minorista distribuye productos de una sola marca. El modelo también indica que no hay ningún incentivo para que el minorista intente o persiga la distribución de productos de más de un fabricante, ya que el minorista llevará a cabo una subasta de adquisición para determinar el producto que distribuirá. Esta situación lleva a la utilización de la competencia de Bertrand para reducir los precios mayoristas y los costos de los fabricantes. [30]