Convenio de la Organización Internacional del Trabajo
El Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982, es un Convenio de la Organización Internacional del Trabajo . Su finalidad es coordinar los niveles mínimos de seguridad laboral en las leyes de los Estados miembros de la OIT.
Contenido
- Art. 2, establece el alcance y dice que podrán excluirse los trabajadores a corto plazo, en período de prueba o eventuales.
- El artículo 3 define la terminación como la que se produce por iniciativa del empleador.
- Art. 4, dice que el empleador debe tener una causa válida para la terminación basada "en la capacidad o conducta del trabajador o en las necesidades operativas de la empresa, establecimiento o servicio"
- El artículo 5 prohíbe que la afiliación a un sindicato, la representación, la pretensión de hacer valer un derecho laboral o cualquier motivo de discriminación constituyan motivos válidos.
- Art. 6, la ausencia temporal o enfermedad no es motivo
- El artículo 7 exige un procedimiento mínimo para cualquier despido disciplinario en el que el trabajador tenga la posibilidad de defenderse.
- Los artículos 8 a 10 exigen un procedimiento mediante el cual un trabajador pueda apelar contra una terminación ante una autoridad imparcial.
- El artículo 11 exige un plazo razonable de preaviso antes de la terminación.
- Art. 12, exige indemnización por despido o indemnización por despido para la protección de los ingresos
- Art. 13, exige la consulta a los representantes de los trabajadores antes de los despidos colectivos
Ratificaciones
Hasta 2022, 36 Estados han ratificado la convención. Uno de ellos, Brasil , ha denunciado posteriormente el tratado.
Véase también
Enlaces externos