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Tercer Tratado de Buffalo Creek

El Tercer Tratado de Buffalo Creek o Tratado con los Séneca de 1842 firmado por Estados Unidos y la Nación Séneca modificó el Segundo Tratado de Buffalo Creek . [1] Esto reflejaba que la Compañía Ogden había comprado sólo dos de las cuatro reservas Seneca, las reservas Buffalo Creek y Tonawanda, que los Senecas habían acordado vender en el Segundo Tratado; de esta manera restauró los títulos nativos sobre las reservas de Allegany, Cattaraugus y Oil Springs.

Una declaración en el artículo noveno del tratado prohíbe la evaluación del impuesto a la propiedad sobre tierras nativas hasta que sean vendidas a propietarios no nativos. Dicho artículo dice:

Las partes de este pacto acuerdan mutuamente solicitar la influencia del Gobierno de los Estados Unidos para proteger las tierras de los indios Séneca, dentro del Estado de Nueva York, que de vez en cuando permanezcan en su posesión de todos los impuestos. y tasaciones para caminos, caminos o cualquier otro fin hasta que dichas tierras sean vendidas y traspasadas por dichos indios, y la posesión de las mismas haya sido renunciada por ellos.

De este tratado se han obtenido dos resultados. La primera es que la nación Séneca se ha negado a vender tierras a no indios dentro de su territorio. Un efecto secundario de esto es que la ciudad de Salamanca , que se encuentra principalmente en la Reserva Allegany pero ocupada por un gran número de residentes no nativos, opera con un sistema de arrendamiento en el que cualquier propietario no nativo debe firmar un contrato de arrendamiento con el nación reconociendo la propiedad de la tierra por parte de la tribu y, desde la década de 1990, también cualquier mejora construida en esa tierra. La segunda es que Seneca Nation afirma que esta cláusula del tratado no se limita a los impuestos sobre la tierra (impuestos a la propiedad), sino a todos y cada uno de los impuestos, incluidos los impuestos especiales y los impuestos sobre las ventas , de cualquier actividad en las reservas; esta interpretación forma la base de la industria de tiendas de conveniencia de los Senecas , que tiene una ventaja de precio incorporada sobre los competidores no nativos debido a la afirmación de la tribu de que no tienen que pagar impuestos especiales. (Los Senecas no extienden estas ventajas a empresas o residentes no nativos; cualquier espacio de arrendamiento no nativo en la reserva aún debe pagar impuestos especiales, impuestos sobre las ventas y sobre la propiedad a las autoridades estatales, del condado, de la ciudad y de la escuela).

Notas

  1. ^ "Tratado con Séneca de 1842", Biblioteca del Estado de Oklahoma, consultado el 22 de marzo de 2010.

Referencias

Ver también

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