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Sistema de La Haya de la OMPI

El Sistema de La Haya de la OMPI ofrece un mecanismo internacional para obtener y gestionar simultáneamente derechos sobre diseños en varios países y regiones [1] mediante una única solicitud presentada directamente ante la OMPI [2] . El registro internacional resultante proporciona a los propietarios de diseños el equivalente a un conjunto de registros nacionales o regionales. La gestión posterior de ese registro internacional (incluidas las modificaciones, actualizaciones y renovaciones) es un procedimiento de un solo paso a través de la OMPI [3] .

Cobertura geográfica

El Sistema de La Haya está integrado por 77 Partes Contratantes, que abarcan más de 90 países, incluidos todos los países de la Unión Europea (UE) y la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI). Los usuarios del Sistema de La Haya pueden designar tantas o tan pocas de estas Partes Contratantes como deseen al presentar una solicitud internacional.

De acuerdo con las normas establecidas en el Arreglo de La Haya , [4] cualquier persona que sea nacional de – o que tenga domicilio, residencia habitual o establecimiento industrial o comercial real y efectivo en – cualquiera de las partes contratantes del Sistema de La Haya (incluido cualquier país de la UE o de la OAPI) puede utilizar el Sistema de La Haya. [5] No existe ningún requisito previo para presentar una solicitud de diseño nacional o regional. [3]

Historia

Los orígenes del Sistema de La Haya se remontan a 1925, cuando se adoptó el Arreglo de La Haya relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales . El Arreglo de La Haya fue revisado en 1934 (Acta de Londres) y nuevamente en 1960 (Acta de La Haya). Un Acta Adicional firmada en Mónaco en 1961 y un Acta Complementaria firmada en Estocolmo en 1967 (nuevamente enmendada en 1979) complementan el Arreglo de La Haya.

El Acta de Londres (1934), que quedó congelada el 1 de enero de 2010, finalizó el 18 de octubre de 2016. Ya no es posible presentar solicitudes internacionales en virtud de esta Ley. Sin embargo, actualmente sigue siendo posible renovar o modificar un registro internacional registrado en virtud de esta Ley, hasta la fecha de duración máxima de la protección prevista: quince años. Toda actividad en virtud del Acta de Londres (1934) finalizará a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

La última Acta del Arreglo de La Haya es el Acta de Ginebra (1999), firmada el 2 de julio de 1999, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2003. Tanto el Acta de Ginebra (1999) como el Acta de La Haya (1960), dos actos independientes del Arreglo de La Haya, están en vigor. Las operaciones se llevan a cabo casi en su totalidad en virtud del Acta de Ginebra (1999).

El Acta de Ginebra está abierta a todos los Estados miembros de la OMPI y a cualquier organización intergubernamental (OIG) que tenga:

El Acta de Ginebra:

Los Reglamentos Comunes y las Instrucciones Administrativas complementan las dos Actas del Arreglo de La Haya que están en vigor.

Utilización del Sistema de La Haya

Las solicitudes internacionales de registro de diseños se presentan directamente a través de la OMPI, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Arreglo de La Haya. El marco jurídico nacional de cada parte contratante designada rige la protección de los diseños que brindan los registros internacionales resultantes.

Procedimiento del Sistema de La Haya

Presentación de una solicitud internacional

A través del Sistema de La Haya, los solicitantes presentan una solicitud internacional directamente ante la OMPI, en un solo idioma y pagando en una sola moneda (francos suizos). Pueden designar tantas o tan pocas partes contratantes del Sistema de La Haya como deseen, en función de sus mercados de destino.

Una solicitud internacional puede incluir hasta 100 diseños diferentes, siempre que pertenezcan a la misma clase de la Clasificación de Locarno, la clasificación internacional utilizada para el registro de diseños. [6] Una solicitud internacional debe contener al menos una reproducción (dibujo, fotografía u otra representación gráfica) de cada diseño incluido. Se debe designar al menos una parte contratante.

Los solicitantes pueden presentar una solicitud internacional en línea a través de eHague, el portal en línea del Sistema de La Haya para la protección internacional de diseños. Las solicitudes deben presentarse en inglés, francés o español, los idiomas oficiales del Sistema de La Haya. [7]

Los solicitantes pueden programar la publicación de sus diseños para que se ajuste a su estrategia comercial. La publicación estándar tiene lugar doce meses después de la fecha de registro internacional (normalmente la fecha de presentación, es decir, la fecha en que la OMPI recibió la solicitud). [3] Alternativamente, se puede solicitar la publicación inmediata o la publicación en un momento elegido dentro de los 30 meses a partir de la fecha de presentación (o la fecha de prioridad más temprana), según las leyes nacionales de las partes contratantes designadas. [8]

Examen de formalidad por la OMPI

La OMPI verifica cada solicitud internacional para asegurarse de que cumple con los requisitos formales [9] (información necesaria para el solicitante/representante, calidad de las reproducciones, pago de tasas, etc.). [10]

Boletín Internacional de Diseños

El Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales, que se publica semanalmente, es la publicación oficial del Sistema de La Haya sobre los registros internacionales y contiene todos los datos y reproducciones de los dibujos y modelos incluidos en esos registros. También proporciona detalles sobre las renovaciones y las decisiones y cambios relativos a esos registros. Es la referencia oficial de datos para los titulares de registros internacionales, las oficinas de propiedad intelectual de las partes contratantes designadas y el público en general. [12]

Examen sustantivo

Una vez que la OMPI haya publicado el registro internacional en el Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales, la oficina de PI de cada parte contratante designada podrá realizar un examen sustantivo, verificando, por ejemplo, la novedad del o los diseños.

Cada Parte Contratante tiene derecho a denegar los efectos del registro internacional en su propio territorio, si éste no cumple los requisitos sustantivos de su propia legislación nacional. Las denegaciones no pueden basarse en requisitos de forma. La denegación de una Parte Contratante se limita a su propio territorio y no afecta al registro internacional en otras jurisdicciones designadas . [13]

Toda denegación debe notificarse a la OMPI en un plazo de seis (o doce) meses a partir de la fecha de publicación en el Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales. La OMPI informa al titular del registro, quien puede entonces adoptar medidas correctivas. Los titulares deben impugnar las denegaciones en el plano nacional, de conformidad con los procedimientos establecidos por la oficina de PI en cuestión. [14]

En ausencia de una denegación, la protección se considera concedida en una jurisdicción determinada, de conformidad con sus leyes nacionales. Algunas oficinas de propiedad intelectual, aunque no están obligadas a hacerlo, emiten una Declaración de concesión de protección tras la finalización del examen sustantivo. Cuando un titular impugna con éxito una denegación, la oficina de propiedad intelectual de la parte contratante en cuestión debe retirar la denegación o emitir una Declaración de concesión de protección.

Gestión de registros internacionales

Los titulares pueden realizar cambios en sus registros internacionales, como actualizar los datos de contacto, realizar cambios en la titularidad, designar representantes, solicitar la renuncia o limitación. Los registros internacionales se gestionan de forma centralizada a través de la OMPI, lo que significa que los cambios se aplican automáticamente a todas las partes contratantes designadas, excepto en el caso de limitación o renuncia. [15]

Los titulares realizan todos los cambios utilizando los formularios oficiales del Sistema de La Haya. La OMPI registra las modificaciones en el Registro Internacional y las publica en el Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales. [15]

Renovación de registros internacionales

El período inicial de protección previsto en el Sistema de La Haya es de cinco años. Es posible renovar un registro internacional dos veces. Si la legislación de una parte contratante permite una duración de protección más larga, esto también se aplica a los registros internacionales. [16] [17]

Los titulares pueden renovar sus registros en línea directamente a través de la plataforma eHague de la OMPI para tantos diseños incluidos y en tantas partes contratantes designadas como deseen. [18]

Estadística

Datos de 2021

Los datos estadísticos publicados en 2022 muestran que el número de diseños contenidos en solicitudes internacionales creció un 20,8% en 2021 hasta alcanzar los 22.480 diseños, el crecimiento más rápido desde 2010. Por quinto año consecutivo, Samsung Electronics (República de Corea) encabezó la lista de los principales solicitantes. [19]

Datos de 2020

Los datos estadísticos publicados en 2021 revelan que, con 5.792 solicitudes internacionales presentadas en 2020, el Sistema de La Haya mostró cierta resiliencia en 2021 frente al COVID-19: solo un 1,7% menos de solicitudes en comparación con el año anterior. [20]

La OMPI registró 6.795 registros internacionales en 2020, lo que representa un aumento del 34,8% respecto a 2019.

En 2020, estaban vigentes unos 44.100 registros internacionales que brindaban protección a aproximadamente 172.200 diseños. [21]

Referencias

  1. ^ "Arreglo de La Haya relativo al Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales" (PDF) .
  2. ^ "La Haya – El sistema internacional de diseños". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  3. ^ abc "Servicios de La Haya: presentación de solicitudes y renovación de registros". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  4. ^ "Reglamento Común de la Ley de 1999 y del Acta de 1960 del Arreglo de La Haya" (PDF) .
  5. ^ "WIPO Lex". wipolex.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  6. ^ "Clasificación de Locarno". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  7. ^ "eHague". hague.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  8. ^ "Perfiles de los miembros del Sistema de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  9. ^ "Orientaciones sobre la preparación y el suministro de reproducciones para evitar posibles denegaciones por falta de divulgación de un diseño industrial por parte de las oficinas examinadoras" (PDF) . Junio ​​de 2020.
  10. ^ "Tasas y pagos – Sistema de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  11. ^ "Guía de La Haya para usuarios: Contenido de la solicitud internacional". www.wipo.int . Consultado el 31 de diciembre de 2021 .
  12. ^ ab "Sistema de La Haya: En foco – Boletín Internacional de Dibujos y Modelos". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  13. ^ "Guía de La Haya para usuarios: Denegación de protección". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  14. ^ "Perfiles de los miembros del Sistema de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  15. ^ ab "Servicios del Sistema de La Haya – Gestión de registros internacionales". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  16. ^ "Sistema de La Haya: Declaraciones de las Partes Contratantes". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  17. ^ "Publicaciones: Revista anual de La Haya". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  18. ^ "eHague". hague.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  19. ^ "Sistema de La Haya: se publican nuevos datos estadísticos para 2021". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  20. ^ "Centro de datos estadísticos sobre propiedad intelectual de la OMPI". www3.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .
  21. ^ "Gráficos interactivos: datos y cifras sobre propiedad intelectual". www.wipo.int . Consultado el 2 de enero de 2022 .