La Ley de Delincuentes Sexuales de 1997 (c.51) fue una ley del Parlamento del Reino Unido que sometió a diversos delincuentes sexuales (definidos como cualquier persona que haya sido condenada por delitos sexuales) a requisitos de notificación, implementando así un registro de delincuentes sexuales. También otorgó a los tribunales del Reino Unido jurisdicción extraterritorial sobre una variedad de delitos sexuales.
El Reglamento sobre requisitos de notificación a delincuentes sexuales (viajes al extranjero) (Escocia) de 2001 (SI 2001/188) se creó en virtud de esta sección.
La Orden sobre Delincuentes Sexuales (Certificado de Advertencia) de 1997 (SI 1997/1921)] se dictó en virtud del artículo 5(4).
Esta sección modificó la Ley de Consolidación del Derecho Penal (Escocia) de 1995 al insertar la sección 16B, que contiene disposiciones sobre jurisdicción extraterritorial . La sección 142(5) de la Ley de Delitos Sexuales de 2003 dispone que la sección 16B sigue teniendo efecto a pesar de la derogación de esta sección por esa ley.
Esta sección disponía que la Parte I de la Ley podía extenderse a las Islas del Canal y a la Isla de Man mediante Orden del Consejo , con las excepciones y modificaciones que se especificaran en la Orden. Sin embargo, no se dictó ninguna Orden en virtud de esta sección.
La Orden de 1997 sobre la entrada en vigor de la Ley de Delincuentes Sexuales (SI 1997/1920) (c.78) se dictó en virtud del inciso (2) de esta sección.
La Orden de 2001 sobre la Ley de Delincuentes Sexuales de 1997 (Irlanda del Norte) (SI 2001/853) se dictó en virtud del apartado (3A) de esta sección.
Las disposiciones de esta Ley fueron sustituidas por la Parte II de la Ley de Delitos Sexuales de 2003 .