El Senado es la cámara alta del Parlamento de Antigua y Barbuda . El Senado y la cámara baja, la Cámara de Representantes, forman juntos la legislatura bicameral de Antigua y Barbuda . El Senado y la Cámara juntos pueden dictar leyes para "la paz, el orden y el buen gobierno de Antigua y Barbuda". [1] Cualquier proyecto de ley que no sea un proyecto de ley sobre dinero puede presentarse en el Senado. [1]
La composición y atribuciones del Senado se establecen en los artículos 28 a 35 de la Constitución . El Senado está compuesto por diecisiete miembros nombrados por el Gobernador general . [2] Diez miembros son nombrados por consejo del Primer Ministro , cuatro por consejo del Líder de la Oposición , uno por consejo del Consejo de Barbuda , un residente de Barbuda por consejo del Primer Ministro y uno en discreción del Gobernador General.
El actual Presidente del Senado es el Senador Excmo. Alincia Williams-Grant , con el Senador el Excmo. Osbert Richard Frederick como vicepresidente. [3][update]
Sujeto a lo dispuesto en el Artículo 30 de la Constitución, toda persona que al momento de su nombramiento: sea ciudadano; tiene veintiún años de edad o más; ha vivido en Antigua y Barbuda durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de su nombramiento; y es capaz de hablar y, a menos que esté discapacitado por ceguera u otra condición física, leer el idioma inglés con suficiente dominio como para permitirle tomar parte activa en los procedimientos. [1]
Todo Senador debe dimitir del Senado en las siguientes situaciones: en la siguiente disolución del Parlamento después de su nombramiento; si es nominado con su consentimiento para postularse para la Cámara de Representantes; si pierde la ciudadanía; si se ausenta de las sesiones del Senado durante el período o períodos y en las condiciones que determine el reglamento del Senado; si surge alguna circunstancia que, si no fuera Senador, lo haría inelegible para ser nombrado como tal bajo el inciso (1) del artículo 30 de la Constitución o bajo cualquier ley aprobada de conformidad con el inciso (2) de ese artículo, sujeto a las disposiciones del inciso (2) del artículo 31; si el Gobernador General, actuando de conformidad con el consejo del Primer Ministro en el caso de un Senador designado conforme a ese consejo, el Líder de la Oposición en el caso de un Senador designado conforme a ese consejo, el Consejo de Barbuda en el en el caso de un Senador designado de conformidad con ese asesoramiento, o a su discreción en el caso de un Senador designado por él a su discreción; o si después de haber sido nombrado de conformidad con el artículo 28 (6) de la Constitución, ya no reside en Barbuda. [1]
El Gobernador General podrá designar a una persona calificada para el nombramiento de Senador para que sea miembro temporal del Senado durante dicha ausencia, suspensión o enfermedad siempre que un Senador no pueda desempeñar sus funciones como Senador debido a su ausencia de Antigua y Barbuda, suspensión en virtud del artículo 31 (2) de la Constitución, o por enfermedad. Las disposiciones del Artículo 31 de la Constitución se aplicarán a un Senador designado conforme a este Artículo de la misma manera que se aplican a un Senador designado conforme al Artículo 28 de la Constitución, y un nombramiento realizado conforme a este Artículo dejará en cualquier caso de tener efecto. si el Gobernador General notifica a la persona designada que las circunstancias que dieron lugar a su nombramiento han dejado de existir. [1]
Los siguientes son los miembros actuales del Senado. [4]
Este artículo incorpora material de dominio público de documentos del Gobierno de Antigua y Barbuda .
17°07′04″N 61°50′00″W / 17.1179°N 61.8334°W / 17.1179; -61.8334