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Senado de la República Dominicana

El Senado de la República Dominicana ( en español : Senado de la República Dominicana ) es la cámara alta de la legislatura bicameral de la República Dominicana , y junto con la Cámara de Diputados conforma el Congreso .

La composición y competencias del Senado están establecidas en el Título Tercero, Capítulo 1 de la Sección Primera de la Constitución Dominicana . Cada provincia y el Distrito Nacional , independientemente de su población, están representados por un senador que ejerce su cargo por un período de cuatro años, con posibilidad de reelección. La Cámara del Senado está ubicada en el ala oeste del Palacio del Congreso, en Santo Domingo . La Cámara de Diputados se reúne en el ala este del mismo edificio.

El Senado tiene varios poderes de asesoramiento y consentimiento que no se otorgan a la Cámara de Diputados, incluyendo el consentimiento a tratados , préstamos y contratos como condición previa a su ratificación y el consentimiento o confirmación de nombramientos de los miembros de la Cámara de Cuentas, la Junta Electoral Central y los embajadores. El Senado es ampliamente considerado como un órgano más deliberativo y más prestigioso que la Cámara de Diputados. Debido a su menor tamaño y a sus distritos electorales estatales, el Senado ha tenido históricamente un ambiente más colegiado y menos partidista .

Afiliación

Cualificaciones

La Constitución de la República Dominicana establece que para ser senador se requiere ser dominicano en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, haber cumplido veinticinco años de edad y ser natural de la demarcación territorial que elija o haber residido en ella por lo menos durante cinco años consecutivos. En consecuencia:

Elección y términos

Los miembros del Senado en República Dominicana son elegidos por el método D'Hondt en relación con los diputados. Los períodos para ejercer como senador son ilimitados, un período corresponde a cuatro años.

Juramento

El reglamento interno del Senado exige que los senadores presten un juramento o declaración de apoyo a la Constitución. El Congreso ha prescrito el siguiente juramento para todos los senadores:

El juramento que se debe prestar es:

"JURO POR DIOS, LA PATRIA Y MI HONOR, RESPETAR LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES Y CUMPLIR CON DIGNIDAD Y FIELMENTE LOS DEMÁS DEBERES DE MI CARGO",

Lo cual se responderá de la siguiente manera:

"SI ASI LO HAGO, DIOS Y EL PUEBLO QUE ME RECOMPENSARAN, SI NO LO EXIJO."

Partidos mayoritarios y minoritarios

El "partido mayoritario" es el partido político que tiene la mayoría de los escaños o puede formar una coalición o grupo parlamentario con la mayoría de los escaños; si dos o más partidos están empatados, la afiliación del vicepresidente determina qué partido es el partido mayoritario. El siguiente partido más grande se conoce como el partido minoritario.

Asientos

El partido mayoritario o el partido con más senadores tradicionalmente se sienta a la derecha del presidente, y el partido minoritario o el partido con menos senadores tradicionalmente se sienta a la izquierda del presidente, independientemente de qué partido tenga la mayoría de escaños.

Funciones y poderes

Son atribuciones exclusivas del Senado:

  1. Conocer las denuncias que haga la Cámara de Diputados contra los funcionarios y servidores públicos. La denuncia deja al indigente de su cargo, y no podrá desempeñar función pública alguna, sea o no de elección popular, por un período de diez años. El indigente estará sujeto, en su caso, a ser acusado y juzgado por los tribunales ordinarios, con arreglo a la ley. Esta decisión se tomará por el voto de las dos terceras partes del padrón;
  2. Aprobar o improbar el nombramiento de embajadores y jefes de misiones permanentes acreditadas en el exterior para someterlo al Presidente de la República;
  3. Elegir a los miembros de la Cámara de Cuentas de las listas presentadas por la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes;
  4. Elegir a los miembros de la Junta Central Electoral y sus suplentes, con el voto de las dos terceras partes de los presentes;
  5. Elegir al Defensor del Pueblo, a sus adjuntos y a sus delegados de las ternas para someterlos a la consideración de la Cámara de Representantes, mediante el voto de las dos terceras partes de los presentes;
  6. Autorizar, a solicitud del Presidente de la República, a falta de acuerdo permitido, la presencia de tropas extranjeras en ejercicios militares en el territorio de la República, así como determinar el tiempo y condiciones de su permanencia;
  7. Aprobar o desaprobar el envío de tropas al exterior en misiones de mantenimiento de la paz autorizadas por organismos internacionales, fijando las condiciones y la duración de la misión.

Composición actual (2024-2028)

Senadores elegidos en las elecciones del 19 de mayo de 2024.

Composición (2020-2024)

Senadores electos en las elecciones de julio de 2020. Esta lista contiene los cambios que se produjeron después de la elección hasta el 1 de mayo de 2021. [2]

Composición (2016-2020)

Senadores elegidos en las elecciones de mayo de 2016.

Fortalezas de los partidos en el Senado

La siguiente tabla muestra la composición del Senado al inicio de los períodos legislativos más recientes.

1 En 2010, el mandato parlamentario se amplió a seis años para que las elecciones pudieran volver a celebrarse junto con las presidenciales. El mandato presidencial se había acortado a dos años en 1994, tras la polémica elección de Joaquín Balaguer contra José Francisco Peña Gómez , tras lo cual las elecciones presidenciales y parlamentarias pasaron a celebrarse por separado, cada una de ellas cada dos años. [3]
2 Luego del padrón electoral, los senadores Bautista Rojas (Hermanas Mirabal), David Sosa (Dajabón) y Virgilio Cedano (La Altagracia) pasaron del PRSC al FP; El senador Antonio Marte (Santiago Rodríguez), aunque no trasladado del PRSC, también se cuenta como parte del FP; el PRSC tiene ahora sólo 2 escaños (Carlos Gómez, Espaillat y Ramón Genao, La Vega). [4]
3 Luego de las elecciones, los senadores Dionis Sánchez (Pedernales), Félix Bautista (San Juan) [5] y Franklin Peña (San Pedro de Macorís) [6] pasaron del PLD al FP; el PLD ahora tiene sólo 3 escaños; el FP, tomando en cuenta también las transferencias del PRSC y el BIS y Antonio Marte (Santiago Rodríguez), ahora tiene 9 escaños.
Tras el traslado del senador José Castillo (San José de Ocoa) del BIS al FP, el BIS ya no tiene ningún escaño.
5 En 2001 y 2002, respectivamente, se crearon las provincias de Santo Domingo (por secesión del Distrito Nacional ) y San José de Ocoa (por secesión de la provincia de Peravia ), elevando el número de senadores a 32.

Véase también

Referencias

  1. ^ Checo, José Chez; Sang, Mu-Kien Adriana. «Historia de la Cámara de Diputados - TOMO I. 1844-1978» (PDF) . www.camaradediputados.gob.do .
  2. ^ "Senadores". Sitio web del Senado . 7 de agosto de 2020.
  3. ^ Melissa Marcelino (15 de agosto de 2011). "Sistema electoral y sistema de partidos en República Dominicana 1978-2008". Observatorio Político Dominicano .
  4. Josefina Medina (3 de noviembre de 2020). "Éxodo al partido prometido: Salen del PLD y se van a la Fuerza del Pueblo". Hoy .
  5. Abel Guzmán Entonces (16 de agosto de 2020). "Félix Bautista y Dionis Sánchez se fueron a la Fuerza del Pueblo". Listín Diario .
  6. Josefina Medina (16 de noviembre de 2020). "Continúa éxodo del PLD a Fuerza del Pueblo; Aguacates cuidaban empleos y estabilidad familiar". Hoy .

Enlaces externos