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Resolución 3520 (XXX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas

La Resolución 30/3520 (XXX.) de la Asamblea General de las Naciones Unidas fue una resolución adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1975. La resolución adoptó el Plan de Acción Mundial y resoluciones relacionadas de la Conferencia Mundial sobre la Mujer del Año Internacional de la Mujer que se celebró en la Ciudad de México a principios de año.

Texto

La Asamblea General ,

Recordando su resolución 3010 (XXVII) , de 18 de diciembre de 1972, en la que proclamó el año 1975 Año Internacional de la Mujer,

Recordando también las resoluciones 1849 (LVI) y 1851 (LVI) del Consejo Económico y Social, de 16 de mayo de 1974, sobre la convocatoria de una conferencia internacional durante el Año Internacional de la Mujer como punto central de la celebración internacional del Año,

Recordando además sus resoluciones 3276 (XXIX) y 3277 (XXIX), de 10 de diciembre de 1974, así como la resolución 1959 (LIX) del Consejo Económico y Social, de 28 de julio de 1975, relativas a la Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer,

Recordando la importancia de la participación de la mujer en la aplicación de las decisiones de la Asamblea General en sus períodos extraordinarios de sesiones sexto y séptimo, así como en la ejecución del Programa de Acción sobre el establecimiento de un nuevo orden económico internacional,

Habiendo examinado el informe de la Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer, celebrada en México, D.F., del 19 de junio al 2 de julio de 1975,

Habiendo examinado también la nota del Secretario General sobre la creación de un instituto internacional de investigaciones y capacitación para el adelanto de la mujer,

Convencida de que la Conferencia, mediante la aprobación de la Declaración de México sobre la igualdad de la mujer y su contribución al desarrollo y a la paz, 1975, el Plan de Acción Mundial para la aplicación de los objetivos del Año Internacional de la Mujer y resoluciones conexas, ha hecho una contribución valiosa y constructiva al logro de los tres objetivos del Año, a saber, promover la igualdad entre hombres y mujeres, asegurar la plena integración de la mujer en el esfuerzo total de desarrollo y promover la contribución de la mujer al desarrollo de las relaciones de amistad y la cooperación entre los Estados y al fortalecimiento de la paz mundial,

Considerando las valiosas y constructivas contribuciones a la realización de los tres objetivos del Año Internacional de la Mujer aportadas por las conferencias y seminarios celebrados durante el Año,

Convencida también de que la promoción de los objetivos de desarrollo y la solución de los problemas económicos y sociales cruciales de alcance mundial deben contribuir significativamente a mejorar la situación de la mujer, en particular la de las mujeres de las zonas rurales y de los grupos de bajos ingresos,

Convencida además de que las mujeres deben desempeñar un papel importante en la promoción, el logro y el mantenimiento de la paz internacional,

Considerando que las decisiones y recomendaciones de la Conferencia deben traducirse sin demora en acciones concretas por parte de los Estados, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales,

Recordando que la Conferencia destacó el importante papel que desempeñan las comisiones regionales en la aplicación del Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia,

Convencida de que los exámenes y evaluaciones periódicos y amplios de los progresos realizados en el cumplimiento de los objetivos del Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas aprobadas por la Conferencia son de importancia crucial (para su aplicación efectiva) y deberían ser realizados a intervalos regulares por los gobiernos y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas dentro de un plazo convenido,

Tomando nota de que la Conferencia recomendó que se mantuviera en funcionamiento la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer o algún otro órgano representativo, dentro de la estructura de las Naciones Unidas, concebido específicamente para tratar cuestiones relacionadas con la condición de la mujer, a fin de asegurar la ejecución de los proyectos en curso destinados a llevar a cabo los programas establecidos en el Plan de Acción Mundial,

1. Toma nota del informe de la Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer, incluida la Declaración de México sobre la igualdad de la mujer y su contribución al desarrollo y a la paz, 1975, el Plan de Acción Mundial para la consecución de los objetivos del Año Internacional de la Mujer, los planes de acción regionales y las resoluciones y otras recomendaciones aprobadas por la Conferencia, y hace suyas las propuestas de acción contenidas en esos documentos;

2. Proclama que el período comprendido entre 1976 y 1985 será el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, y que se dedicará a la adopción de medidas nacionales, regionales e internacionales eficaces y sostenidas para aplicar el Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia;

3. Exhorta a los gobiernos a que, con carácter urgente, examinen las recomendaciones contenidas en el Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia, incluidas las medidas que deben adoptarse a nivel nacional, como las siguientes:

a) El establecimiento de metas y prioridades a corto, mediano y largo plazo con ese fin, teniendo en cuenta las directrices enunciadas en las secciones I y II del Plan de Acción Mundial, incluidos los objetivos mínimos que se recomienda alcanzar para 1980;
b) La adopción de estrategias, planes y programas nacionales para la aplicación de las recomendaciones en el marco de los planes, políticas y programas generales de desarrollo;
c) La realización de exámenes y evaluaciones periódicos de los progresos realizados a nivel nacional y local en el logro de las metas y objetivos del Plan de Acción Mundial en el marco de los planes, políticas y programas generales de desarrollo;

4. Pide al Secretario General que transmita a los órganos pertinentes de las Naciones Unidas y a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas las decisiones y recomendaciones de la Conferencia;

5. Invita a todas las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas interesadas a:

a) Presentar, en el marco del Comité Administrativo de Coordinación, al Consejo Económico y Social en su 62º período de sesiones sus propuestas y sugerencias para la aplicación del Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia durante el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz;
b) Elaborar y ejecutar, durante la primera mitad del Decenio, bajo los auspicios del Comité Administrativo de Coordinación, un programa interinstitucional conjunto de mediano plazo para la integración de la mujer en el desarrollo, que debería coordinar e integrar las actividades realizadas de conformidad con el apartado a) supra, haciendo especial hincapié en la cooperación técnica en programas relacionados con la mujer y el desarrollo;
c) Prestar, de conformidad con las solicitudes de los gobiernos, asistencia sostenida en la formulación, diseño, ejecución y evaluación de proyectos y programas que permitan a la mujer integrarse en el desarrollo nacional e internacional;

6. Exhorta a las comisiones regionales a que elaboren y apliquen, con carácter prioritario, estrategias eficaces para promover los objetivos del Plan de Acción Mundial en los planos regional y subregional, teniendo presentes sus respectivos planes de acción regionales;

7. Insta a todas las instituciones financieras y a todos los bancos de desarrollo internacionales, regionales y subregionales y a los organismos de financiación bilaterales a que, de conformidad con las solicitudes de los gobiernos, concedan alta prioridad en su asistencia para el desarrollo a los proyectos que promuevan la integración de la mujer en el proceso de desarrollo, en particular de la mujer en las zonas rurales, así como el logro de la igualdad entre mujeres y hombres, dando prioridad a los países con recursos financieros limitados;

8. Insta a las organizaciones no gubernamentales, en los planos nacional e internacional, a que adopten todas las medidas posibles para ayudar a la aplicación del Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia dentro de sus esferas particulares de interés y competencia;

9. Decide en principio, de conformidad con la resolución 26 aprobada por la Conferencia, establecer, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, un Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer, que se financiaría mediante contribuciones voluntarias y colaboraría con institutos nacionales, regionales e internacionales apropiados de investigación económica y social;

10. Invita, por consiguiente, al Secretario General a que designe, teniendo debidamente en cuenta el principio de la distribución geográfica equitativa, un Grupo de Expertos sobre el establecimiento de un instituto internacional de investigaciones y capacitación para la promoción de la mujer, integrado por cinco a diez expertos, encargado de elaborar, en consulta con los representantes de los centros y/o institutos regionales de investigación y capacitación existentes que tengan objetivos y metas similares, el mandato y la organización estructural del instituto, prestando especial atención a las necesidades de las mujeres de los países en desarrollo, y pide al Secretario General que informe al Consejo Económico y Social en su 60º período de sesiones sobre la base de las recomendaciones del Grupo de Expertos;

11. Afirma que se debería realizar cada dos años un examen y una evaluación a nivel de todo el sistema del Plan de Acción Mundial, y que esos exámenes y evaluaciones deberían constituir una aportación al proceso de examen y evaluación de los progresos realizados en el marco de la Estrategia Internacional del Desarrollo para el Segundo Decenio de las Naciones Unidas para el Desarrollo, teniendo en cuenta el Programa de Acción sobre el establecimiento de un nuevo orden económico internacional y las decisiones resultantes de los períodos extraordinarios de sesiones sexto y séptimo de la Asamblea General;

12. Afirma que la Asamblea General y otros órganos pertinentes también deberían examinar cada dos años los progresos logrados en la promoción de la plena igualdad entre la mujer y el hombre en todas las esferas de la vida, de conformidad con las normas internacionales, y, en particular, la participación de la mujer en la vida política y en la cooperación internacional y el fortalecimiento de la paz internacional;

13. Expresa la esperanza de que el Comité Especial sobre la reestructuración de los sectores económico y social del sistema de las Naciones Unidas, que examinará el informe del Grupo de Expertos sobre la Estructura del Sistema de las Naciones Unidas titulado Una nueva estructura de las Naciones Unidas para la cooperación económica mundial, tenga plenamente en cuenta la necesidad de aplicar el Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia, así como las exigencias del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, y hace un llamamiento al Comité Especial para que vele por que se fortalezca el mecanismo concebido para tratar las cuestiones relativas a la mujer, teniendo en cuenta, en particular, el papel de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y los procedimientos establecidos para el examen y la evaluación a nivel de todo el sistema del Plan de Acción Mundial;

14. Decide incluir en el programa provisional de su trigésimo primer período de sesiones un tema titulado "Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz";

15. Invita al Secretario General a que le presente, en su trigésimo primer período de sesiones, un informe sobre la marcha de las medidas adoptadas para aplicar el Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia, y sobre los progresos logrados en la iniciación de los procedimientos para el examen y la evaluación del Plan por los Estados Miembros, los órganos de las Naciones Unidas, las comisiones regionales, los organismos especializados y otras organizaciones intergubernamentales interesadas;

16. Pide al Secretario General que garantice, de ser posible dentro de los recursos existentes, que la dependencia de la Secretaría encargada de las cuestiones relativas a la mujer disponga de personal y recursos presupuestarios adecuados para desempeñar sus funciones en virtud del Plan de Acción Mundial, en cooperación con todas las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas;

17. Pide además al Secretario General que, a la luz del párrafo 16 supra, tenga en cuenta las exigencias del Plan de Acción Mundial y las resoluciones conexas de la Conferencia al preparar las estimaciones revisadas para 1977 y el plan de mediano plazo para 1978-1981 y que informe al respecto a la Asamblea General en su trigésimo primer período de sesiones, de conformidad con los procedimientos establecidos;

18. Insta a todos los Estados, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, así como a los medios de comunicación de masas, a que den amplia publicidad a los logros y la importancia de la Conferencia en los planos nacional, regional e internacional;

19. Pide al Secretario General que, como cuestión de alta prioridad, publique, dentro de los límites de los recursos existentes, en los idiomas oficiales de las Naciones Unidas, una versión simplificada del Plan de Acción Mundial en forma de folleto, en el que se destaquen las metas, objetivos y principales recomendaciones para la acción de los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales y en el que se explique la pertinencia de la aplicación del Plan para la vida cotidiana de los hombres y las mujeres en todo el mundo;

20. Decide convocar en 1980, a mitad del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, una conferencia mundial de todos los Estados para examinar y evaluar los progresos realizados en la aplicación de los objetivos del Año Internacional de la Mujer recomendados por la Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer y, cuando sea necesario, reajustar los programas existentes a la luz de los nuevos datos e investigaciones disponibles.

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