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Resolución 298 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

En la resolución 298 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , aprobada el 25 de septiembre de 1971, tras recordar resoluciones anteriores sobre el tema, una carta del representante de Jordania , los informes del Secretario General y las declaraciones de las partes interesadas, el Consejo deploró que Israel no respetara las resoluciones anteriores relativas a las medidas y acciones de Israel para afectar el estatuto de Jerusalén .

El Consejo confirmó que todas las medidas legislativas y administrativas adoptadas por Israel para modificar el estatuto de Jerusalén con el fin de incorporar la sección ocupada son totalmente inválidas y no pueden modificar dicho estatuto. El Consejo instó a Israel a que derogara todas las medidas anteriores y no adoptara nuevas medidas para intentar modificar el estatuto de la ciudad y pidió al Secretario General que le presentara un informe en un plazo de 60 días sobre la aplicación de la resolución.

La resolución fue aprobada por 14 votos a favor y ninguno en contra, mientras que la República Árabe Siria se abstuvo. La Resolución 298 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas fue también la última resolución que afectaba a Israel en la que participó la República de China (Taiwán), y la República Popular China ocupó su lugar a continuación.

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Referencias

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