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Patrimonio residual

Un patrimonio residual , en la ley de testamentos , es cualquier porción del patrimonio del testador que no está específicamente legado a alguien en el testamento, o cualquier propiedad que sea parte de tal legado específico que falle. [1] También se conoce como patrimonio residual o simplemente residuo .

El testamento puede identificar al beneficiario del patrimonio residual mediante una cláusula residual o legado residual . La persona identificada en dicha cláusula se denomina beneficiario residual o legatario residual . Dicha cláusula puede indicar que, en caso de que todos los demás herederos mueran antes que el testador, el patrimonio pasaría a una organización benéfica (que, presumiblemente, habría seguido existiendo).

Sin embargo, si no existe tal cláusula, el patrimonio residual pasará a los herederos del testador por intestado .

En el derecho consuetudinario, si el patrimonio residual se dividía entre dos o más beneficiarios y uno de ellos no podía recibirlo, la parte que le hubiera correspondido a ese beneficiario pasaría en su lugar por sucesión intestada, según la doctrina de que no había un remanente de un remanente . Sin embargo, la regla moderna es que el fracaso de una donación residual a un beneficiario hace que la parte de ese beneficiario se divida entre los restantes receptores residuales.

Referencias

  1. ^ "Residuary Estate". Wex . Facultad de Derecho de Cornell . Consultado el 16 de diciembre de 2017 .