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Reclamación en quiebra

Una prueba de reclamo en quiebra , en la ley de quiebras de Estados Unidos , es un documento presentado ante el Tribunal con el fin de registrar un reclamo contra los activos de la masa de quiebra. La reclamación establece el monto que se le debe al acreedor a la fecha de la declaración de quiebra y, si corresponde, cualquier estado de prioridad. Aunque un documento llamado Reclamo en Bancarrota se utiliza en procedimientos tanto en Canadá como en los Estados Unidos, en los Estados Unidos el documento se denomina propiamente Prueba de Reclamo . La forma es diferente aunque comparten muchos aspectos similares.

Al recibir un reclamo, el Síndico en quiebra debe notificar al reclamante (o acreedor) si el patrimonio objetará el reclamo o si, como es el caso por defecto, permitirá el reclamo.

Algunas de las razones por las que se puede objetar el reclamo de un acreedor son las siguientes:

Si se objeta una reclamación, el tribunal de quiebras puede fijar una audiencia y, si es necesario, llevar a cabo un juicio, para resolver la disputa.

Por lo general, existe una fecha límite (denominada Fecha Límite ) para presentar reclamaciones que permite al fideicomisario determinar la distribución de los fondos obtenidos de la liquidación del patrimonio. Las reclamaciones se pagan primero a los acreedores administrativos, luego a los acreedores quirografarios prioritarios según su prioridad legal y, finalmente, a los acreedores quirografarios no prioritarios, pagándose todas las reclamaciones prorrateadas con los demás miembros de la clase.

Referencias

enlaces externos

Ver también