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Real Audiencia de Santo Domingo

La Real Audiencia de Santo Domingo fue el primer tribunal de la corona española en América. Fue creada por Fernando V de Castilla en su decreto de 1511, pero debido a desacuerdos entre el gobernador de La Española , Diego Colón y la Corona, no se implementó hasta que fue restablecida por Carlos V en su decreto del 14 de septiembre de 1526. Esta audiencia pasaría a formar parte del Virreinato de Nueva España al crearse este último dos décadas después. Sin embargo, el presidente de la audiencia era al mismo tiempo gobernador y capitán general de la Capitanía General de Santo Domingo , lo que le otorgaba amplios poderes administrativos y autonomía sobre las posesiones españolas del Caribe y la mayor parte de sus costas continentales . Esto combinado con la supervisión judicial que tenían los jueces de la audiencia sobre la región hizo que la Audiencia de Santo Domingo fuera la principal entidad política de esta región durante el período colonial .

Estructura

Ley II ("Que en la Ciudad de Santo Domingo en La Española residen la Real Audiencia y Cancillería, y de sus Ministros, Distrito y Jurisdicción") del Título XV ("De las Reales Audiencias y Cancillerías de Indias") del Libro II de la Recopilación de Leyes de las Indias de 1680—que recopila los decretos del 14 de septiembre de 1526; 4 de junio de 1527; 19 de abril de 1583; 30 de octubre de 1591 y 17 de febrero de 1620—describe los límites y funciones de la Audiencia . [1]

La Audiencia de Santo Domingo mantuvo la supervisión judicial de la provincia de Caracas , excepto por dos breves períodos de 1717 a 1723 y de 1739 a 1742, hasta el establecimiento de la Audiencia de Caracas en 1786. También supervisó las provincias de Maracaibo , Margarita , Cumaná ( Nueva Andalucía ), Guyana , Barinas y Trinidad (que habían sido transferidas a la Audiencia de Bogotá en 1739) de 1777 a 1786, mientras se ultimaban los planes para la nueva Real Audiencia de Caracas . El presidente de la Audiencia mantuvo la supervisión administrativa de Margarita, Cumaná y Caracas durante la mayor parte del período colonial.

Debido a que España cedió La Española a Francia en la Paz de Basilea de 1795, la Audiencia fue trasladada a Santa María del Puerto Príncipe (hoy Camagüey , Cuba ) por el real decreto del 17 de marzo de 1799. La nueva Audiencia fue constituida al año siguiente y denominada Real Audiencia de Puerto Príncipe. Esta Audiencia mantuvo jurisdicción sobre Cuba, Puerto Rico , Luisiana y Florida . En 1838 se creó la Real Audiencia de La Habana, conservando la de Puerto Príncipe jurisdicción sobre los departamentos Oriental y Central de Cuba, ya que España había perdido Florida y Luisiana. En 1831 se constituyó la Real Audiencia de Puerto Rico, pero fue disuelta en 1853.

Referencias

  1. España (1680). Recopilación de las Leyes de Indias. Título Quince. De las Audiencias y Chancillerías Reales de las Indias . Madrid. Facsímil en español del original.

Véase también