La Ley de Sexo Consentido entre Adultos (Proyecto de Ley 489 de la Asamblea) es una ley californiana que despenalizó el sexo homosexual privado y consentido . [1] Sus principales promotores fueron George Moscone , uno de los primeros defensores de los derechos de los homosexuales , y su amigo y aliado Willie Brown , que servía en la Asamblea de California en ese momento. El proyecto de ley fue aprobado en el Senado por una votación de 21 a 20 y en la Asamblea por una votación de 45 a 26. Fue firmado como ley por el gobernador Jerry Brown el 12 de mayo de 1975, y entró en vigor en enero de 1976. [2]
En 1970 se había presentado un proyecto de ley con el mismo efecto, pero no logró reunir suficiente apoyo para ser aprobado.
A finales del siglo XIX y principios del XX, la sodomía se consideraba un “crimen contra la naturaleza” debido a que esta forma de relación sexual anulaba cualquier posibilidad de procreación. [3] La sodomía se define como “el contacto sexual que tiene lugar entre el pene de una persona y el ano de otra”. [4] Estas leyes se ampliaron mediante la legislación estatal para incluir el sexo oral realizado a un hombre o una mujer. Luego se realizaron observaciones sobre las personas que cometieron el delito y la mayoría de los infractores realizaron tales actos con menores. A pesar de las mejoras en las leyes que protegían a los menores en casos de abuso sexual, la sodomía seguía siendo el cargo principal. [3]
El proyecto de ley despenaliza las relaciones sexuales no procreativas y protege a los menores que no pueden dar su consentimiento legal. Su texto dice: "Este proyecto de ley elimina las sanciones penales por la cohabitación adúltera; y elimina sanciones penales específicas por la sodomía y la cópula oral, excepto: (1) cuando la sodomía o la cópula oral se comete con un menor o por fuerza, violencia, coacción, amenaza o amenaza de gran daño corporal". [1]
El Código Penal de California 286 todavía castiga la sodomía en las siguientes circunstancias: [4]
Estas directrices se han establecido para que cualquier persona pueda ser acusada justificadamente de sodomía y/o violación ilegales. No discriminan a las personas en función de sus preferencias u orientación sexual. Las consecuencias de un acto ilegal de sodomía se definen en el Proyecto de Ley 489 de la Asamblea: "Este proyecto de ley aumenta la pena a no menos de tres años de prisión estatal en casos de sodomía por fuerza, violencia, coacción, amenaza o amenaza de gran daño corporal, y en casos en que la otra persona tenga 14 años de edad y 10 años menos que el acusado. Si la sodomía se produce con una persona menor de 18 años, la sodomía se castiga según el proyecto de ley como delito grave o menor con prisión en una prisión estatal durante no más de 15 años o en la cárcel del condado durante no más de un año". [1]