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Picard contra Barry Pontiac-Buick, Inc.

Picard contra Barry Pontiac-Buick, Inc. , 654 A.2d 690 (RI 1995) es un caso de la Corte Suprema de Rhode Island citado a menudo enlibros de texto sobre derecho de daños para explicar el concepto legal de agresión .

Picard no estaba contenta con la inspección de frenos de su mecánico y se puso en contacto con un reportero " solucionador de problemas " de las noticias de la televisión local. Cuando regresó para una nueva inspección, tomó una fotografía del mecánico inspeccionando los frenos de su auto. El mecánico se dio vuelta, se acercó a ella, la señaló con el dedo y le preguntó si le estaba tomando una foto. Tocó intencionalmente su cámara con el dedo. Picard afirmó que cuando dio vueltas se lastimó la espalda. [1]

El tribunal de primera instancia concedió a Picard 60.366 dólares en concepto de daños compensatorios y 6.350 dólares adicionales en concepto de daños punitivos. La Corte Suprema sostuvo que el mecánico cometió agresión porque provocó un toque ofensivo o inconsensual en el cuerpo de Picard, independientemente de la intención del mecánico de herir. También cuentan los elementos adheridos o identificados con el cuerpo del demandante, como la cámara. El tribunal también determinó que el mecánico cometió agresión . El tribunal anuló el laudo y ordenó un nuevo juicio por daños y perjuicios.

Referencias

  1. ^ "Capítulo 12". Profesor Zittrain, Facultad de Derecho de Harvard . Consultado el 5 de mayo de 2008 .

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