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Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional ( pronunciación en español: [awˈðjen.θja naθjoˈnal] ; inglés: Audiencia Nacional ) es un tribunal superior de España con jurisdicción sobre todo el territorio español. Está especializado en un cierto ámbito de delincuencia, teniendo jurisdicción original sobre delitos importantes como los cometidos contra la Corona y sus miembros , terrorismo , falsificación de moneda , tarjetas de crédito y débito y cheques, algunos delitos comerciales cometidos en más de una región y sobre el tráfico de drogas, los fraudes alimentarios y los fraudes médicos cometidos a nivel nacional, así como sobre los delitos internacionales que son competencia de los tribunales españoles. (LOPJ § 65). También tiene jurisdicción de apelación sobre los asuntos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (LOPJ § 64). [1]

La mayoría de las sentencias de la Audiencia Nacional pueden en última instancia ser recurridas ante el Tribunal Supremo . Su sede está en Madrid , en la calle García Gutiérrez, 1, situada frente al Tribunal Supremo en la plaza Villa de París.

La Audiencia Nacional fue creada en 1977 al mismo tiempo que dejaba de existir el Tribunal de Orden Público , un tribunal excepcional creado durante la dictadura de Francisco Franco .

Estructura

La Audiencia se compone de su Presidente, los Presidentes de Salas y los magistrados que la ley señala para cada uno de sus juzgados y salas.

La Audiencia incluye las siguientes salas: [1]

Tribunales relacionados

Incluso cuando no forman parte de la Audiencia Nacional, por estar en el mismo edificio, popularmente se considera que los Juzgados Centrales forman parte de ella. Estos juzgados tienen competencia en todo el territorio nacional. [1]

  1. Juzgados Centrales de lo Penal (LOPJ § 89 bis). Persiguen los mismos delitos que la Sala Penal cuando tienen pena inferior a cinco años de prisión.
  2. Juzgados Centrales de Instrucción (LOPJ § 88). Estos juzgados investigan los delitos que luego son perseguidos por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional o los Juzgados Penales Centrales.
  3. Juzgados Centrales de Vigilancia Penitenciaria (LOPJ § 94.4). Atiende la ejecución de las penas impuestas por la Audiencia Nacional o el Juzgado Penal Central
  4. Juzgados Centrales de Menores (LOPJ § 96.2). Persigue los mismos delitos que la Audiencia Nacional y el Juzgado Penal Central pero cuando los imputados son menores de edad.
  5. Tribunales Administrativos Centrales (LOPJ § 90.4). Estos tribunales son responsables de los recursos contra disposiciones y actos emanados de autoridades, organismos, órganos y entidades públicas con competencia en el territorio nacional.

La oficina del fiscal

La Fiscalía de la Audiencia Nacional es el órgano de la Fiscalía General de la República que conoce todos los casos relacionados con la Audiencia Nacional con excepción de aquellos casos concedidos a las Fiscalías Especiales (Fiscalía Antidrogas y Fiscalía contra la Corrupción y la Corrupción Organizada). Delito).

La Fiscalía y las Fiscalías Especiales están encabezadas cada una por un Fiscal Jefe y con un Fiscal Teniente como segundo al mando.

Ver también

Referencias

  1. ^ abc "Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985". www.boe.es. ​Consultado el 16 de febrero de 2019 .