La Ley del Servicio Nacional de Salud (Financiación Privada) de 1997 (c 56) permitió a los fideicomisos del NHS pedir dinero prestado o alquilar propiedades en acuerdos de préstamo con el sector privado para ampliar sus instalaciones o construir nuevos edificios. Como permitió un tipo importante de iniciativa de financiación privada , ha sido muy controvertida.
El artículo 1 [1] dispone:
1 Poderes de los fideicomisos del NHS para celebrar acuerdos
- (1) Los poderes de un fideicomiso del Servicio Nacional de Salud incluyen el poder de celebrar acuerdos de desarrollo financiados externamente.
- (2) Para los efectos de esta sección, un acuerdo es un acuerdo de desarrollo financiado externamente si está certificado como tal por escrito por el Secretario de Estado.
- (3) El Secretario de Estado podrá expedir un certificado conforme a esta sección si:
- (a) en su opinión, el propósito o el objetivo principal del acuerdo es la prestación de servicios relacionados con el desempeño por parte del fideicomiso de cualquiera de sus funciones; y
- (b) una persona se propone hacer un préstamo o proporcionar cualquier otra forma de financiación a otra parte en relación con el acuerdo.