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NEHAWU contra Tsatsi

NEHAWU v Tsatsi [1] es un caso importante en el derecho sudafricano , en particular en el derecho delictivo . Se llevó a cabo ante la Corte Suprema de Apelaciones (SCA) el 14 de noviembre de 2005 y se dictó sentencia el 1 de diciembre. [ cita requerida ]

Hechos

Tsatsi demandó al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, la Salud y Afines (NEHAWU) por daños y perjuicios por difamación, alegando responsabilidad indirecta por ciertas declaraciones difamatorias contenidas en un informe preparado por el secretario de su sección (el segundo apelante en este caso) y distribuido a los miembros que asistieron a una asamblea general del NEHAWU celebrada en el Tribunal de Magistrados de Johannesburgo . El secretario de la sección era el intérprete principal del tribunal y Tsatsi su directora. [ cita requerida ]

Después de la reunión, ciertos funcionarios del tribunal, no afiliados a NEHAWU, entraron en posesión de copias del informe y, por lo tanto, de dos declaraciones supuestamente difamatorias:

  1. que Tsatsi "abraza a los estafadores"; y
  2. que "desata un acoso sin precedentes" contra el personal judicial.

Los apelantes, NEHAWU y su secretario de filial, negaron que las declaraciones fueran difamatorias; además, alegaron privilegio calificado. Sin embargo, el tribunal a quo determinó que las declaraciones eran efectivamente difamatorias, que el privilegio calificado no cubría su distribución a miembros no pertenecientes a NEHAWU y que los apelantes eran responsables por no haber tomado medidas para evitar dicha distribución. Apelaron esta decisión. [ cita requerida ]

Recomendaciones

La SCA estuvo de acuerdo en que la primera declaración era difamatoria. La sugerencia de que Tsatsi había colaborado con "estafadores" o los había tolerado sirvió en sí misma para empañar y desacreditar su posición social y profesional. Era dudoso que la segunda declaración fuera difamatoria; si lo fuera, la difamación sería sólo leve. [2]

La siguiente cuestión era si estas declaraciones estaban protegidas o no por el privilegio calificado. Para establecer el privilegio, los apelantes tenían que demostrar que tenían un derecho y un deber recíprocos de hacer y recibir el informe, y que las declaraciones difamatorias eran pertinentes o pertinentes y razonablemente apropiadas para la ocasión. [3] Una de las ocasiones reconocidas que gozan de privilegio calificado es cuando dichas declaraciones se publican en el cumplimiento de un deber o en el ejercicio de un derecho.

La cuestión de si las declaraciones eran pertinentes a la ocasión era, en esencia, un juicio de valor. El secretario de la sección tenía derecho a formular las acusaciones y a comunicárselas a los miembros de NEHAWU; estos últimos tenían un derecho recíproco a recibirlas, derecho que se encuentra subrayado en la Constitución de Sudáfrica . [4] El tribunal consideró que no se podía cuestionar la pertinencia de las declaraciones. [5]

Sin embargo, no había pruebas que demostraran que los apelantes habían autorizado o eran responsables de la republicación del informe a personas que no eran miembros de NEHAWU. Por lo tanto, no podían ser considerados responsables de ello. [6] Se determinó que la conclusión del tribunal a quo a este respecto —de que los apelantes deberían haber tomado medidas para impedir la republicación— carecía de base legal. [7]

En consecuencia, el Tribunal admitió el recurso. [8]

Referencias

Jurisprudencia

Notas

  1. ^ 2006 (6) SA 327 (SCA).
  2. ^ Párrafo 9.
  3. ^ Párrafo 10.
  4. ^ s 23.
  5. ^ Párrafos 11–14.
  6. ^ Párrafo 15.
  7. ^ Párrafo 16.
  8. ^ Párrafo 17.