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Moncrieff contra Jamieson

Moncrieff v Jamieson [2007] UKHL 42 es un caso de derecho de propiedad escocés decidido por la Cámara de los Lores sobre servidumbres (el equivalente escocés de las " servidumbres ").

Hechos

El apelante (J) apeló contra una decisión (2005 1 SC 281) que establecía que un derecho de acceso vehicular desde una vía pública incluía el derecho a estacionar en el predio sirviente los vehículos que fueran razonablemente incidentales al disfrute del acceso al predio dominante. Los demandados (M) eran dueños de una propiedad situada entre el pie de un escarpe empinado y la zona costera. No se podía conducir vehículos hacia la propiedad. La propiedad alguna vez formó parte de las tierras propiedad de J y él era el dueño de la tierra entre la propiedad y la vía pública. Dado que la propiedad no tenía acceso a la vía pública, los derechos transferidos por la disposición en 1973 incluían un derecho de acceso desde la vía pública a través de la tierra de J. El efecto de esa transferencia fue conferir un derecho de servidumbre de acceso a la propiedad desde la vía pública tanto para el tráfico peatonal como para el vehicular; y un derecho a detener vehículos en el predio sirviente para girar, cargar y descargar mercancías de ellos y dejar y recoger pasajeros era accesorio al derecho de acceso vehicular. M alegó que también existía un derecho accesorio para estacionar vehículos en el predio sirviente. El alguacil aceptó la declaración de que M tenía derecho a estacionar vehículos en el predio sirviente en el ejercicio de derechos accesorios al derecho de servidumbre de acceso y dictó interdicto permanente contra J. El Tribunal de Sesiones desestimó una apelación. J alegó que no era posible en la ley de Escocia que existiera una servidumbre de estacionamiento; un interdicto permanente era innecesario y sus términos eran demasiado inciertos para permitir que J supiera lo que prohibía.

Juicio

El recurso fue desestimado.

  1. Un derecho de servidumbre de estacionamiento podría constituirse como accesorio a un derecho de servidumbre de acceso vehicular si fuera necesario para el disfrute de la servidumbre de acceso.
  2. La concesión expresa de un derecho de acceso debía interpretarse a la luz de las circunstancias que existían cuando se otorgó en 1973, pero no era necesario demostrar que todos los derechos que luego se reclamaron como necesarios para el uso y disfrute cómodos de la servidumbre estaban realmente en uso en esa fecha. Era suficiente que se pudiera considerar que habían estado en consideración en el momento de la concesión, teniendo en cuenta lo que razonablemente se podía esperar que el propietario dominante hiciera en el ejercicio de su derecho al uso conveniente y cómodo de la propiedad, se consideró Ewart v Cochrane (1861) 4 Macq. 117. En las circunstancias particulares e inusuales del presente caso, los derechos auxiliares a la concesión expresa de un derecho de acceso a favor del predio dominante incluían un derecho a estacionar vehículos en el predio sirviente, en la medida en que eso fuera razonablemente incidental al disfrute del predio dominante.
  3. La historia del caso justificó la concesión del interdicto y en la práctica no debería haber ninguna dificultad real en dar efecto al declarante o en la ejecución del interdicto.

La Cámara de los Lores reconoció que las servidumbres deben ejercerse siempre de manera civilizada (sin equivaler a una posesión exclusiva sobre la tierra sirviente), pero mostró una actitud más comprensiva hacia las servidumbres que excluyen sustancialmente al propietario sirviente.

Además, el tribunal también reconoció la posibilidad de un derecho de servidumbre de estacionamiento en el derecho escocés y una servidumbre de estacionamiento en el derecho inglés .

Véase también

Notas

Referencias

Enlaces externos