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Princesa María Francisca de Orleans-Braganza

Doña María Francisca (8 de septiembre de 1914 - 15 de enero de 1968) era hija de Pedro de Alcântara, Príncipe de Grão-Pará , jefe de la línea Petrópolis de la Casa de Orleans-Braganza . Se casó con Duarte Nuno, duque de Braganza , pretendiente al trono portugués, con quien tuvo tres hijos, el mayor de los cuales, Duarte Pío , es el actual pretendiente.

Vida

Maria Francisca Amélia Luísa Vitória Teresa Isabel Miguela Gabriela Rafaela Gonzaga nació en Château d'Eu en Eu , Francia , hija de Pedro de Alcântara, Príncipe de Grão-Pará (1875-1940), el hijo mayor de Isabel, Princesa Imperial de Brasil y nieto del emperador Pedro II y de la condesa Elisabeth Dobrzensky de Dobrzenicz (1875-1951), una noble bohemia. Su padre tuvo que renunciar a sus derechos dinásticos para poder casarse con su madre quien, a pesar de su origen noble, no pertenecía a ninguna dinastía reinante.

María Francisca murió en Lisboa y fue enterrada en el Convento de Chagas de Cristo (Las Cinco Sagradas Llagas de Jesús), en Vila Viçosa , panteón de las duquesas de Braganza .

Casamiento

Estuvo casada con Duarte Nuno (1907-1976), duque de Braganza y pretendiente al trono de Portugal , civilmente en la Embajada de Portugal en Río de Janeiro , Brasil, el 13 de octubre de 1942 y religiosamente en Petrópolis , Brasil, el 15 de octubre.

La ceremonia religiosa tuvo lugar en la Catedral de Petrópolis y fue presidida por el cardenal Sebastião Leme da Silveira Cintra , arzobispo metropolitano de Río de Janeiro. El Rito del Matrimonio fue seguido por una Misa Nupcial, y los recién casados ​​recibieron la Bendición Apostólica del Papa Pío XII , según un telegrama leído en la ocasión. Después de la ceremonia religiosa, se realizaron tres registros de matrimonio idénticos, uno para el archivo canónico de la parroquia local, otro para el archivo de la Casa Imperial brasileña y otro para el archivo de la Casa Real portuguesa .

Dado que la ceremonia civil no tuvo lugar ante las autoridades brasileñas sino en la Embajada de Portugal, surgió entonces una cuestión sobre la forma de reconocer el matrimonio en la Ley de Brasil. A raíz de la Proclamación de la República en Brasil, se instituyó la separación de la Iglesia y el Estado y las bodas católicas ya no tenían efectos civiles automáticos. En realidad, entre 1890 y 1937, las bodas religiosas no podían tener ningún efecto civil, y todas las parejas que se casaban en Brasil estaban obligadas a someterse a una ceremonia civil de matrimonio ante un juez de paz, incluso si también querían tener un matrimonio (legalmente no reconocido). ) boda religiosa antes o después de eso. Sin embargo, en 1937, Brasil había adoptado una legislación que permitía el reconocimiento de efectos civiles a las bodas religiosas, pero para que la boda fuera así reconocida era necesario seguir una serie de procedimientos burocráticos previos al matrimonio. Sin embargo, la pareja no siguió esos procedimientos. El novio y su familia habían asumido que la cuestión de los efectos civiles se habría resuelto mediante la boda civil en la Embajada de Portugal. Otro factor, aunque menos decisivo, fue que algunos miembros de la familia de la novia se negaron a reconocer la República Brasileña, la Separación de la Iglesia y el Estado y las Leyes del Brasil Republicano que imponían condiciones para el reconocimiento civil de una boda católica y, por tanto, se comportaron como si la boda católica tuvo pleno efecto en sí misma, como sucedió durante la anterior época imperial. Entonces, no se había hecho ningún estudio real antes de la boda sobre lo que se requeriría para que fuera reconocida en Brasil. Surgió entonces un problema, ya que las autoridades brasileñas inicialmente se negaron a reconocer tanto la boda de la embajada portuguesa como la boda católica. La razón por la que Brasil no reconoció el matrimonio en la Embajada fue que Brasil generalmente solo reconocía los matrimonios contraídos ante funcionarios diplomáticos o consulares de naciones extranjeras cuando ambas partes eran de la misma nacionalidad y se casaban ante un representante de su país. Pero la novia era ciudadana brasileña y el novio era un ciudadano portugués naturalizado nacido en Alemania. Por lo tanto, la boda de la Embajada no cumplió con los criterios para el reconocimiento, ya que las autoridades brasileñas insistieron en que un matrimonio de dos personas de diferentes nacionalidades en Brasil debía realizarse conforme a las leyes brasileñas, especialmente si una de las partes era nacional brasileña. En cuanto a la boda católica, como la ceremonia religiosa no había sido precedida por el procedimiento burocrático previo al matrimonio recientemente creado para que una boda religiosa tuviera efectos civiles en Brasil, las autoridades brasileñas inicialmente no la reconocieron. Entonces el matrimonio ya estaba reconocido por las leyes de la República Portuguesa., e incluso fue reconocido por la Casa Real de Portugal y la Casa Imperial de Brasil (ambas Casas Soberanas consideraban relevante el matrimonio católico, de acuerdo con las leyes que habían prevalecido en el antiguo Reino de Portugal y en el antiguo Imperio de Brasil ), pero no podía ser reconocido en el entonces vigente Derecho Civil brasileño, a menos que se adoptaran medidas extraordinarias para remediar la situación. Celebrar un nuevo matrimonio civil estaba fuera de discusión, tanto porque implicaría que la novia brasileña vivía con su marido pero aún no estaba completamente casada con él (la pareja comenzó a vivir junta después de la segunda ceremonia, es decir, después de la celebración católica). boda), y también porque el proceso de habilitación prematrimonial para la ceremonia civil brasileña (que habría sido la tercera ceremonia matrimonial) tomaría varias semanas. Entonces, la única solución fue obtener de las autoridades brasileñas un acta especial de reconocimiento de una de las dos bodas ya celebradas, y eso fue lo que se hizo en los días siguientes. Después de que el influyente empresario Assis Chateaubriand Bandeira de Mello señalara el problema a la atención de las altas autoridades brasileñas, el Gobierno brasileño acordó tomar medidas excepcionales para remediar la situación de la pareja real.

Así, la cuestión del reconocimiento del matrimonio en la legislación brasileña se resolvió el 20 de octubre de 1942, cuando el presidente dictatorial brasileño Getúlio Vargas emitió un "alvará" especial (una especie de decreto), nombrando ex post facto a uno de los invitados. de la boda religiosa como su representante facultado para presenciar dicha boda en representación de la Presidencia de la República. Por este mismo documento el Presidente brasileño dispuso que, extraordinariamente, la boda religiosa ya celebrada el 15 de octubre fuera reconocida con efectos civiles, y que dicho decreto de la Presidencia de la República tendría plena fuerza como certificado de matrimonio civil brasileño. con efecto retroactivo al 15 de octubre. El decreto fue refrendado por el Ministro brasileño de Educación y Cultura, Gustavo Capanema, entonces Ministro interino de Relaciones Exteriores, y fue publicado en el Diario Oficial del Gobierno brasileño el 22 de octubre de 1942.

La pareja partió de Brasil el 28 de octubre de 1942.

Ascendencia

Asunto

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