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Lucio Sexcio de Letrán

Lucius Sextius Sextinus Lateranus fue un tribuno romano de la plebe y se destaca por haber sido uno de los dos hombres (el otro fue Cayo Licinio Stolo ) que aprobaron las Leges Liciniae Sextiae de 368 a. C. y 367 a. C. Originalmente, se trataba de un conjunto de tres leyes. Una ley disponía que los intereses ya pagados sobre las deudas debían deducirse del principal y que el pago del resto del principal debía realizarse en tres cuotas anuales iguales. Otro establecía una propiedad individual restringida de tierras públicas de más de 500 iugeras (300 acres) y prohibía el pastoreo de más de 100 cabezas de ganado en tierras públicas. La ley más importante disponía que uno de los dos cónsules fuera plebeyo. [1] Habiendo sido reelegidos nueve veces, Lucio Sexcio de Letrán y Cayo Licinio Estolo ocuparon el tribunado plebeyo durante diez años. En el año 368 a. C. se aprobaron las leyes sobre deudas y tierras, pero se rechazó la ley sobre el consulado. En el año 367 a. C. se aprobó esta ley. En el mismo año, los dos tribunos de la plebe propusieron una cuarta ley relativa a los sacerdotes que eran los custodios de los libros sagrados sibilinos , y Lucio Sexcio de Letrán fue elegido cónsul para el año 366 a.C. Livio escribió que fue "el primero de los plebeyos en alcanzar ese honor". [2]

Los diez años como tribuno de la plebe

Lucio Sexcio y Cayo Licinio propusieron estas leyes en el año 375 a. C. cuando fueron elegidos tribunos de la plebe . Los patricios se opusieron a ellos, quienes impidieron que los proyectos de ley fueran debatidos. En represalia, los dos hombres vetaron la elección de los tribunos militares con poder consular (tribunos consulares) durante cinco años. Fueron reelegidos para el tribunado plebeyo cada año durante nueve años consecutivos. En el 370 a. C. permitieron la elección de los tribunos consulares porque era necesario formar un ejército para luchar contra la ciudad de Velitrae . En el año 369 a. C., las leyes, en particular la relativa al consulado, fueron objeto de intensos debates. En 368 a. C. Marco Furio Camilo , que se oponía a la promulgación de los proyectos de ley, fue nombrado dictador . Sin embargo, dimitió por motivos poco claros. El Consejo Plebeyo aprobó las leyes sobre intereses y tierras, pero rechazó la ley sobre el cónsulado. Sin embargo, los dos tribunos de la plebe presionaron para que todas las mociones se presentaran colectivamente a los plebeyos y prometieron no presentarse a la reelección si esto no se hacía, argumentando que había razones para reelegirlos sólo si los plebeyos querían promulgar las medidas que propusieron juntos. [3] En 367 a. C., Lucio Sexcio y Cayo Licinio fueron devueltos a sus cargos por décima vez y se aprobó la ley sobre el consulado. Los dos hombres propusieron una ley que abolió el Duumviri Sacris Faciundis, un colegio de dos sacerdotes, que eran patricios, y también los custodios de los libros sagrados sibilinos , y lo reemplazó con el Decemviri sacris faciundis , un colegio de diez sacerdotes con el mismo role. Cinco de ellos serían patricios y cinco plebeyos. Se aprobó la ley y fueron debidamente elegidos cinco sacerdotes patricios y cinco plebeyos. Según Livio, "Satisfecha con su victoria, la plebe dio paso a los patricios y, abandonando por el momento la discusión sobre los cónsules, permitió la elección de tribunos militares [con poder consular]". [2]

Todavía en el año 367 a. C., Marco Furio Camilo fue nombrado dictador debido a un ataque de los galos del norte de Italia. Según Livio, a su regreso a Roma después de derrotar a los galos, Camilo "se enfrentó a una oposición más feroz en la ciudad. Después de luchas desesperadas, el Senado y el dictador fueron derrotados, y se adoptaron las medidas defendidas por los tribunos. Una elección de Se celebraron cónsules, en contra de los deseos de los nobles..." Lucio Sexcio de Letrán fue elegido como uno de los dos cónsules. Los senadores patricios declararon que no ratificarían la elección. La amarga disputa casi condujo a otra secesión plebeya . Camilo llegó a un compromiso: a cambio de que los patricios reconocieran la elección de Lucio Sexcio, los plebeyos hicieron la concesión de que los patricios podrían elegir entre los patricios un pretor para administrar justicia en la ciudad. [2] En ese año también se creó el oficio de los ediles curules .

Poco se sabe sobre el cónsulado de Lucio Sexcio de Letrán. Livio sólo escribió que en el año de su consulado fueron elegidos un pretor y dos ediles curules de las filas patricias. Hubo rumores sobre una reunión de soldados galos y una deserción de los hérnicos , que eran aliados de Roma. Los senadores patricios decidieron aplazar cualquier acción para no encomendar al cónsul plebeyo una tarea militar. Los plebeyos estaban descontentos con el nombramiento de estos tres nuevos magistrados patricios. Según Livio, en respuesta a esto, "se dispuso sacar a los ediles curules de la plebe en años alternos: más tarde se abrieron las elecciones sin distinción". [4]

Evaluación moderna de la ley sobre el consulado.

Algunos historiadores modernos han señalado que existe una falta de claridad con respecto a la ley que disponía que un cónsul debía ser plebeyo. Livio vio esta ley como un gran avance en el avance político de los plebeyos. TJ Cornell señala que, según Livio y sus fuentes, el reparto regular e ininterrumpido del consulado surgió de la Lex Genucia propuesta por el tribuno plebeyo Lucio Genucio en 342 a. C. que, según se afirma, permitía a los plebeyos ocupar ambos cónsulados. [5] Sin embargo, los Fasti consulares (una crónica de eventos anuales en los que los años son indicados por sus cónsules) sugieren que esta ley hacía obligatorio que un cónsulado fuera ocupado por un plebeyo. Cornell sugiere que podría ser que fue la Lex Genucia la que realmente introdujo el poder compartido entre patricios y plebeyos (al disponer que debería haber un cónsul de cada orden social) y que la Lex Licinia Sextia pudo haber sido simplemente un ajuste administrativo que transfirió el acceso plebeyo al cargo más alto de los tribunos militares con poder consular al cónsul y, por lo tanto, el hecho de que Lucio Sexcio se convirtiera en el primer cónsul plebeyo "se vuelve bastante menos impresionante". [6] K. von Fritz y Sordi también piensan que la ley sobre los cónsules y los pretores fue una reforma administrativa. [7] [8]

Livio escribió que en el ejército los tribunos con poder consular fueron instituidos en 444 a.C. porque se decidió que en algunos años el cónsulado debería ser reemplazado por los tribunos consulares (cuyo número variaba de tres a seis), que esta oficina estaría abierta a plebeyos y que había sido creado como una concesión a los plebeyos que querían acceder al consulado. [9] Sin embargo, del 444 a. C. al 401 a. C., sólo dos de esos tribunos, de un total de 100, eran plebeyos. Para el período 400-376 a.C., sólo en 400, 399 y 396 a.C. la mayoría de estos tribunos eran plebeyos (4, 5 y 5 de 6) y en 379 a.C. había tres plebeyos de seis. Para Cornell, esto plantea algunas preguntas: ¿Por qué entre 444 y 401 a. C. solo hubo dos plebeyos? ¿Por qué, dada la presencia de plebeyos en el período posterior, que demuestra su elegibilidad para el cargo más alto, se consideró el acceso de los plebeyos al consulado como un hito para la promoción política de los plebeyos? ¿Por qué hubo tanta resistencia a esto? Las fuentes parecen ver la ley como un gran avance no sólo porque proporcionaba acceso al cónsulado, sino que requería que uno de los dos cónsules del año fuera patricio. Sin embargo, durante un período de doce años después de la aprobación de la ley, del 355 al 343 a. C., ambos cónsules fueron patricios y el cónsulado se convirtió en una línea ininterrumpida de cargos compartidos sólo después de eso. [10]

Hechos biográficos

Datos básicos

Cargos ocupados

Acciones destacadas

Citas

  1. ^ Livio, La historia de Roma, 6.35
  2. ^ abc Livio, La historia de Roma, 6.42
  3. ^ Livio, La historia de Roma, 6. 35-41
  4. ^ Livio, La historia de Roma, 67,1
  5. ^ Livio, La historia de Roma, 7.42
  6. ^ Cornell 1995, págs. 337–38.
  7. ^ von Fritz 1950.
  8. ^ Sordi 1960, págs. 73–9. Sordi sostiene que fue una reforma administrativa inspirada en las instituciones de Caere
  9. ^ Livio, La historia de Roma, 4.6.6-8
  10. ^ Cornell 1995, págs. 344–37.

Referencias

Ver también