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Lucio Sextio de Letrán

Lucio Sextio Sextino de Letrán fue un tribuno de la plebe romana y es conocido por haber sido uno de los dos hombres (el otro fue Cayo Licinio Stolo ) que aprobaron las Leges Liciniae Sextiae de 368 a. C. y 367 a. C. Originalmente, se trataba de un conjunto de tres leyes. Una ley disponía que los intereses ya pagados por las deudas debían deducirse del capital y que el pago del resto del capital debía realizarse en tres cuotas anuales iguales. Otra disponía la propiedad individual restringida de las tierras públicas en exceso de 500 iugeras (300 acres) y prohibía el pastoreo de más de 100 cabezas de ganado en tierras públicas. La ley más importante disponía que uno de los dos cónsules fuera plebeyo. [1] Habiendo sido reelegidos nueve veces, Lucio Sextio de Letrán y Cayo Licinio Stolo ocuparon el tribunado plebeyo durante diez años. En el año 368 a. C. se aprobaron las leyes sobre deudas y tierras, pero se rechazó la ley sobre el consulado. En el año 367 a. C. se aprobó esta ley. Ese mismo año, los dos tribunos de la plebe propusieron una cuarta ley sobre los sacerdotes que eran los custodios de los sagrados Libros Sibilinos , y Lucio Sextio de Letrán fue elegido cónsul para el año 366 a. C. Livio escribió que fue "el primero de los plebeyos en alcanzar ese honor". [2]

Los diez años como tribuno de la plebe

Lucio Sextio y Cayo Licinio propusieron estas leyes en el año 375 a. C. cuando fueron elegidos tribunos de la plebe . Se opusieron a ellas los patricios, que impidieron que se debatieran los proyectos de ley. En represalia, los dos hombres vetaron la elección de los tribunos militares con poder consular (tribunos consulares) durante cinco años. Fueron reelegidos para el tribunado plebeyo cada año durante nueve años consecutivos. En el año 370 a. C. permitieron la elección de los tribunos consulares porque era necesario reclutar un ejército para luchar contra la ciudad de Velitrae . En el año 369 a. C., las leyes, en particular la relativa al consulado, fueron objeto de un intenso debate. En el año 368 a. C. Marco Furio Camilo , que se opuso a la promulgación de los proyectos de ley, fue nombrado dictador . Sin embargo, dimitió por razones poco claras. El Consejo Plebeyo aprobó las leyes sobre el interés y la tierra, pero rechazó la ley sobre el consulado. Sin embargo, los dos tribunos de la plebe presionaron para que todas las mociones se presentaran a los plebeyos colectivamente y prometieron no presentarse a la reelección si esto no se hacía, argumentando que había razón para reelegirlos solo si los plebeyos querían promulgar las medidas que proponían juntos. [3] En 367 a. C. Lucio Sextio y Cayo Licinio fueron devueltos a su cargo por décima vez, y se aprobó la ley sobre el consulado. Los dos hombres propusieron una ley que abolía el Duumviri Sacris Faciundis, un colegio de dos sacerdotes, que eran patricios, y también custodios de los Libros sagrados Sibilinos , y lo reemplazaba por el Decemviri sacris faciundis , un colegio de diez sacerdotes con el mismo papel. Cinco de ellos debían ser patricios y cinco plebeyos. La ley fue aprobada y cinco sacerdotes patricios y cinco plebeyos fueron debidamente elegidos. Según Livio, "Satisfecha con su victoria, la plebe cedió el paso a los patricios y, abandonando por el momento la discusión sobre los cónsules, permitió la elección de tribunos militares [con poder consular]". [2]

En el año 367 a. C., Marco Furio Camilo fue nombrado dictador a causa de un ataque de los galos del norte de Italia. Según Livio, a su regreso a Roma tras derrotar a los galos, Camilo «se enfrentó a una oposición más feroz en la Ciudad. Tras luchas desesperadas, el Senado y el dictador fueron derrotados y se adoptaron las medidas propugnadas por los tribunos. Se celebró una elección de cónsules, contra los deseos de los nobles...». Lucio Sextio de Letrán fue elegido como uno de los dos cónsules. Los senadores patricios declararon que no ratificarían la elección. La amarga disputa casi desembocó en otra secesión plebeya . Camilo llegó a un compromiso: a cambio de que los patricios reconocieran la elección de Lucio Sextio, los plebeyos hicieron la concesión de que los patricios pudieran elegir entre ellos a un pretor para administrar justicia en la Ciudad. [2] En ese año también se creó el cargo de ediles curules .

Se sabe poco sobre el consulado de Lucio Sextio de Letrán. Livio sólo escribió que en el año de su consulado fueron elegidos un pretor y dos ediles curules de las filas patricias. Hubo rumores sobre una reunión de soldados galos y una deserción de los hérnicos , que eran aliados romanos. Los senadores patricios decidieron aplazar cualquier acción para no dar al cónsul plebeyo una tarea militar. Los plebeyos estaban descontentos con la instalación de estos tres nuevos magistrados patricios. Según Livio, en respuesta a esto, "se dispuso que los ediles curules de la plebe se eligieran en años alternativos: más tarde la elección se abrió sin distinción". [4]

Valoración moderna del derecho relativo al consulado

Algunos historiadores modernos han señalado que no hay claridad en cuanto a la ley que establecía que un cónsul debía ser plebeyo. Livio vio esta ley como un gran avance en el avance político de los plebeyos. TJ Cornell señala que, según Livio y sus fuentes, la repartición regular e ininterrumpida del consulado surgió de la Lex Genucia propuesta por el tribuno plebeyo Lucio Genucio en 342 a. C. que, según se afirma, permitía a los plebeyos ocupar ambos consulados. [5] Sin embargo, los Fasti consulares (una crónica de eventos anuales en la que los años se indican por sus cónsules) sugieren que esta ley hizo obligatorio que un consulado fuera ocupado por un plebeyo. Cornell sugiere que podría ser que fuese la Lex Genucia la que verdaderamente introdujo el reparto de poder entre patricios y plebeyos (al disponer que debería haber un cónsul de cada orden social) y que la Lex Licinia Sextia puede haber sido simplemente un ajuste administrativo que transfirió el acceso plebeyo al cargo más alto desde los tribunos militares con poder consular al consulado y, por tanto, que Lucio Sextio se convirtiera en el primer cónsul plebeyo "se vuelve bastante menos impresionante". [6] K. von Fritz y Sordi también piensan que la ley sobre los cónsules y los pretores fue una reforma administrativa. [7] [8]

Livio escribió que en el ejército los tribunos con poder consular se instituyeron en 444 a. C. porque se decidió que en algunos años el consulado debía ser reemplazado por los tribunos consulares (cuyo número variaba de tres a seis), que este cargo estaría abierto a los plebeyos y que había sido creado como una concesión a los plebeyos que querían acceder al consulado. [9] Sin embargo, desde 444 a. C. hasta 401 a. C., solo dos de esos tribunos, de un total de 100, eran plebeyos. Para el período 400-376 a. C., solo en 400, 399 y 396 a. C. la mayoría de estos tribunos eran plebeyos (4, 5 y 5 de 6) y en 379 a. C. había tres plebeyos de seis. Para Cornell, esto plantea algunas preguntas: ¿Por qué desde 444 a 401 a. C. hubo solo dos plebeyos? ¿Por qué, dada la presencia de plebeyos en el período posterior, lo que demuestra su elegibilidad para el cargo más alto, se consideró que el acceso de los plebeyos al consulado era un hito para la promoción política de los plebeyos? ¿Por qué hubo tanta resistencia a esto? Las fuentes parecen ver la ley como un gran avance no solo porque proporcionaba acceso al consulado, sino porque exigía que uno de los dos cónsules del año fuera patricio. Sin embargo, durante un período de doce años después de la aprobación de la ley, desde 355 a 343 a. C., ambos cónsules eran patricios y el consulado se convirtió en una línea ininterrumpida de cargos compartidos solo después de eso. [10]

Datos biográficos

Datos básicos

Cargos desempeñados

Acciones notables

Citas

  1. ^ Livio, Historia de Roma, 6.35
  2. ^ abc Livio, Historia de Roma, 6.42
  3. ^ Livio, Historia de Roma, 6. 35-41
  4. ^ Livio, Historia de Roma, 67.1
  5. ^ Livio, Historia de Roma, 7.42
  6. ^ Cornell 1995, págs. 337–38.
  7. ^ por Fritz 1950.
  8. ^ Sordi 1960, pp. 73-9. Sordi sostiene que fue una reforma administrativa inspirada en las instituciones de Caere.
  9. ^ Livio, Historia de Roma, 4.6.6-8
  10. ^ Cornell 1995, págs. 344–37.

Referencias

Véase también