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Licencia de Comunidad Educativa

La Licencia de Comunidad Educativa ( ECL ) es una licencia libre y de código abierto basada en la licencia Apache (versión 2.0) y creada teniendo en cuenta las necesidades específicas de la comunidad académica. [2]

La versión 2.0 de la ECL surgió de la Cumbre sobre licencias y políticas [3] celebrada en octubre de 2006 en Indianápolis, Indiana, donde los miembros de la comunidad académica se reunieron para abordar las preocupaciones sobre la publicación de software escrito en una institución académica bajo una licencia libre/de código abierto. Entre los miembros de la cumbre se encontraban abogados universitarios, funcionarios de transferencia de tecnología , líderes de proyectos libres/de código abierto y representantes de fundaciones. En particular, asistieron representantes del Proyecto Sakai y de la Fundación Kuali .

La versión 2.0 de ECL fue aprobada por la Iniciativa de Código Abierto en el verano de 2007, y la Free Software Foundation la clasifica como una "Licencia de Software Libre Compatible con GPL" que es compatible con la versión 3 de la Licencia Pública General de GNU pero no compatible con GPLv2. [1] Esto significa que un desarrollador de software puede mezclar código de un proyecto con licencia ECLv2 y un proyecto con licencia GPLv3 pero, debido a la incompatibilidad de los términos de la licencia, no se les permite mezclar código de un proyecto ECLv2 y un proyecto GPLv2.

EDUCAUSE (Ref. 2 a continuación) dice sobre la ECL: "Es esencialmente la licencia Apache 2.0 con una modificación del lenguaje de patentes para que sea funcional para muchas universidades". Las dos cláusulas de patentes se reproducen a continuación.

La cláusula de patente de la licencia Apache establece:

"3. Concesión de licencia de patente. Sujeto a los términos y condiciones de esta Licencia, cada Colaborador le otorga por la presente una licencia de patente perpetua, mundial, no exclusiva, sin cargo, libre de regalías, irrevocable (excepto como se indica en esta sección) para hacer, haber hecho, usar, ofrecer vender, vender, importar y transferir de otro modo la Obra, donde dicha licencia se aplica únicamente a aquellas reivindicaciones de patentes licenciables por dicho Colaborador que sean necesariamente infringidas por su(s) Contribución(es) sola(s) o por combinación de su(s) Contribución(es) con la Obra a la que se presentó dicha(s) Contribución(es). Si Usted entabla un litigio de patentes contra cualquier entidad (incluida una demanda cruzada o reconvención en una demanda) alegando que la Obra o una Contribución incorporada dentro de la Obra constituye una infracción directa o contributiva de patente, entonces cualquier licencia de patente otorgada a Usted bajo esta Licencia para esa Obra terminará a partir de la fecha en que se presente dicho litigio".

La cláusula de patente ECL establece (las diferencias están subrayadas):

"3. Concesión de licencia de patente. Sujeto a los términos y condiciones de esta Licencia, cada Colaborador le concede por la presente una licencia de patente perpetua, mundial, no exclusiva, sin cargo, libre de regalías, irrevocable (excepto como se indica en esta sección) para hacer, haber hecho, usar, ofrecer vender, vender, importar y transferir de otro modo la Obra, donde dicha licencia se aplica únicamente a aquellas reivindicaciones de patentes licenciables por dicho Colaborador que sean necesariamente infringidas por su(s) Contribución(es) sola(s) o por combinación de su(s) Contribución(es) con la Obra a la que se presentó dicha(s) Contribución(es). Si Usted entabla un litigio de patentes contra cualquier entidad (incluida una demanda cruzada o reconvención en una demanda) alegando que la Obra o una Contribución incorporada dentro de la Obra constituye una infracción directa o contributiva de patente, entonces cualquier licencia de patente otorgada a Usted bajo esta Licencia para esa Obra terminará a partir de la fecha en que se presente dicho litigio. Cualquier licencia de patente otorgada por la presente con respecto a las contribuciones de un individuo empleado por una institución u organización se limita a las reivindicaciones de patentes donde el individuo que es el autor El autor de la obra es también el inventor de las reivindicaciones de patentes objeto de la licencia, y la organización o institución tiene derecho a conceder dicha licencia en virtud de los acuerdos de subvención y financiación de la investigación aplicables. No se conceden otras licencias expresas o implícitas .

Notas

  1. ^ abcde Licencias de software libre compatibles con GPL
  2. ^ ab "Licencia de la Comunidad Educativa". EDUCAUSE . Archivado desde el original el 2012-05-02 . Consultado el 5 de noviembre de 2014 .
  3. ^ Colaboración de código abierto en la educación superior: directrices e informe de la Cumbre sobre licencias y marco de políticas para el intercambio de software en la educación superior

Enlaces externos