La ley respondió a los problemas causados por el hecho de que un número cada vez mayor de distritos municipales estaban obteniendo el estatus de distrito de condado tan pronto como alcanzaban la población requerida de 50.000 habitantes. Esto estaba provocando la pérdida de territorio por parte de los condados administrativos . La consiguiente pérdida de población y de base tarifaria afectó a las finanzas de los consejos provinciales .
El 16 de febrero de 1923, se nombró una comisión real bajo la presidencia del conde de Onslow para "investigar las leyes y procedimientos existentes relacionados con las ampliaciones de los distritos del condado y la creación de nuevos distritos del condado en Inglaterra y Gales, y el efecto dichas ampliaciones o creaciones sobre la administración de los Consejos de Condados y de Distritos, Distritos Urbanos y Distritos Rurales no Condales, investigar las relaciones entre estas diversas autoridades locales y, en general, hacer recomendaciones sobre su constitución, áreas y funciones ; [1]
La comisión publicó su primer informe en 1925, y entre sus recomendaciones estaban las siguientes:
Todas las propuestas para constituir un municipio de condado deben realizarse mediante proyecto de ley privado y no mediante orden provisional en virtud de la Ley de 1888.
Las extensiones a los distritos del condado deberían realizarse mediante orden provisional cuando no hubo objeciones, y mediante proyecto de ley privado cuando se formularon objeciones.
El requisito de población para la creación de un distrito municipal debería aumentarse de 50.000 a 75.000.
Al tratar las solicitudes de ampliación de los distritos de condado existentes, se deben tener en cuenta los deseos de los habitantes de las áreas añadidas, excepto cuando haya "consideraciones más importantes de interés público". [2]
La Ley de 1926 implementó la mayoría de las recomendaciones de la comisión al realizar los siguientes cambios:
El Ministro de Salud perdió la facultad de constituir distritos de condado mediante orden provisional.
La corporación de una ciudad no podía promover un proyecto de ley que constituyera la ciudad en una ciudad de condado a menos que la población, según el último censo, fuera de 75.000 habitantes o más.
Los distritos de condado no podían solicitar al Ministro una orden provisional que ampliara los límites del distrito a menos que hubieran enviado primero un borrador de sus propuestas a todos los consejos de los condados administrativos , distritos y distritos rurales y urbanos afectados. Los ayuntamientos tuvieron cuatro semanas para objetar.
El Ministro podría negarse a ampliar los límites por objeciones de los ayuntamientos afectados, o por cualquier otro motivo.
Cuando el Ministro rechazaba una orden provisional para ampliar los límites municipales, la corporación municipal del condado podía promover un proyecto de ley, habiendo informado primero a todos los objetores de su intención.
El último municipio del condado constituido bajo la Ley de 1888 fue Doncaster , con una población de aproximadamente 60.000 habitantes, en 1927. No se creó otro municipio del condado hasta 1964.