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Derecho de Jurisdicciones

La Ley de Jurisdicciones (en español : Ley de Jurisdicciones ), o « Ley para la represión de los delitos contra la Patria y el Ejército » (« Ley para la represión de los delitos contra la Patria y el Ejército »), fue una ley española que estuvo vigente entre 1906 y 1931. Fue impulsada por Segismundo Moret , presidente del Consejo de Ministros, y el conde de Romanones , Ministerio de Gobierno, con el apoyo de Alfonso XIII , como reacción a los acontecimientos del ¡ Cu-Cut ! Fue aprobada durante el periodo constitucional del reinado de Alfonso XIII.

Historia

Retrato de Alfonso XIII (1905).

El 25 de noviembre de 1905 un grupo de oficiales asaltó en Barcelona la redacción del semanario satírico catalanista « ¡ Cu-Cut ! » por la publicación de una caricatura que ironizaba sobre las derrotas del ejército español. También fue atacada la redacción de otra publicación catalanista, el diario La Veu de Catalunya . La conmoción causada por estos hechos fue enorme. El gobierno liberal de Eugenio Montero Ríos intentó imponer su autoridad sobre los militares y se comprometió a no ceder a la presión de los capitanes generales que mostraron su apoyo a los oficiales insurrectos, aunque declaró el estado de guerra en Barcelona el 29 de noviembre —al parecer presionado por el rey—. [1] El monarca finalmente no respaldó al gobierno y apoyó la actitud del Ejército, lo que obligó a Montero Ríos a dimitir. [2]

El nuevo gobierno presidido por el otro caudillo liberal Segismundo Moret , que recibió orden del Rey de impedir que se repitieran los ataques «al Ejército y a los símbolos de la Patria», [3] se propuso contentar a los militares —nombró al general Agustín Luque , uno de los capitanes generales que más había aplaudido el asalto al ¡ Cu-Cut !— y rápidamente hizo que las Cortes aprobaran la Ley para la Represión de los Delitos contra la Patria y el Ejército —conocida como «Ley de Fueros»—, por la que a partir de ese momento las competencias para juzgarlos pasaron a la jurisdicción militar. [2]

Según el historiador Santos Juliá , «el gobierno cedió ante el ejército debido al peso que la Corona dio a la jurisdicción militar, con un resultado de gran alcance: las Cortes aprobaron la Ley, con la que crearon una esfera de poder militar autónomo y sentaron el precedente de ceder ante la insubordinación castrense. La militarización del orden público había dado un paso de gigante con esta Ley». [2] Según el historiador Borja de Riquer, «al tolerar la insubordinación de los militares en Barcelona, ​​el monarca había dejado el sistema político expuesto a nuevas presiones y chantajes, que debilitaron considerablemente la supremacía del poder civil frente al militarismo». [4]

Distinta es la interpretación de los hechos por los historiadores Javier Tusell y Genoveva García Queipo de Llano, quienes, según ellos, «la intervención del Rey se produjo una vez comprobada la incapacidad inicial del gobierno [de Montero Ríos] para imponerse; hizo entonces acudir al cuartel de Madrid al general Bascarán, segundo jefe del Cuartel Militar, para calmar las actitudes apasionadas y prometer en nombre del monarca una modificación de la legislación en ese sentido. [...] El papel del rey puede describirse mucho más acertadamente como el de intermediario entre el poder civil y el militar en un marco institucional no democrático en el que, si el primero tomaba las decisiones principales, el segundo, cuando podía actuar por unanimidad, alcanzaba autonomía e incluso deferencia». [5]

Como respuesta a la impunidad en que se encontraban los autores del ¡ Cu-Cut ! y a la Ley de Fueros, en mayo de 1906 se formó en Cataluña una gran coalición, presidida por el viejo republicano Nicolás Salmerón , que incluía a los republicanos —excepto el partido de Alejandro Lerroux— , los catalanistas —la Lliga Regionalista , la Unió Catalanista y el Centre Nacionalista Republicà , grupo escindido de la Lliga unos meses antes—, e incluso a los carlistas catalanes . [6]

Sus éxitos de movilización fueron espectaculares con manifestaciones multitudinarias como la celebrada en Barcelona el 20 de mayo de 1906, que reunió a 200.000 personas. [7] En las elecciones generales de 1907 , Solidaritat Catalana obtuvo un triunfo aplastante, logrando 41 diputados de los 44 que correspondían a Cataluña. [8]

Desde la intelectualidad , Miguel de Unamuno pronunció una conferencia contra la ley en el Teatro de la Zarzuela el 23 de febrero de 1906. Sin embargo, la ley fue aprobada el 22 de marzo y entonces se disolvieron las Cortes. El 20 de mayo se levantó el estado de excepción en Barcelona y se rindió un homenaje a los diputados y senadores catalanes que habían votado en contra de la ley.

Contenido

La ley de jurisdicciones colocó bajo la jurisdicción militar los delitos orales o escritos contra la unidad de la Patria, la bandera y el honor del ejército. Varios de los artículos implicaban un recorte significativo de las libertades públicas, en particular la libertad de expresión . Esta ley amplió el campo de acción de la jurisdicción militar sobre la población civil, lo que no sucedía en otros países donde los civiles estaban bajo la jurisdicción ordinaria. [9]

Artículo 2. Los que de palabra, por escrito, por medio de imprenta, grabados, sellos, alegorías, caricaturas, signos, gritos o alusiones ultrajaren a la nación, su bandera, himno nacional u otro emblema de su representación, serán castigados con la pena de prisión correccional.

En la misma pena incurrirán los que cometieren los mismos delitos contra las regiones, provincias, ciudades y pueblos de España, y sus banderas y escudos.

Artículo 3. Los que de palabra o por escrito, mediante impresión, grabado u otro medio mecánico de publicación, en sellos, alegorías, caricaturas, emblemas o alusiones, insulten u ofendan clara o encubiertamente al Ejército o a la Marina o a instituciones, armas, clases o cuerpos determinados de los mismos, serán castigados con prisión correccional. Los que de palabra, por escrito, impresión, grabado o cualquier otro medio de publicación instiguen directamente a la insubordinación en los institutos armados o a desviar del cumplimiento de sus deberes militares a personas que presten o sean llamadas a prestar servicio en las fuerzas nacionales de tierra o de mar, serán castigados con arresto mayor en sus grados medio y máximo a prisión correccional en su grado mínimo.

Humillación

La ley de fueros estuvo vigente hasta el 17 de abril de 1931, fecha en la que en uno de sus primeros decretos, el Ministro de Guerra del Gobierno Provisional de la República , Manuel Azaña , la derogó. El principal argumento para su derogación fue:

En un país moderno debe ser posible criticar al Ejército sin temor a ser procesado por una jurisdicción militar especial, ni la Institución armada necesita un parapeto circunstancial en la relación con la ciudadanía consciente y libre.

Véase también

Referencias

  1. ^ De Riquer 2013, pág. 48.
  2. ^ abc Juliá 1999, pág. 29.
  3. ^ De Riquer 2013, pág. 49.
  4. ^ De Riquer 2013, pág. 49-50.
  5. ^ Tusell y García Queipo de Llano 2002, p. 166-167.
  6. ^ Moreno Luzón 2009, pág. 362-363.
  7. ^ De Riquer 2013, pág. 51-52.
  8. ^ Juliá 1999, pág. 31.
  9. ^ García Rodríguez 2013, p. 107.

Bibliografía

Enlaces externos