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Ley de derechos de los artistas visuales

La Ley de Derechos de los Artistas Visuales de 1990 ( VARA ), ( Pub. L.Tooltip Derecho público (Estados Unidos) 101–650 título VI, 17 USC  § 106A), es una ley de los Estados Unidos que otorga ciertos derechos a los artistas.

La VARA fue la primera legislación federal sobre derechos de autor que otorgó protección a los derechos morales . En virtud de la VARA, las obras de arte que cumplen ciertos requisitos otorgan a sus autores derechos adicionales sobre las obras, independientemente de cualquier propiedad física posterior de la obra en sí o de quién posea los derechos de autor sobre la obra. Por ejemplo, un pintor puede insistir en la atribución correcta de su pintura y, en algunos casos, puede demandar al propietario de la pintura física por destruirla, incluso si el propietario de la pintura era su legítimo propietario. [1]

Aunque la legislación federal no había reconocido los derechos morales antes de esta ley, algunas legislaturas estatales y decisiones judiciales crearon una protección limitada de los derechos morales. La Convención de Berna exigió la protección de estos derechos por parte de los estados signatarios y fue en respuesta a ello que el Congreso de los Estados Unidos aprobó la VARA.

Derechos exclusivos bajo VARA

VARA concede exclusivamente a los autores de obras que caen bajo la protección de la Ley los siguientes derechos

Además, los autores de obras de "reconocido prestigio" pueden prohibir la destrucción intencionada o por negligencia grave de una obra. Las excepciones a la VARA requieren una renuncia por escrito del autor. Hasta la fecha, la "reconocido prestigio" ha logrado eludir una definición precisa. La VARA permite a los autores renunciar a sus derechos, algo que generalmente no está permitido en Francia y en muchos países europeos cuyas leyes fueron las que originaron el concepto de derechos morales de los artistas. [2]

En la mayoría de los casos, los derechos otorgados por VARA persisten durante la vida del autor (o del último autor sobreviviente, en el caso de creadores de obras conjuntas).

Obras cubiertas

VARA otorga su protección únicamente a pinturas , dibujos , grabados , esculturas e imágenes fotográficas fijas producidas únicamente para exhibición y que existan en ejemplares únicos o en ediciones limitadas de 200 o menos ejemplares, firmados y numerados por el artista. Los requisitos para la protección no implican gusto o valor estético.

Aplicación y efecto

La aplicación de VARA se limita a las obras visuales que se incluyen en una categoría estrictamente definida. Sin embargo, para las obras que sí se incluyen en la categoría de obras protegidas, VARA impone restricciones sustanciales a cualquier modificación o eliminación de esas obras. Los compradores de las obras deben obtener exenciones por escrito del autor si desean ejercer cualquiera de los derechos exclusivos en virtud de VARA.

Esto ha sido particularmente un problema para aquellos que encargan esculturas públicas. Sin una exención, los artistas podrían vetar efectivamente las decisiones de retirar sus estructuras de la tierra de su benefactor. En una decisión de 2006 que involucraba esculturas públicas que fueron retiradas del parque para el cual fueron creadas, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Primer Circuito dictaminó que VARA no protege la ubicación como un componente de la obra específica del sitio. Las obras cubiertas por VARA pueden ser trasladadas siempre que el traslado no constituya "destrucción, distorsión o mutilación". [3] Sin embargo, un artista ha afirmado que "en el momento en que se retire la escultura, será destruida, porque no puede ser lo que es en ningún otro lugar". [4]

Ejemplos de obras

Véase también

Enlaces externos

Referencias

  1. ^ Grant, Daniel (31 de agosto de 2010). "Cuando el creador y el propietario chocan". Wall Street Journal .
  2. ^ Robert J. Sherman. Nota: LA LEY DE DERECHOS DE LOS ARTISTAS VISUALES DE 1990: LOS ARTISTAS AMERICANOS VOLVIERON A QUEMARSE. 17 Cardozo L. Rev. 373 (1995)
  3. ^ Véase Phillips v. Pembroke Real Estate, Inc. , 459 F.3d 128 ( 1.er Circuito , 2006).
  4. ^ Palo Alto quiere derribar una escultura gigante en forma de huevo de computadora, pero la artista dice que viola sus derechos, 5 de febrero de 2018, https://news.artnet.com/art-world/palo-alto-public-art-vara-1215491
  5. ^ Ly, Laura. "Juez otorga 6,7 ​​millones de dólares a artistas de graffitis cuyo trabajo fue destruido para construir condominios". CNN . Consultado el 14 de febrero de 2018 .
  6. ^ "¿Qué derecho tienen los muralistas sobre los edificios en los que pintan?". NPR.org . Consultado el 14 de febrero de 2018 .
  7. ^ Feuer, Alan (12 de febrero de 2018). "Graffiti Artists Awarded $6.7 Million for Destroyed 5Pointz Murals" (Artistas de graffitis recibieron 6,7 millones de dólares por los murales destruidos de 5Pointz). The New York Times . ISSN  0362-4331 . Consultado el 13 de febrero de 2018 .
  8. ^ Feuer, Alan (7 de noviembre de 2017). "El jurado de Brooklyn considera que el desarrollador de 5Pointz destruyó grafitis ilegalmente". The New York Times . ISSN  0362-4331 . Consultado el 14 de febrero de 2018 .
  9. ^ "Un juez dictamina que el desarrollador debe pagar 6,7 millones de dólares a los artistas de graffiti de 5Pointz". Hyperallergic . 2018-02-12 . Consultado el 2018-02-13 .
  10. ^ "Los daños legales en virtud de la VARA más los daños reales por las mismas obras constituyen una doble indemnización indebida: Séptimo Circuito". Westlaw Today . Thomson Reuters . Consultado el 7 de diciembre de 2020 .
  11. ^ "Christian Narkiewicz-Laine v. Kevin Doyle, 18-2535 (7th Cir. 2019)". Oyente de la corte . Proyecto de Derecho Libre . Consultado el 7 de diciembre de 2020 .