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Ley de Redwood (1978)

La Ley Redwood [1] ( también enmienda Redwood ) es una enmienda de 1978 a la Ley de Autoridades Generales del Servicio de Parques Nacionales de los EE. UU. de 1970. La enmienda es particularmente notable por aclarar y complementar la ley de 1970 y la Ley Orgánica del Servicio de Parques Nacionales de 1916 con las siguientes dos oraciones importantes como segunda y tercera de la Ley de Autoridades Generales:

El Congreso declara que el sistema de parques nacionales, que comenzó con el establecimiento del Parque Nacional de Yellowstone en 1872, ha crecido desde entonces hasta incluir áreas naturales, históricas y recreativas superlativas en cada región importante de los Estados Unidos, sus territorios y posesiones insulares; que estas áreas, aunque distintas en carácter, están unidas a través de sus propósitos y recursos interrelacionados en un sistema de parques nacionales como expresiones acumulativas de un solo patrimonio nacional; que, individual y colectivamente, estas áreas derivan mayor dignidad nacional y reconocimiento de su calidad ambiental superlativa a través de su inclusión conjunta entre sí en un sistema de parques nacionales preservado y administrado para el beneficio e inspiración de todo el pueblo de los Estados Unidos; y que es el propósito de esta Ley incluir todas esas áreas en el Sistema y aclarar las autoridades aplicables al sistema. El Congreso reafirma, declara y ordena además que la promoción y reglamentación de las diversas áreas del Sistema de Parques Nacionales, tal como se define en la sección 1c de este título, será coherente con el propósito establecido por la sección 1 de este título [la disposición de la Ley Orgánica citada anteriormente] y se basará en él, para el beneficio común de todo el pueblo de los Estados Unidos. La autorización de actividades se interpretará y la protección, gestión y administración de estas áreas se llevará a cabo a la luz del alto valor público y la integridad del Sistema de Parques Nacionales y no se ejercerá en derogación de los valores y propósitos para los cuales se han establecido estas diversas áreas, excepto según lo haya dispuesto o disponga directa y específicamente el Congreso. [2]

Mediante esta enmienda, el Congreso de los Estados Unidos reiteró las disposiciones de la Ley Orgánica y estableció la igualdad de todas las áreas del Sistema de Parques Nacionales, independientemente de su designación. Esto brinda a todas las áreas del Sistema de Parques Nacionales protección igualitaria contra el deterioro y/o la derogación de sus recursos.

Referencias

  1. ^ Ley para modificar la Ley del 2 de octubre de 1968, ley para establecer un Parque Nacional Redwood en el Estado de California, y para otros fines. Pub. L.Tooltip Derecho público (Estados Unidos) 95–250, HR 3813, 92  Stat.  166, promulgada el 27 de marzo de 1978 .
  2. ^ 16 USC  § 1a-1, Sistema de Parques Nacionales: administración; declaración de hallazgos y propósito .

Véase también

Servicio de Parques Nacionales