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ley pelé

La ley Pelé es una ley brasileña que obliga a los clubes deportivos profesionales a observar la ley comercial y pagar impuestos en un plazo de dos años.

Introducción

El 24 de marzo de 1998, la Ley N. 9.615/98 estipula que a partir de 2001, los clubes podrán firmar un contrato máximo de cinco años con un jugador cuando cumpla 16 años y podrán recibir sólo una "multa de penalización" de hasta 100 veces su salario mensual. salario si se van antes de esa fecha. Si un jugador cumple el contrato sin renovar, puede irse y unirse a un nuevo club como agente libre. [1] El club anterior no recibe ninguna tarifa de transferencia ni compensación en esta transacción con el nuevo club del jugador.

La introducción de la ley Pelé también permite la formación de ligas independientes por parte de clubes deportivos en todo Brasil, una noción que antes no estaba permitida bajo el gobierno de la Confederación Brasileña de Fútbol . [2]

Los aspectos originales de la ley Pelé

Como se mencionó anteriormente, la ley Pelé regula todos los aspectos del deporte en Brasil. Esta ley abarca normas generales del derecho deportivo brasileño, independientemente de la modalidad deportiva de que se trate.

Por su carácter integral restringiremos nuestro análisis a los aspectos más controvertidos. No discutiremos algunos aspectos de la ley Pelé, como códigos disciplinarios, organización deportiva interna brasileña, composición de canchas deportivas, regulaciones de juego y otros.

Este análisis incluye los siguientes aspectos: (i) establecimiento de ligas; (ii) establecimiento de organizaciones empresariales deportivas con fines de lucro; (iii) normas de contratos laborales; (iv) Estadio; y (v) pólizas de seguros para deportistas.

Establecimiento de ligas

El artículo 20 de la ley Pelé y sus 5 incisos regulan la creación de ligas. El título de este artículo permite a los clubes que participan en cualquier competición nacional o regional y sean miembros del Sistema Deportivo Nacional de Brasil fundar ligas.

Estas ligas serán personas jurídicas de derecho privado, y podrán, entre otras cuestiones, negociar en nombre de sus integrantes, acuerdos de patrocinio, contratos de publicidad y radiodifusión.

El establecimiento de ligas debe notificarse a las entidades de administración deportiva nacional (“NSAE”) como federaciones y confederaciones y dichas ligas son totalmente independientes de la NSAE. Dado que las ligas son independientes de las entidades mencionadas, estas no pueden interferir con los asuntos privados de la liga. La afiliación a una liga no implica la desafiliación de la junta directiva de la NSAE. El club podrá participar en competiciones organizadas por ambas entidades, sin restricción legal.

A partir de tal autorización legal, a partir de 2001 los clubes de fútbol comenzaron a organizarse en ligas, lo que llevó al debilitamiento del poder político de la “CBF” ( Confederación Brasileña de Fútbol ), pues ese organismo ya no organizaría el campeonato brasileño de fútbol, ​​quedando a cargo de organizar únicamente la Copa de Brasil , y siendo responsable de la selección nacional .

Sin embargo, con el objetivo de evitar el enfrentamiento con la CBF y, en consecuencia, con la FIFA , así como evitar la posibilidad de que se les prohíba participar en la Copa Libertadores , los equipos que participan en la Liga Brasileña de Fútbol Profesional acordaron que el Campeonato Brasileño de 2002 será organizado y promovido por la Liga conjuntamente con la CBF.

Establecimiento de organizaciones empresariales deportivas con fines de lucro.

Según los artículos 27 y 27A de la ley Pelé, cualquier club, sea de fútbol o no, tiene derecho a transformarse en sociedad anónima, sin que dicho cambio sea obligatorio. A diferencia de España y Portugal, no existe una modalidad específica de empresa destinada exclusivamente a clubes deportivos en Brasil. No existe una entidad jurídica denominada "sociedad anónima deportiva".

En caso de que un club tuviera interés en una transformación total -o un cambio específicamente en su departamento de fútbol o voleibol- en sociedad anónima, el modelo adoptado podría ser cualquiera de los previstos por la ley. Es decir, al decidir transformarse en sociedad anónima, el club puede optar por una Sociedad Anónima, una Sociedad de Responsabilidad Limitada, una Fundación, entre otras.

Siguiendo lo establecido en el Estatuto de la FIFA (artículo 7, N.5), teniendo en cuenta el caso ENIC, y con el objetivo de tranquilizar la "incertidumbre deportiva", la Ley nº 9.981/00 ha impuesto un veto a cualquier participación simultánea de una persona o una sociedad anónima en el capital social de dos o más clubes que disputan la misma competición profesional.

Dicho veto también abarca las inversiones en copropiedad, la participación indirecta en el capital y la propiedad familiar en clubes deportivos. Quedan fuera de este veto el patrocinio en camisetas y la administración de marcas y la explotación de eventos deportivos ("estadios").

Por extraño que parezca, ese mismo artículo trae la prohibición a las empresas concedidas con la explotación de servicios de radio y televisión, ya sea televisión abierta o cable, de patrocinar cualquier club deportivo.

Contrato laboral del deportista profesional

El artículo 28 de la ley Pelé estipula los aspectos más relevantes del contrato laboral del deportista profesional (PALC), que son:

  1. todos los contratos laborales deben estar escritos y firmados conjuntamente por el atleta y el club o la empresa del club;
  2. tener un plazo específico y determinado;
  3. el pago del servicio debe estar claramente establecido en el contrato; y
  4. cláusula penal en los casos de incumplimiento, incumplimiento del contrato y rescisión unilateral del contrato.

La ausencia de cualquiera de los aspectos antes mencionados anulará el contrato. Un contrato válido se forma sólo si ambas partes tienen la intención de que el acto de firma sea el último acto en la formación de un contrato vinculante.

La exigencia de un contrato escrito implica que el deportista debe poder comprender sus términos y firmar con su nombre y también evitar discusiones sobre la existencia de relación laboral entre el club y el deportista.

Las partes en un PALC deben ser un deportista y un club o empresa deportiva. Esta disposición pretende obstaculizar la actuación de los agentes. Sin embargo, la ley no prohíbe la propiedad de un club por parte de un agente.

El plazo de una PALC debe estar claramente establecido en el contrato, y de acuerdo con el artículo 30 de la Ley Pelé el plazo mínimo de una PALC es de 3 (tres) meses y un máximo de 5 (cinco) años. Sin embargo, una PALC podrá tener sus términos suspendidos si el deportista queda imposibilitado para ejercer su actividad debido a un accidente o enfermedad laboral, sufrido en el club o defendiendo cualquier selección de equipo.

El artículo 31 de la Ley Pelé establece que si el club no ha efectuado parcial o totalmente el pago de los servicios durante 3 (tres) meses consecutivos, el PALC podrá ser rescindido por el deportista sin que éste incurra en multa alguna. Además, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Pelé, si la mora mencionada, parcial o total, dura 2 (dos) o más meses, el deportista puede dejar de jugar en su equipo.

En caso de que el atleta sea solicitado para integrar el equipo nacional o regional, de conformidad con el artículo 41, la NSAE responsable del equipo nacional será responsable del pago de los salarios de los atletas por los servicios durante el período en que estará bajo disposición NSAE.

El pago abarca no sólo salarios sino también gratificaciones, bonificaciones, beneficios y reservas. Podrán incluirse en el contrato otras dos formas de pago. Estos se conocen como (i) "bicho" y (ii) Arena. La Arena se explicará más adelante.

El "Bicho" es un premio en dinero que paga el club a un deportista según el desempeño del equipo, como ganar un campeonato, ganar o empatar un partido, clasificar a otras fases del campeonato, entre otros. El "bicho" puede estar establecido en el contrato, pero esto no es lo habitual.

El párrafo 2 del artículo 28 es uno de los aspectos más controvertidos de la ley Pelé, una vez que ha abolido el "pase". "Passe" fue una determinación legal de que un deportista permanece "vinculado" al club incluso después de la rescisión de su contrato laboral. Por lo tanto, otro club debía pagar al club una cantidad por desempate si este último deseaba ofrecer al deportista un nuevo contrato laboral. De conformidad con el artículo 93 de la ley Pelé, la abolición del "pase" no entró en vigor hasta el 24 de marzo de 2001.

Tras la extinción del "pase", lo que mantendrá al deportista ligado a un club de fútbol es su contrato laboral, y al término del mismo el deportista será libre de cambiar de equipo sin pagar indemnización alguna a su antiguo club.

Sin embargo, en caso de que el atleta desee cambiar de club durante la vigencia de su contrato, o en caso de que el club desee liberar al atleta durante la vigencia del contrato, se deberá pagar la penalidad por rescisión, de acuerdo con las disposiciones del contrato para tales eventos. .

Según el párrafo 3 del artículo 38 de la Ley Pelé, el monto de la cláusula penal lo establecen libremente las partes que celebran el contrato, pero estará limitado a 100 veces la remuneración anual pactada. El apartado 4 de ese mismo artículo establece una reducción anual automática de la cláusula penal. En el primer año de ejecución del contrato, la cláusula penal tendrá una reducción del 10%; el segundo año, la reducción será del 20%; al tercer año, el 40%; y al cuarto año, el 80%.

Es importante señalar que según la ley Pelé, el límite de la cláusula penal y las referidas reducciones sólo serán aplicables en los traspasos entre clubes brasileños. Cuando dicho traspaso se produzca a clubes extranjeros, el importe de la cláusula penal es de libre estipulación.

Existen dos excepciones más al importe de la cláusula penal, siendo ambas únicamente aplicables en el caso de que el club haya formado al jugador a partir de sus categorías base:

  1. En este caso, el monto máximo de la cláusula penal, en la rescisión de un contrato de trabajo durante su vigencia, ya no es de 100 veces la remuneración anual, sino que se eleva a 200 veces dicho valor; y
  2. Si al finalizar el contrato laboral, por el plazo de 6 meses contados a partir de la finalización del contrato, y siempre que el club continúe pagando el salario de ese deportista, el importe de la cláusula penal puede ser de hasta 150 veces la remuneración anual contratada. .

Arena (derechos de transmisión)

Arena es un derecho que tiene el club por el uso de su imagen durante un partido. El club tiene derecho a negociar la retransmisión de sus partidos y la participación en campeonatos según lo establecido en el caput del artículo 42 de la ley Pelé. Sin embargo, de conformidad con el párrafo # 1 del mismo artículo, el 20% (veinte por ciento) de los ingresos relacionados con la transmisión de los partidos deberá distribuirse equitativamente entre todos los Atletas del equipo.

Las cantidades recibidas por concepto de transferencia de los derechos de transmisión no se consideran salarios, por lo que no pueden ser utilizadas como base para el cálculo de la cláusula penal establecida en el artículo 28 de la Ley Pelé como se explicó anteriormente.

Pólizas de seguro para deportistas

El artículo 45 de la ley Pelé obliga al club a asegurar a todos sus Deportistas. Las pólizas de seguro correspondientes deberán cubrir los accidentes personales y laborales. La ley Pelé establece que la indemnización debe corresponder al salario anual negociado del deportista.

Modificaciones a la ley

En octubre de 2002, por ser una ley controvertida, dado que cambió drásticamente la cultura del fútbol en Brasil, la ley Pelé viene sufriendo mutilaciones desde su promulgación. En menos de 4 años de vigencia, la ley ya ha pasado por 3 grandes modificaciones, la mayoría basadas en intereses económicos y políticos, nunca deportivos. Sólo queda el 58% del texto original.

Referencias

  1. ^ "OMPI Lex". wipolex.wipo.int . Consultado el 7 de diciembre de 2021 .
  2. ^ "BBC News | AMÉRICAS | Ley Pele sobre deportes introducida en Brasil". noticias.bbc.co.uk . Consultado el 7 de diciembre de 2021 .