Ley de 1798 que institucionaliza el servicio militar obligatorio en la Francia revolucionaria
La Ley Jourdan del 5 de septiembre de 1798 ( en francés : loi Jourdan-Delbrel ) institucionalizó efectivamente el reclutamiento en la Francia revolucionaria , que comenzó con la levée en masse . Estipulaba que todos los hombres solteros y sin hijos entre 20 y 25 años estaban obligados al servicio militar . Sin embargo, existían exenciones para el clero , los trabajadores industriales esenciales para el esfuerzo bélico , los estudiantes de las Grandes écoles (instituciones de educación superior) seleccionadas y los funcionarios públicos. La ley discriminaba a la población pobre y numerosa de campesinos a través de la práctica legalmente sancionada del "reemplazo", que permitía a cualquiera que pudiera comprar a alguien para que se alistara en su lugar. Recibió su nombre del general francés Jean-Baptiste Jourdan .
Propuesto en el Directorio por los diputados Jean-Baptiste Jourdan y Pierre Delbrel, tenía por objeto hacer frente a la gran desmovilización que siguió al 9 de Termidor: 700.000 hombres en 1794, 380.000 en 1797.
Esta ley permitió a Napoleón Bonaparte abastecer a los ejércitos hasta 1815.
Extractos de la ley
Título I: Principios
- «Todo francés es un soldado y debe defender el país.» (artículo 1)
- "Fuera de caso de peligro para el país, el ejército se forma mediante el enrolamiento voluntario y por vía de conscripción militar." (artículo 3)
Título II: Inscripciones voluntarias
- Pueden ingresar voluntariamente en el ejército francés si tienen entre 18 y 30 años, presentando un certificado de buena conducta firmado por el alcalde de su municipio y el juez de paz.
- El acto de inscripción voluntaria se registra en el ayuntamiento, en el que se menciona la identidad del ciudadano, su tamaño, domicilio y descripción física.
Título III: Servicio militar obligatorio
- "El servicio militar obligatorio se aplica a todos los franceses (hombres) de 20 a 25 años de edad." (artículo 15)
Título IV : Ejecución
- Las administraciones de los municipios y de los cantones deben disponer de «listas en las que estén inscritos todos los franceses (hombres) de su distrito» que tengan 20 años de edad. (artículo 24).
- A partir de estas listas, las administraciones centrales clasifican las listas generales de los reclutas de sus respectivos departamentos (artículo 26).
Referencias
- Forrest, Alan, Conscriptos y desertores: el ejército y la sociedad francesa durante la Revolución y el Imperio , Nueva York: Oxford University Press, 1989. pág. 35.
- Daly, Gavin, Dentro de la Francia napoleónica: Estado y sociedad en Rouen, 1800-1815 , Aldershot: Ashgate, 2001. págs. 220-222.