La Ley de Reforma de los Hogares de Ancianos , también conocida como Ley Federal de Reforma de los Hogares de Ancianos (FNHRA, por sus siglas en inglés) o Ley Federal de Enmiendas a los Hogares de Ancianos de 1987 , es parte de la Ley Ómnibus de Reconciliación Presupuestaria de 1987 , que brinda pautas para regular la atención en hogares de ancianos en los Estados Unidos. La ley tenía como objetivo promover los derechos de los residentes de los hogares de ancianos .
Un estudio de 1986 organizado por el Instituto de Medicina concluyó que las personas que se encontraban en hogares de ancianos no recibían una atención sanitaria justa ni adecuada ni un trato personal adecuado. [1] El Instituto de Medicina respondió al estudio proponiendo reformas amplias y profundas en la regulación de los hogares de ancianos. [1] Estas reformas se integraron en la Ley Ómnibus de Reconciliación Presupuestaria de 1987 y se aprobaron como parte de esa ley. [1]
La Ley de Reforma de los Hogares de Ancianos establece pautas y estándares mínimos que deben cumplir los hogares de ancianos. También creó una Carta de Derechos de los Residentes de Hogares de Ancianos. [1]
Una encuesta de 2004 reveló una serie de mejoras atribuidas a la ley. [2]
Un estudio de 2007 realizado por la Kaiser Family Foundation analizó los resultados de la ley. [3]
En Health and Hospital Corporation of Marion County v. Talevski , 599 US 166 (2023), la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que las disposiciones de la Ley de Reforma de los Hogares de Ancianos en cuestión creaban de manera inequívoca derechos exigibles en virtud de la Sección 1983 de la Ley del Ku Klux Klan (codificada en 42 USC § 1983), y la aplicación privada en virtud de la §1983 es compatible con el esquema de reparación de la Ley de Reforma de los Hogares de Ancianos. La Corte Suprema dictaminó que un demandante puede presentar una demanda federal de derechos civiles debido a la violación de la Ley de Reforma de los Hogares de Ancianos. El caso de la Corte Suprema se refería a un hombre con demencia. [4]