La Resolución 1735 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 22 de diciembre de 2006, tras recordar las resoluciones 1267 (1999),1333 (2000) , 1363 ( 2001), 1373 (2001), 1390 (2001), 1452 (2002), 1455 (2003), 1526 (2004), 1566 (2004), 1617 ( 2005), 1624 (2005) y 1699 (2005) sobre terrorismo , aprobó medidas para mejorar la identificación y el control de los terroristas. [1]
El Consejo de Seguridad consideró que el terrorismo era una de las mayores amenazas a la paz y la seguridad internacionales y condenó y expresó preocupación por el creciente número de ataques perpetrados por Al-Qaeda , Osama bin Laden , los talibanes y otros individuos y grupos. Los miembros del Consejo reafirmaron que el terrorismo sólo podía ser derrotado mediante un enfoque integral con la participación y cooperación activas de todos los países y organizaciones internacionales; en este contexto, el diálogo entre el Comité 1267 y los Estados era importante y se acogió con agrado la cooperación con la Interpol .
Mientras tanto, el preámbulo de la resolución también expresó preocupación por el uso indebido de Internet por parte de grupos e individuos terroristas, y destacó además la naturaleza cambiante de la amenaza, en particular en la forma en que los terroristas promoverían sus ideologías .
Las siguientes medidas fueron promulgadas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , lo que las hace legales según el derecho internacional .
Se exigió a todos los países que impusieran un embargo de armas , una prohibición de viajes y sanciones financieras contra todos los grupos e individuos terroristas. Además, los países podían proponer nombres para su inclusión en una lista de sanciones y tenían que utilizar el formulario previsto en el anexo de la resolución. [2] Se pidió al Comité 1267 que elaborara, adoptara y aplicara directrices sobre las personas que debían ser excluidas de la lista.
La resolución prosigue detallando los procedimientos para la aplicación de las medidas, tomando nota de las exenciones, la cooperación y el intercambio de información, las sanciones a los talibanes y la divulgación. [3] El mandato del equipo de vigilancia con sede en la ciudad de Nueva York se prorrogó por un nuevo período de 18 meses; sus responsabilidades se describen en el anexo de la resolución, incluida la de ocuparse de los casos de incumplimiento. [4]