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Resolución 1617 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

La resolución 1617 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , aprobada por unanimidad el 29 de julio de 2005, tras recordar las resoluciones 1267 (1999), 1333 ( 2000), 1363 (2001), 1373 (2001), 1390 (2001), 1452 (2002), 1455 (2003), 1526 (2004) y 1566 (2004) relativas al terrorismo, el Consejo renovó las sanciones contra Al-Qaeda , los talibanes , Osama bin Laden y personas y grupos asociados por otros diecisiete meses. [1]

La resolución, redactada por Estados Unidos, [2] definió los términos de estar "asociado con" Al Qaeda, los talibanes y Osama bin Laden. [3]

Resolución

Observaciones

En el preámbulo de la resolución, el Consejo determinó que el terrorismo planteaba una grave amenaza a la paz y la seguridad internacionales. Condenó a Al-Qaeda y otros grupos asociados por los continuos ataques terroristas y reiteró su condena general de todos los actos terroristas. Existía preocupación por el uso de los medios de comunicación, incluida Internet, por parte de esos grupos para incitar a la violencia terrorista y difundir propaganda.

El Consejo instó a todos los Estados a aplicar la Resolución 1373 y reafirmó la necesidad de combatir el terrorismo. Subrayó la importancia de incluir en las listas a personas y entidades en función de su naturaleza como miembros de Al Qaeda. La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) estaba impidiendo que se facilitaran documentos de viaje a los terroristas, y el Consejo alentó a los Estados a colaborar con la Interpol . Además, expresó preocupación por el uso de sistemas portátiles de defensa aérea por parte de Al Qaeda, los talibanes, Osama bin Laden y grupos asociados.

Hechos

En virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el Consejo instó a los Estados a que mantuvieran las sanciones contra Al Qaeda, los talibanes, Osama bin Laden y grupos asociados. [4] Las sanciones incluían la congelación de activos, la prohibición de viajar y la prevención de la venta de armas. [5] También definió la naturaleza de las entidades que se considerarían "asociadas con" Al Qaeda, los talibanes y Osama bin Laden. [6]

La resolución se ocupó también del papel del Comité de Sanciones contra Al Qaida y los talibanes y de su filial, el equipo de vigilancia, en el trato con los sospechosos y grupos terroristas. Entre las medidas figuraba una lista de verificación para que los Estados cumplieran sus obligaciones ante el Comité y que los Estados que enviaran nombres a la lista utilizaran una "declaración de los motivos" en la que se describieran los motivos de la solicitud. [7]

Las tareas del equipo de vigilancia, cuyo mandato se prorrogó por 17 meses, se enumeran en el anexo de la resolución.

Véase también

Referencias

  1. ^ "El Consejo de Seguridad amplía las sanciones contra Al Qaeda y los talibanes; reitera la necesidad de una estrecha cooperación entre los comités subsidiarios". Naciones Unidas. 29 de julio de 2005.
  2. ^ "La ONU endurece las sanciones contra Al Qaeda". BBC News . 29 de julio de 2005.
  3. ^ "El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas vota a favor de ampliar las sanciones contra Al Qaeda y los talibanes". Outlook India. 29 de julio de 2005. Archivado desde el original el 15 de julio de 2011. Consultado el 23 de febrero de 2011 .
  4. ^ Yager, Loren (2006). Financiación del terrorismo: se necesita una mejor planificación estratégica para coordinar los esfuerzos de Estados Unidos por ofrecer capacitación y asistencia técnica en materia de financiación del terrorismo en el extranjero . DIANE Publishing. pág. 8. ISBN 978-1-4223-0493-8.
  5. ^ "La ONU amplía la lista de Al Qaeda". Sunday Observer (Sri Lanka) . Agence France-Presse. 30 de julio de 2005. Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016. Consultado el 23 de febrero de 2011 .
  6. ^ Gurulé, Jimmy (2008). Desfinanciación del terrorismo: la respuesta legal a la financiación del terrorismo global . Edward Elgar Publishing. pág. 265. ISBN 978-1-84542-962-1.
  7. ^ Romaniuk, Peter (2009). Contraterrorismo multilateral: la política global de cooperación y contestación . Taylor & Francis. págs. 77-78. ISBN 978-0-415-77648-6.

Enlaces externos