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Línea de sucesión presidencial colombiana

La línea de sucesión presidencial colombiana es el orden en que el vicepresidente y otros miembros del Gobierno nacional colombiano asumen los poderes y deberes de la presidencia colombiana (o el cargo mismo, en el caso de sucesión por el vicepresidente) tras el mandato de un presidente electo. muerte en el cargo, renuncia, destitución del cargo por acusación, condena o incapacidad.

El orden de sucesión especifica que el cargo pasa al vicepresidente. Si simultáneamente queda vacante la vicepresidencia, o si el vicepresidente también está incapacitado, las facultades y deberes de la presidencia pasan a los ministros del gabinete , según su respectivo orden de precedencia. [1] [2]

Orden de sucesión actual

La Constitución de Colombia establece que el Vicepresidente es la primera persona en la línea de sucesión presidencial. En ausencia tanto del presidente como del vicepresidente, el artículo 203 [3] de la Constitución establece que el cargo presidencial será asumido por un miembro del Gabinete , en el orden de precedencia que establece la ley. El Ministro asumidor deberá ser miembro del mismo partido o movimiento al que perteneció el presidente original, quien ejercerá la presidencia dentro de los treinta días siguientes a la vacancia presidencial en la que el Congreso elige un nuevo vicepresidente que asumirá la presidencia. [4] En el cuadro, la ausencia de un número en la primera columna indica que el titular no es elegible. [5] [6]

Sucesión presidencial por vicepresidentes

Tres vicepresidentes han sucedido en la presidencia durante el período, dos por renuncia y uno de ellos por deposición del presidente en ejercicio.

Sucesión presidencial más allá de la vicepresidencia

Aunque cuatro vicepresidentes han sucedido en la presidencia tras la muerte o renuncia del presidente, entre 1905 y 1994 el cargo de vicepresidente fue abolido, instaurándose posteriormente en 1994 con la constitución de 1991, durante los 86 años de abolición del cargo de vicepresidente. presidencia, fue el Ministro de Gobierno quien encabezó la línea de sucesión presidencial.

Próximo en la fila

Desde 1991 ha habido dos casos en los que la vicepresidencia quedó vacante; Durante esos mandatos, las siguientes personas en fila para ocupar el cargo de presidente interino fueron:

Según la Constitución de 1991

Según la Constitución de 1886

Notas

  1. ^ La Constitución establece que el cargo presidencial será asumido por un ministro en el orden de precedencia que establece la ley. El ministro en ejercicio debe ser miembro del mismo partido o movimiento que el presidente original . [8]

Ver también

Referencias

  1. ^ "El reemplazo del Presidente de la República". corteconstitucional.gov.co .
  2. ^ "¿Cómo sería la sucesión en caso de ausencia del presidente Santos?". publimetro.co . 16 de diciembre de 2016 . Consultado el 12 de diciembre de 2022 .
  3. ^ "Artículo 203". Constitución de Colombia . 20 de julio de 1991 . Consultado el 26 de abril de 2023 .
  4. ^ "Artículo 205". Constitución de Colombia . 20 de julio de 1991 . Consultado el 26 de abril de 2023 .
  5. ^ "Artículo 17 de la Ley 1444 de 2011. Número, denominación, orden y precedencia de los Ministerios". Alcaldía de Bogotá (en español). 7 de septiembre de 2022 . Consultado el 22 de junio de 2022 .
  6. ^ "Suplencia presidencial #Colombia". pdba.georgetown.edu .
  7. ^ "Concepto 561531 de 2020 Departamento Administrativo de la Función Pública". funcionpublica.gov.co . 20 de noviembre de 2020 . Consultado el 14 de diciembre de 2022 .
  8. ^ "Artículo 203". Constitución de Colombia . 20 de julio de 1991 . Consultado el 26 de abril de 2023 .
  9. ^ Posada Carbó, Eduardo (21 de julio de 2017). "Rafael Núñez: sus últimos días; centenario de la muerte del Regenerador". banrepcultural.org . Consultado el 13 de septiembre de 2023 . Una hora más tarde, mientras se escuchaban los cañones en las murallas de Cartagena, el gobernador de Bolívar redactaba el mensaje a Miguel Antonio Caro anunciándole la muerte del presidente de la República.