La Corte Electoral del Uruguay es el órgano autónomo que supervisa la ejecución de los procesos electorales, tales como elecciones, referendos sobre leyes y plebiscitos constitucionales en la República Oriental del Uruguay .
Con sede en Ciudad Vieja, Montevideo , fue creada el 9 de enero de 1924. [1] La Sección XVIII de la Constitución de la República regula la Justicia Electoral del país, y según el Artículo 322 a la Corte Electoral le corresponde actuar en todo lo relativo a los actos o procedimientos electorales; ejercer la supervisión directiva, disciplinaria, consultiva y económica sobre los órganos electorales; y resolver en última instancia todos los recursos y reclamaciones que se susciten y actuar como juez de las elecciones a todos los cargos de elección popular, y de los plebiscitos y referendos. [2] [3] [4]
Existen otras instituciones cuyas elecciones son controladas por el Tribunal Electoral, como la Universidad de la República [5] las Asambleas Nacionales de Maestros [6] o el Banco de Previsión Social . [7]
El Tribunal Electoral está integrado por nueve ministros designados por la Asamblea General . Cinco de ellos por dos tercios de votos del total de sus componentes, deben ser ciudadanos que por su posición en el escenario político sean garantía de imparcialidad. Los cuatro restantes —representantes de los partidos políticos— por doble votación simultánea según el sistema de representación proporcional . [8] De acuerdo con el artículo 235 de la Constitución, los miembros del Tribunal Electoral no pueden ser candidatos a ningún cargo designado por el electorado, a menos que renuncien y cesen en sus funciones por lo menos seis meses antes de la elección. [9]
El Tribunal Electoral está integrado por nueve Ministros:
Fuente: [10]