El Jurado Nacional de Elecciones ( JNE ) es un órgano constitucional autónomo, con sede en Lima , que funge como tribunal electoral del Perú . Su objetivo es supervisar la legalidad de los procesos electorales, garantizando el respeto a la voluntad de la población. Así, es la entidad encargada de proclamar los resultados electorales oficiales y otorgar reconocimientos o credenciales a las autoridades electas. Además, emite resoluciones para regular las disposiciones electorales.
Además, el Jurado conoce de las apelaciones a las resoluciones dictadas en primera instancia por los Jurados Electorales Especiales y tiene la última palabra en las controversias en materia electoral. También resuelve los casos de vacancia declarada por los Consejos Regionales y Municipales.
Sus cinco miembros son elegidos por distintas entidades del Estado. Su presidente es elegido por la Corte Suprema de Justicia y los cuatro magistrados restantes son designados por el Ministerio Público tras ser elegidos por los abogados de Lima y los decanos de las facultades de Derecho, uno de las universidades públicas y otro de las privadas.
El Jurado maneja el Registro de Organizaciones Políticas, donde se inscriben los partidos políticos activos en el Perú .
Al comienzo de la era republicana no existía una institución propiamente dicha que supervisara las elecciones. Las normas preveían la existencia de juntas o colegios electorales, e incluso se creó en una ocasión un poder electoral. Sin embargo, en la práctica, las elecciones eran dirigidas por el poder Ejecutivo o el Legislativo.
Sin embargo, se aprobaron varias leyes electorales, como el Reglamento de Elecciones para el Congreso (1822), la Ley de Elecciones Municipales (1824), los Reglamentos de Elecciones de 1839 y 1849, la Ley de Elecciones de 1857 y 1861 y la Ley Orgánica de Elecciones (1892).
El siglo XX no trajo grandes cambios para los entes electorales ni para el sistema electoral. El país atravesó varios procesos electorales como antes, sin un organismo electoral imparcial e independiente, y con un electorado limitado a varones contribuyentes.
Posteriormente se aprobaron nuevas leyes, como la Ley de Elecciones (1896), que creó por primera vez la Junta Electoral Nacional , integrada por 9 miembros, y las Juntas Electorales Departamentales, así como el Registro Electoral.
Otras leyes de estos años fueron la Ley 861 de Elecciones Políticas (1908), la Ley 1072 de Elecciones Municipales (1909), la Ley 1533 de Elecciones Políticas (1912) y la Ley Electoral (1912). Esta última determinó la participación de la Corte Suprema en la conducción de elecciones, como las de 1913 y 1915.
En 1930, el comandante Luis Miguel Sánchez Cerro instauró una junta militar en Lima, pero se vio obligado a renunciar a su cargo, lo que permitió la instalación de una Junta Nacional de Gobierno presidida por David Samanez Ocampo , quien convocó a elecciones generales mediante Decreto Ley 7160, creando el Jurado Nacional de Elecciones como máxima autoridad electoral.
La primera sesión plenaria del Jurado, constituida el 22 de septiembre de 1931, estuvo presidida por Ernesto Araujo Álvarez y contó con la participación de los vocales Max González Olaechea, Leandro Pareja, Ricardo Rivadeneyra, Ernesto Flores, Humberto Garrido Lecca y Nicanor Hurtado. El primer Secretario General fue Eloy B. Espinoza.
La Constitución de 1993 fragmentó el Jurado en tres entidades autónomas, separando de éste el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ( RENIEC) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales ( ONPE ). El RENIEC quedó a cargo del registro de los electores habilitados, mientras que la ONPE fue designada para organizar las elecciones, dejando al Jurado la función de emitir cualquier fallo sobre los procesos electorales, incluida la proclamación de los resultados oficiales.
Hasta 2005, el Jurado supervisó 31 procesos electorales a nivel nacional, además de elecciones complementarias, plebiscitos y revocatorias. De ellos, 17 fueron elecciones políticas, en las que se eligieron 12 presidentes constitucionales y otros tantos cuerpos legislativos nacionales. Diez fueron elecciones municipales, dos elecciones de asambleas constituyentes, una de referéndum y una de elecciones de gobiernos regionales.
Actualmente el Jurado tiene las siguientes funciones: