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Junta de Revisión Administrativa (Laboral)

En abril de 1996, el Secretario de Trabajo de los Estados Unidos estableció la Junta de Revisión Administrativa ( ARB , por sus siglas en inglés) para reemplazar a la antigua Junta de Apelaciones de Contratos de Servicios, la Junta de Apelaciones de Salarios y la Oficina de Apelaciones Administrativas. La junta está compuesta por un máximo de cinco miembros, uno de los cuales es designado presidente. El Secretario de Trabajo nombra a los miembros en función de sus calificaciones y competencia en asuntos dentro de la autoridad de la junta.

Los casos de la junta surgen de la apelación de las decisiones de los jueces de derecho administrativo del Departamento de Trabajo o del administrador de la División de Salarios y Horas del departamento. La junta emite decisiones finales de la agencia para el Secretario de Trabajo en casos que surgen de una amplia gama de leyes laborales, principalmente relacionadas con la protección de denunciantes en materia ambiental, de transporte y de valores; inmigración; trabajo infantil; discriminación laboral; capacitación laboral; trabajadores temporarios y migrantes y contratos federales de construcción y servicios. Dependiendo del estatuto en cuestión, las decisiones de la junta pueden ser apeladas ante tribunales federales de distrito o de apelaciones.

Referencias

  1. ^ "Miembros de la Junta de la ARB". Departamento de Trabajo de los Estados Unidos . Consultado el 24 de noviembre de 2020 .

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