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Junta de Seguridad Social (Belice)

La Junta de Seguridad Social (SSB) es una corporación estatutaria de Belice que administra el Fondo de Seguridad Social del país. Fue establecido en 1981 por la Parte IV de la Ley de Seguridad Social (SSA). [1]

La Junta de Seguridad Social forma parte de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social y es un organismo internacional técnico y especializado, que tiene como objetivo promover el desarrollo de la protección y seguridad social en América.

Historia

La SSB se creó el 1 de junio de 1981 con una plantilla de 26 personas y una financiación consistente en un préstamo gubernamental de 50.000 dólares de Belice . En 2006, había aumentado a 263 empleados. En esos 25 años pagó un total de 33 millones de dólares de Belice en prestaciones y recaudó 49 millones de dólares de Belice en contribuciones. [2]

Estructura

Descripción general

Al director ejecutivo de la SSB se le conoce como Gerente. El Gerente es designado por el Ministro de Finanzas según la Sección 35 de la SSA. El Gerente es responsable de la recaudación de contribuciones, el pago de beneficios y la contabilidad de todo el dinero recaudado, pagado o invertido bajo la SSA. El Subdirector es designado por la propia SSB. Otros puestos especificados por la ley incluyen el de inspector superior (artículo 38). [1] El gobierno también nombra al presidente o presidente de la SSB. La junta de SSB en total consta de nueve miembros: cinco miembros que representan al gobierno (incluido el presidente), dos miembros que representan a los empleados, ambos del Congreso Nacional de Sindicatos de Belice , y dos miembros que representan a los empleadores (uno de la Cámara de Comercio e Industria de Belice). y uno del Belice Business Bureau). El presidente sirve por un período de cinco años y los demás miembros por tres años. [3]

Lista de miembros de alto nivel

Las personas que han ocupado el cargo de presidente de la SSB incluyen:

Las personas que han ocupado el cargo de director ejecutivo de la SSB incluyen:

Poderes de los inspectores

Los inspectores están facultados por la Sección 40 para ingresar a cualquier local (excluyendo viviendas privadas que no se utilizan para comercio o negocios) y realizar cualquier averiguación con el fin de determinar si el empleo de las personas allí cumple con la SSA. Según el artículo 41, dichos inspectores son inmunes a reclamaciones relacionadas con el desempeño de sus funciones, a menos que se demuestre que un acto u omisión fue malicioso y sin causa probable. [1]

Referencias

  1. ^ abc "Capítulo 44: Ley de Seguridad Social". Leyes de Belice (PDF) (edición revisada). Fiscal General de Belice . 2000 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  2. ^ "Seguridad Social a los 25: buscando sanear su actuación". Noticias 5 Belice . 2006-02-15 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  3. ^ "Junta Directiva". Junta de Seguridad Social . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  4. ^ "El nuevo presidente de SSB promete ser transparente". Noticias 5 Belice . 2006-09-15 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  5. ^ "Nueva junta designada para la Seguridad Social". Noticias 5 Belice . 2008-02-27 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  6. ^ "El primer ministro defiende la contratación de su ex esposa, Lois Young". Noticias 5 Belice . 2010-02-10 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  7. ^ "Narda es despedida de la Seguridad Social". Noticias 5 Belice . 2006-07-21 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  8. ^ "Nombrado nuevo director ejecutivo de la Junta de Seguridad Social". Noticias 5 Belice . 2007-08-31 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  9. ^ "CEO de la Junta de Seguridad Social suspendido". Noticias 5 Belice . 2012-01-11 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .
  10. ^ "Dimite SSBCEO Merlene Bailey Martinez". Noticias 5 Belice . 2012-02-21 . Consultado el 4 de mayo de 2012 .

enlaces externos