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Informe Frank (1957)

El Informe Franks de 1957 [1] fue emitido por un comité de investigación británico presidido por Sir Oliver Franks con respecto a las crecientes preocupaciones sobre el alcance y la diversidad de los tribunales, la incertidumbre sobre los procedimientos que seguían y la preocupación por la falta de cohesión y supervisión. El catalizador de esto fue el caso Crichel Down . [2] Sin embargo, esto fue el resultado de una decisión del Gobierno británico y se le dijo al comité Franks que limitara su discusión al procedimiento legal formal y que no entrara en decisiones de los tribunales o decisiones únicas, lo que excluyó la decisión Crichel . .

Supuestos básicos del informe

Los tribunales son un órgano de decisión, más que administrativo, y deben ser justos, abiertos e imparciales. [3] La apertura tiene como objetivo la publicidad de los procedimientos y el razonamiento detrás de la decisión. Equidad al tener un procedimiento claro, que permita a los participantes presentar su caso de manera completa y conocer los requisitos que deben cumplir las partes. Imparcialidad que se establece a partir de la independencia de la influencia real o aparente de la administración.

Objetivos y recomendaciones

Constitución de tribunales

Presidente a ser elegido por el Lord Canciller , normalmente con calificaciones jurídicas para juicios y obligatorio para los tribunales de apelación. El resto de miembros serán elegidos por el Consejo de Tribunales .

Procedimiento de los tribunales

El Consejo de Tribunales debe dirigir el procedimiento particular de cada caso, con el objetivo de combinar orden con un ambiente informal. Los ciudadanos deben tener conocimiento previo del derecho a solicitar participación y conocimiento público del procedimiento, a menos que el contenido sea de naturaleza sensible, normalmente permitiéndose la representación legal. Tribunales facultados para tomar pruebas bajo juramento, citar a testigos y otorgar reparaciones. Las decisiones deben estar motivadas en su totalidad y enviarse una copia a todas las partes. El tribunal de apelación final publicará su decisión para los tribunales inferiores.

Apelaciones de decisiones judiciales

La apelación en primera instancia debe realizarse ante un tribunal de apelación, pero nunca ante un ministro , a menos que el tribunal de primera instancia sea muy competente. Los recursos de derecho consuetudinario de certiorari (orden de enviar registros), mandamus (orden obligatoria) y auto de prohibición (abstenerse de un tribunal cuando carece de competencia) nunca deben restringirse. Además, el informe recomendó que se formaran Consejos de Tribunales para desempeñar sus funciones respectivas según lo previsto en el informe.

Logros

La mayoría de las recomendaciones fueron implementadas por la Ley de Tribunales e Investigaciones de 1958 y la Ley de Tribunales e Investigaciones de 1992 ; otros fueron implementados por la práctica administrativa. [4]

En los cronogramas se mencionaba el consejo de trabajo y de número del tribunal, cuya función era consultiva, pero podían hacer recomendaciones sobre cualquier asunto y debían ser consultados antes de promulgar cualquier norma.

Se añadió el derecho a exponer los motivos, pero debía solicitarse antes o durante la decisión, y la revisión judicial restringió ese derecho en algunos casos. La lista de tribunales podría ser suspendida por poder ministerial.

Las recomendaciones del informe no se siguieron cuando las apelaciones ante el Tribunal Superior ( Tribunal de Sesión en Escocia) sólo se permitieron basándose en la ley y el procedimiento para nombrar al presidente y a los miembros.

Referencias

  1. ^ Derecho administrativo de Paul Craig , sexta edición
  2. ^ (El asunto de que la tierra sea arrendada por el Ministerio de Agricultura en el gobierno de Attlee en lugar de ser devuelta a sus propietarios originales como prometió Churchill).
  3. ^ (Comando 218 (1957)).
  4. ^ Tribunales Archivado el 21 de abril de 2009 en la Wayback Machine.